Es mucha la gente en España que se prepara para presentarse a un examen de oposición y cuando, además, se está trabajando, puede surgir la duda de si existe el derecho a un permiso laboral por examen de oposición. En esta entrada vamos a dar la respuesta a esa pregunta y, además, explicar algunos detalles más sobre ello.
¿El permiso por acudir a un examen es un permiso remunerado?
No es extraño que mucha gente combine algún tipo de estudio con el trabajo y se pregunten qué ocurre cuando tienen que acudir a un examen. En principio, el artículo 23.1.a del Estatuto de los Trabajadores indica que el trabajador tiene derecho a disfrutar de los permisos necesarios para acudir a exámenes. Sin embargo, el artículo 37, que es donde se especifican los permisos retribuidos no dice nada al respecto. Así que, en principio, la respuesta sería no, el permiso por acudir a un examen no es un permiso remunerado.
Sin embargo, existe ya jurisprudencia que reconoce que el permiso de examen debería ser retribuido y por tanto no descontarse el salario correspondiente a esa ausencia en el trabajo ni tampoco la necesidad de que el trabajador recupere el tiempo de trabajo perdido. Así lo recogieron la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de 23 de febrero de 2006, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de 26 de noviembre de 1999 o la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de 16 de junio de 1993. En estas sentencias, además, se recogen no solo la retribución de los salarios dejados de percibir, sino también los intereses de demora.
También habría que tener en cuenta lo que puedan decir los convenios colectivos a los que se acogen la empresas.
Por lo tanto, estamos ante una situación no desarrollada en la Ley, que deja en manos de la negociación colectiva el que el permiso para acudir a un examen sea retribuido o no. Y ante la posible reclamación mediante vía judicial del reconocimiento de ese derecho.
▷ ¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre el permiso asistencia exámenes oficiales?
Como ya hemos visto, el Estatuto de los Trabajadores se refiere al permiso de asistencia a exámenes en el artículo 23.1, aunque no hace diferencias entre examen oficial o simplemente un examen. Pero veámoslo acudiendo a lo que dice el artículo de manera literal:
- “a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.”
Parece que la clave podríamos tenerla en esos estudios regulares encaminados a la obtención de un título académico o profesional, es decir, estudios de cierta prolongación en el tiempo y que al final, aprobar los exámenes tenga como consecuencia la obtención un título, por lo que estaríamos hablando de exámenes oficiales.
Así que, lo nos viene a decir el Estatuto de los Trabajadores es que el trabajador tiene derecho a un permiso para asistir a un examen oficial. Y en su punto 2 dice:
- “En la negociación colectiva se pactarán los términos del ejercicio de estos derechos, que se acomodarán a criterios y sistemas que garanticen la ausencia de discriminación, tanto directa como indirecta, entre trabajadores de uno y otro sexo.”
Es decir, que será en los convenios colectivos donde se desarrollen estos derechos. En el Estatuto del Empleado Público (EBEP) para los trabajadores funcionarios.
Entonces, ¿qué ocurre con los exámenes de oposición, donde no se obtiene per se una titulación? ¿Se consideran exámenes oficiales? La respuesta es sí, los exámenes de oposición tiene carácter oficial y por tanto la empresa debería darnos un permiso laboral para presentarnos a las oposiciones. De manera que quedan recogidas dentro del citado artículo 23.1.
En cualquier caso, será necesario presentar un justificante de asistencia al examen y su coincidencia con el horario laboral para poder disfrutar del permiso de asistencia a oposiciones o cualquier otro tipo de examen (estudios, carnet de conducir, de la Escuela Oficial de Idiomas, etc.).
Cabe señalar, que el Estatuto de los Trabajadores solo considera permisos laborales retribuidos para concurrir a examen (o estudios) aquellos relacionados con la formación del trabajador en la empresa y en su puesto de trabajo (de acuerdo al artículo 23.1, letras c y d).
¿Cuál es la duración del permiso para exámenes?
Una vez hemos visto que sí tenemos derecho a un permiso para poder acudir a un examen, cabe preguntarse cuál es la duración de dicho permiso, ¿si podemos tener un día libre por examen oficial?
En este aspecto la normativa es muy vaga; el Estatuto de los Trabajadores solo reconoce el derecho a ausentarse para hacer un examen, pero no detalla cuánto ha de prolongarse dicho tiempo de ausencia, si el permiso puedo extenderse a la jornada completa o limitarse a unas horas, las que sean necesarias para el desplazamiento y la realización de la prueba.
Así el tiempo o días de permiso por exámenes que pueden tener los trabajadores queda pendiente de lo que diga la negociación colectiva (como se recoge, nuevamente, en el artículo 23.2 del Estatuto de los Trabajadores), de manera que deberemos acudir y consultar el convenio colectivo al que esté acogida nuestra empresa para ver de cuánto tiempo de permiso disponemos para hacer un examen.
Cómo solicitar el permiso para acudir a unos exámenes de oposición
Para solicitar el permiso para acudir a unos exámenes de oposición primero deberás avisar con tiempo a la empresa de que te vas a presentar (normalmente, la fecha y hora de los exámenes de oposición se conoce con suficiente antelación). No está de más que consultes el convenio colectivo de tu empresa para ver qué condiciones tienen para conceder este permiso y, si existe, también lo consultes con el departamento de Recursos Humanos, que serán quienes te expliquen qué pasos debe seguir para solicitar el permiso y acudir a los exámenes de oposición.
El justificante de día libre por examen
En cualquier caso, y en relación con el punto anterior, es necesario que pidas el justificante de asistencia al terminar las pruebas de oposición para poder dejar constancia de que efectivamente acudiste al examen que coincidía con la jornada laboral. En caso de que necesites justificación previa, la fecha y hora de los exámenes de oposición se publican en el BOE, por lo que este documento te podría bastar para ello.
Este permiso solo se aplica oposiciones o también a un examen de máster
En el caso de un examen de máster, estaríamos dentro de lo que contempla el Estatuto de los Trabajadores; se trata de estudios regulares con el objetivo de obtener una titulación oficial, de manera que la empresa deberá dar permiso al trabajador para que pueda concurrir a un examen de máster.
Que este permiso sea retribuido o no, dependerá de lo que diga el convenio colectivo de la empresa. Aunque como ya vimos al principio, existe jurisprudencia que reconoce estos permisos para concurrir a exámenes oficiales como permisos laborales retribuidos, por lo que en caso de concederse de esa forma, el trabajador siempre podrá recurrir a la vía judicial, donde es posible que su demanda se estime.
Esperamos que esta entrada sobre el permiso laboral por examen de oposición haya despejado vuestras dudas respecto a si tenéis derecho o no a ausentaros del trabajo para concurrir a este tipo de pruebas y si este permiso es retribuido o no.
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