¿Has pensado alguna vez cómo abrir un estanco? Vamos a ser claros contigo: es un tipo de negocio que no resulta fácil poner en marcha. Principalmente porque abrir un nuevo establecimiento no depende de ti. Otra cosa es que quieras comprar una expendeduría ya existente.

Pasos previos para abrir un estanco

Antes de abrir un estanco debes tener en cuenta una serie de cuestiones. Básicamente, una expendeduría de tabaco y timbre no es un negocio de venta al uso. A contrario, su apertura está regulada por el Estado.

Para poner en marcha un negocio como este tienes dos opciones. Por un lado, acudir a una subasta pública; por el otro, comprar una licencia ya existente.

Sin embargo, para abrir un estanco desde cero te vas a encontrar con un pequeño problema. Es la administración quien se encarga de sacar a subasta pública las nuevas ofertas, y la realidad es que que la última salió en el año 2014 (se subastaron 300 licencias) y, hasta entonces, hacía más de 10 años que no había ninguna.

Requisitos para abrir un estanco

Para abrir un estanco nuevo, es decir, conseguir la adjudicación de uno de estos establecimientos por subasta pública, es necesario cumplir una serie de requisitos. Ten en cuenta que se trata de un establecimiento especial y que no es lo mismo, por ejemplo, que abrir un negocio de hostelería.

Criterios de adjudicación

El organismo encargado de la adjudicación de licencias es la Subsecretaría de Hacienda y Administraciones Públicas, a propuesta del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Este mismo comisionado será el que saque a la luz la oferta pública, además de la ubicación de las plazas y el estudio de las condiciones de cada uno de los postulantes.

Los criterios básicos de aplicación han cambiado desde la redacción del Real Decreto-Ley 2/2006, que ya no establece como principal criterio la situación personal del individuo. Ahora, los criterios de adjudicación se centran en la atención al público, la situación geográfica del establecimiento y la rentabilidad calculada para el negocio. Además, por supuesto, de la oferta hecha por cada uno de los postulantes.

Las licencias para operar un establecimiento de tabaco y timbre se otorgan por 25 años. Cabe destacar que los permisos para la explotación del negocio se pueden vender, pero entonces aquellos que traspasen el negocio no podrán volver a presentarse a concurso público en un plazo de 3 años (se ha disminuido, ya que antes era de 5 años). En cualquier caso, este dato poco importa si tenemos en cuenta que hace más de cinco años que no se publican nuevas plazas.

Obligaciones del titular del estanco

El titular del estanco también debe cumplir una serie de requisitos. 

  • El adjudicatario debe residir en la misma localidad en la que se abrirá el estanco, o en una cercana que le permita hacerse cargo por sí mismo de la gestión del negocio (salvo que haya cedido la gestión a otra persona, previa aprobación del Comisionado para el Mercado de Tabacos).
  • Ha de ser capaz de gestionar el estanco por sí mismo, sin perjuicio de que pueda contratar auxiliares o ayudantes que le asistan en su cometido.
  • El titular del estanco no puede ser titular de otro establecimiento de la misma índole, ni tener ningún tipo de relación con empresas relacionadas con el mercado del tabaco, caso de fabricantes o compañías dedicadas a la importación.
  • Debe estar al corriente de pago de sus impuestos en la Agencia Tributaria o la Seguridad Social.
  • No tener antecedentes penales, ni tener sanciones relacionadas con el contrabando de tabaco.
  • No debe pesar sobre él ninguna sentencia que le inhabilite para ejercer como empresario o para actuar como gestor de administraciones dependientes de organismos públicos.

Cabe destacar que el titular puede ceder la gestión del estanco a otra persona. En estos casos, la persona a la cual se le cede la administración del negocio también deberá cumplir con las condiciones y obligaciones previstas por la ley y estar aprobado por el Comisionado para el Mercado de Tabacos.

Local y emplazamiento

Uno de los requisitos más importantes a la hora de establecer la concesión de un estanco es su emplazamiento. Deben confluir una serie de factores.

En primer lugar, debe ser un local lo suficientemente amplio para poder desarrollar actividades de comercio al por menor, incluyendo zona de venta y almacén. En su caso, el almacén puede estar en una zona distinta a la del establecimiento siempre y cuando, de nuevo, esta ubicación haya sido aprobada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos.

Por otra parte, debe existir una distancia mínima a centros docentes. La nueva propuesta de ley del gobierno establece que esta distancia debe de ser de 300 metros.

Además, la distancia entre estancos debe ser, al menos de 150 metros. Hay determinados supuestos en los que se pueden hacer excepciones. Por ejemplo  en localidades en las que existe un tercio menos de expendedurías que en la media del municipio o de la provincia.

Se puede solicitar el cambio del emplazamiento del estanco. El Comisionado para el Mercado de Tabacos podría aprobarlo si se dan ciertas circunstancias, por ejemplo que el local permita una mejor atención al público, o que el nuevo emplazamiento aumente la distancia del anterior respecto a centros docentes u otros estancos.

Precios y modalidades de venta

Los precios de venta del tabaco vendrán determinados por los fabricantes o, en su defecto, por sus representantes o mandatarios en la Unión Europea, en el caso de aquellas marcas producidas dentro de la UE. En caso de que el tabaco vendido proceda de fuera del marco europeo, el precio lo impondrá la empresa importadora.

Es decir, el establecimiento de los precios no es libre, por eso todas las marcas de tabaco cuestan lo mismo en todos los estancos (no, no puedes ser más listo que el de al lado y vender el tabaco 5 céntimos más barato ni más caro).

Por otro lado, el tabaco no es el único producto que se puede vender en los estancos. Al contrario, se pueden comercializar otros artículos para fumadores, así como productos de librería o papelería, siempre y cuando no desvirtúen la actividad principal del estanco, la imagen del sector o afecten a la gestión del estanco o a la seguridad de los clientes.

Por otra parte, la ley permite que los titulares de los estancos realicen importaciones de otros estados de la Unión Europea, así como exportar productos para venderlos fuera del país y dentro de los límites de la UE, por ejemplo a través de internet.

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Cánones e impuestos por venta de tabaco

Al adjudicarse un estanco hay que tener en cuenta que se deberá hacer frente a diferentes cánones y cuotas. En este caso, habrá que pagar una cuota fija y otro supeditada a los ingresos del negocio.

La cuota fija mensual varía en función del número de habitantes de la localidad donde se vaya a abrir el estanco:

  • Localidades de menos de 10.000 habitantes: 120,20 euros
  • Poblaciones entre 10.000 y 100.000 habitantes: 180,30 euros
  • Ciudades con más de 100.000 habitantes o capitales de provincia: 240,40 euros.

Por su parte, la cuota anual por ventas se establece de la siguiente manera:

  • Ventas hasta 12.020,24 euros: sin cuota anual
  • Entre 12.020,24 y 21.035,42 euros: cuota de 252,43 euros
  • Entre 21.035,43 y 30.050,61: 360,61 euros
  • Entre 30.050,62 y 39.065,79: 468,79 euros
  • Entre 39.065,80 y 48.080,97: 576,97 euros
  • Entre 48.080,98 y 57.096,15: 685,15 euros
  • Entre 57.096,16 y 66.111,33: 793,34 euros
  • Entre 66.111.34 y 75.126,51: 901,52 euros
  • Entre 75.126,52 y 84.141,69: 1.009,70 euros
  • Entre 84.141,70 y 93.156,88: 1.117,88 euros
  • Entre 93.156,89 y 120.202,42: 1.442.43 euros
  • Entre 120.202,43 y 150.253,03: 1.803,04 euros
  • Entre 150.253,04 y 210.354,24: 2.524,25 euros
  • Entre 210.354,25 y 300.506,05: 3.606,07 euros
  • Entre 300.506,06 y 450.759,08: 5.409,11 euros
  • A partir de 450.759,08: 9.015,18 euros.

Trámites para abrir un estanco

Los trámites para intentar abrir un estanco mediante subasta pública son los siguientes.

  • En primer lugar, estar dado de alta como autónomo para poder ejercer una actividad comercial por cuenta propia.
  • Cumplir con todos las obligaciones mencionadas en el punto anterior: tener un local que cumpla con los requisitos, no tener antecedentes por contrabando ni relación con otras empresas del sector, etc.
  • Apuntarse al concurso público convocado por el Comisionado de Tabacos, siguiendo las instrucciones que se indiquen en la convocatoria del Boletín Oficial del Estado y abonando las tasas pertinentes.
  • Solicitar en el ayuntamiento la licencia municipal de actividad y el permiso de obras, para lo que se necesitará un proyecto técnico elaborado por un experto.
  • Obtener el alta censal y los permisos del ayuntamiento para aquellas actividades complementarias que se quieran realizar, teniendo en cuenta que el estanco siempre debe visualizarse como tal (algo frecuente en los denominados estancos de conveniencia).

RECUERDA QUE:

“Una expendeduría de tabaco y timbre no es un negocio de venta al uso. Al contrario, su apertura está regulada por la Administración

Comprar un estanco ya abierto

La otra opción es comprar un estanco que ya esté funcionando, con licencia. En este caso el proceso de traspaso se divide en dos partes.

En la primera se realiza la operación de compraventa entre el vendedor y el comprador. En este caso la Comisión de Tabacos no interviene y serán los propios interesados quienes establezcan las condiciones y precio del traspaso.

Una vez que los interesados hayan llegado a un acuerdo, ya entrará el Comisionado de Tabaco, para comprobar que la concesión se ha efectuado por los cauces legales y siguiendo los criterios establecidos por la ley. Es este organismo quien tiene siempre la última palabra, pudiendo cancelar el traspaso en caso de que existan irregularidades, por ejemplo, que la licencia haya caducado o que el nuevo titular tenga deudas con la administración o antecedentes por contrabando de tabaco.

Equipamiento necesario en un estanco

En un estanco se necesita el equipamiento básico de un local comercial. Hay que tener en cuenta que el producto principal de venta será el tabaco, por lo que la variedad o diferencias entre uno y otro establecimiento suelen ser mínimas. En algunos casos, la expendeduría también pueden vender otro tipo de productos, pero siempre, el principal, será el tabaco.

Los requisitos del local suelen venir indicados en la convocatoria de subasta pública. Normalmente, debe tener más de 35 m2, aunque se recomienda que tenga al menos 50 m2 para contar con un almacén interior.

Otra de las peculiaridades de los estancos es que deben tener en el exterior un rótulo identificativo oficial que permita reconocerles como un punto de venta de tabaco.

Por otro lado, las expendedurías de tabaco deben ofertas sus productos de forma neutral, sin identificar de forma más visible a determinadas marcas o productos.

El mobiliario de un estanco suele ser bastante básico. De manera general se suele necesitar:

  • Mostrador
  • Estanterías
  • Vitrinas y expositores
  • TVP
  • Equipos informáticos
  • Máquina de tabaco

Respecto a los productos, ten en cuenta que si quieres vender más cosas aparte de tabaco, tendrás que informar a la CMT. 

¿Qué se puede vender aparte de tabaco?

  • Bebidas frescas
  • Productos envasados para consumo inmediato
  • Revistas, prensa.
  • Artículos de papelería
  • *No informar al Comisionado para el Mercado de Tabacos sobre la eusta a la venta de estos productos puede suponer sanciones de hasta 12.000 euros.

¿Qué productos NO nos van a autorizar a vender en un estanco?

  • Comida sin envasar
  • Productos y artículos de droguería, perfumería, cosmética y similares
  • Ropa o calzado
  • Cualquier producto que pueda incitar a fumar a los menores de edad.

Cómo gestionar un estanco

Una vez que ya tengas tu estanco, ya sea mediante subasta pública o por compra de una licencia en activo, deberás tener en cuenta una serie de factores muy importantes a la hora de gestionar tu establecimiento.

Obligaciones fiscales y contables

Las obligaciones fiscales de un estanco pueden variar en función del tipo de productos que vendan.

En caso de que solo se venda tabaco, estará sometido al régimen de recargo de equivalencia, por lo que no tendrá que repercutir IVA en sus facturas ni declaraciones.

Sin embargo, en caso de que ofrecer productos de timbre u otros, deberá seguir las normas del comercio minorista y, por tanto, repercutir el IVA e IRPF en facturas y realizar las declaraciones de forma habitual (modelo 130)

Por otro lado, entre las obligaciones contables de los estancos figura la elaboración de:

  • Libro de registro de ventas e ingresos
  • Libro de registro de compras y gastos
  • Libro de registro de bienes de inversión

Además la CMT establece otra serie de obligaciones específicas para las expendedurías de tabaco y timbre, entre las que se encuentran: 

  • Guardar los tickets de venta correspondientes a los últimos 5 ejercicios
  • Disponer de facturas de venta a partir de 39 cajetillas
  • Guardar todas las facturas por venta de tabaco de los últimos 5 años.
  • *Recuerda que para emitir facturas a establecimientos de hostelería se debe solicitar la aprobación del CMT.

Otra pregunta sobre contabilidad que se suelen hacer las personas que quieren abrir un estanco es sobre los márgenes de ganancias que tienen sobre la venta de tabaco y otros productos. En este caso son del 9% sobre la venta de cajetillas de tabaco, 8,5% sobre otro tipo de productos y servicios relacionados con tabaco y del 4% para productos de timbre o franqueo. Si existe un segundo canal en el estanco que venda otro tipo de productos (autorizado por el CMT), será el propio titular quien decida al margen de negocio.

Normativa laboral

Los trabajadores contratados por los estancos deben darse de alta en la Seguridad Social si no han sido inscritos previamente. Asimismo, se ha de pagar el correspondiente importe del IRPF por el salario percibido.

El sueldo mínimo de los empleados de un estanco viene definido por el Decreto Ley de febrero de 2020, en el que se establece el Salario Mínimo Interprofesional en 950 euros, con 14 pagas al año.

Si quieres saber más acerca de las vacaciones, excedencias o permisos, te recomendamos echar un vistazo a nuestras guías sobre normativa laboral.

Autorizaciones de venta de tabaco

Es imprescindible que el estanco cuente con carteles que indiquen la prohibición de venta de tabaco a menores de 18 años. Dichos carteles deben estar situados en zonas visibles del establecimiento y estar redactados en castellano o en las lenguas cooficiales de la región en la que se emplaza la expendeduría.

Del mismo modo, también se prohíbe la venta de tabaco a menores de edad a través de máquinas expendedoras. Además, en dichas máquinas deberá figurar una advertencia sanitaria que informe sobre las consecuencias negativas del consumo de tabaco, especialmente en menores de edad.

Por otro lado, se prohíbe la comercialización de cajetillas de tabaco con un número menor a 20 cigarrillos.

Para más información, te recomendamos consultar la Ley 28/2005 de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, así como el Decreto 17/2017 del 17 de noviembre, que modifica algunos de los preceptos de la normativa anterior.

Publicidad y patrocinio de productos del tabaco

La ley señala que está prohibida la promoción y publicidad de productos relacionados con el tabaco, en cualquier tipo de medio o soporte, incluyendo las máquinas expendedoras. Existen algunas excepciones a esta norma:

  • Publicaciones destinadas exclusivamente a profesionales del sector.
  • Presentaciones de productos para profesionales del sector o la promoción de dichos productos en los locales de venta, siempre y cuando no tengan como destinatarios a menores de edad.
  • Publicidad de tabaco en publicaciones que no sean editadas en la Unión Europea y cuyo mercado principal no sea el ámbito comunitario, siempre y cuando no estén dirigidas a menores de 18 años.

Protección de Datos

Los estancos también deben cumplir con el RGPD y la LOPD, las dos normativas en vigor relativas a la protección de datos.

Una de las principales diferencias respecto a negocios de otros sectores es que los estancos no pueden recoger datos de menores de 18 años (al contrario que en otros casos, en los que la edad mínima para otorgar consentimiento son 14 años).

En caso de tratar con datos personales de usuarios o proveedores, los estancos deberán informar sobre:

  • Responsables o encargados del tratamiento
  • Actividades de tratamiento
  • Finalidad de la recogida de datos
  • Tiempo de permanencia de los datos en los ficheros
  • Cesión de datos a terceros
  • Contratos de confidencialidad
  • Política de privacidad, cookies y aviso legal
  • Consentimiento expreso para tratar datos de usuarios, clientes o proveedores
  • Modo de ejercer derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación u oposición)
  • Fallos de seguridad o fuga de datos.

Aplicaciones para la gestión de tu estanco

¿Necesitas ayuda para gestionar tu estanco? Existen programas y aplicaciones para ello:

  • LKBitronic: aplicación adaptada a las directrices europeas para la trazabilidad del tabaco. Permite la gestión de máquinas de tabaco, envío de pedido a proveedores, controlar el almacén o la información del negocio.
  • InforEstanco: programa diseñado en C++ que lleva más de 10 años en el mercado. Puede automatizar todo tipo de tareas en el estanco, es compatible con los sistemas de pago Cashlogy, CashDro y Cashinfinity, e incluso permite realizar recargas de teléfonos móviles.
  • Gestanco TPV: un programa diseñado por la Unión de Estanqueros que permite automatizar toda la logística de las expendedurías de tabaco. Se puede contratar en el teléfono 983 23 25 97. Para cuestiones de mantenimiento el teléfono disponible es el 983 22 80 69.
  • Strator: software y hardware diseñado especialmente para estancos. Ofrece ayuda a la formación de nuevos empleados. Cuenta con más de 50 delegaciones en toda España, 12 agentes formadores, otros tantos de servicio técnico y 60 instaladores.

Ya has visto cómo abrir un estanco. Te habrás dado cuenta de que son negocios un tanto especiales y que se requieren cumplir algunos requisitos especiales. Si necesitas que alguien te guíe, puedes contactar con nuestro equipos de asesores profesionales. Ellos te guiarán y ayudarán en tus dudas sobre las obligaciones fiscales, contables o laborales.