No es raro que nos encontremos ante la necesidad de pasar por quirófano. Además de la lógica preocupación por la salud, un trabajador también piensa en cómo las bajas laborales por intervención quirúrgica afectarán a un puesto de trabajo.

¿Cuándo se produce una baja por intervención quirúrgica?

La baja por enfermedad por intervención quirúrgica se produce cuando un trabajador, por cuenta ajena o propia, se encuentra incapacitado y no puede acudir a su puesto de trabajo debido a que debe pasar por una operación.

¿Es contingencia común o profesional?

Una intervención quirúrgica puede ser el tratamiento de una enfermedad laboral o de un accidente laboral, dependiendo de si la dolencia en cuestión es producto del trabajo o no.

▷ Requisitos para la solicitar la baja por intervención quirúrgica

Cuando un equipo médico valora la salud de un trabajador y decide que éste debe pasar por quirófano, elabora un informe que, para pedir una baja por una intervención quirúrgica, el trabajador debe entregar al médico de cabecera, que es quien concede la baja laboral.

Para pedir la baja por intervención quirúrgica, debes realizar los siguientes pasos:

  • Pide cita al médico de cabecera o acude de urgencias si no es posible concertar una, ya que solo puede darnos el parte de baja un médico del Servicio Público de Salud y no un médico privado o particular.
  • Si el médico considera que no puedes asistir a tu puesto de trabajo, extenderá un parte de baja.
  • Tendrás que enviar a la empresa una copia del parte de baja en los tres días siguientes. Si no puedes hacerlo tú mismo, tendrás que encargárselo a alguien que acuda en tu lugar.
  • Si la baja laboral se alarga, tendrás que llevar a la empresa los partes de confirmación que irás recibiendo tras cada visita al doctor.
  • Recuerda que para tener derecho a cobrar subsidio por baja por intervención quirúrgica, debes haber cotizado al menos 180 días en los 5 años anteriores.

Requisitos para autónomos

Si eres profesional autónomo, para que las bajas te queden cubiertas, debes cumplir los siguientes requisitos:

 

  • Estar inscrito en el RETA
  • Presentar el parte de baja entregado por el médico
  • Acudir a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social o mutua contratada para presentar los siguientes documentos:
    • Solicitud de baja facilitada por la mutua o la Seguridad Social y firmada por el interesado
    • DNI o fotocopia compulsada del mismo
    • Justificante de pago de los últimos tres meses
    • Partes de baja médica
    • Declaración firmada de situación de la actividad en la que tendrás que explicar cómo quedará tu negocio mientras estés de baja

¿Cuál es la duración máxima de una baja por intervención quirúrgica?

La duración máxima de una baja por intervención quirúrgica es de 365 días. Se podría prorrogar 180 días de baja más si existe posibilidad de recuperación, siendo el INSS el organismo responsable de determinar dicha posibilidad.

En este manual publicado por el INSS podéis comprobar los tiempos óptimos de recuperación de diferentes incapacidades temporales.

Manual tiempos incapacidad temporal INSS

EN RESUMEN:

“Para percibir la prestación durante la baja laboral por intervención quirúrgica hay que tener 180 días cotizados en los 5 años anteriores a la baja”

▷ Prestaciones por la baja

La prestación que se recibe por estar de baja por intervención quirúrgica se corresponde a la prestación que se recibe por baja con incapacidad temporal IT (Ver en las bajas laborales y sus tipos).

¿Cuánto se cobra?

Lo que se cobra estando de baja por intervención quirúrgica depende de si la dolencia ha sido derivada del trabajo o no ya que no se percibe lo mismo estando de baja por enfermedad laboral que por enfermedad común.

  • Si se trata de una enfermedad común: no se percibe la prestación por incapacidad temporal durante los tres primeros días. A partir del del cuarto se percibe el 60% de la base reguladora hasta los 20 días y a partir del día veintiuno en adelante, se percibe el 75% de la base reguladora.
  • Por enfermedad laboral: se percibe a partir del día siguiente el 75% de la base reguladora.

Hay que tener en cuenta que para poder cobrar las prestaciones de la bajas por enfermedad común, se debe previamente haber cotizado al menos 180 días en los últimos 5 años hasta la fecha de la baja. Esto no se aplica en los casos de enfermedad profesional.

¿Cuándo se cobra?

Si el pago le corresponde a la Seguridad Social, por norma general es el último día hábil del mes o un día anterior si coincide que es festivo.

¿Quién paga la prestación durante la baja?

Dependiendo de los días que requiera la baja por una operación, el pago de la prestación corresponde a diferentes emisores:

  • Los 3 primeros días de la baja no se cobran salvo que el Convenio diga lo contrario.
  • Del cuarto al decimoquinto día paga la empresa, en el día habitual que paga la nómina.
  • A partir del decimosexto día es la mutua o el INSS quien se encarga de abonar la prestación, dependiendo de si es baja laboral o por enfermedad común respectivamente.

Intervenciones quirúrgicas que provocan más bajas laborales

En España se hacen una media de 5 millones de operaciones diarias según un estudio realizado por la Fundación IDIS. Las intervenciones quirúrgicas que provocan bajas con asiduidad están relacionadas con la traumatología por lo que, trasladando los datos, las operaciones traumatológicas son las que más bajas laborales provocan.

Las otras especialidades que siguen a traumatología en intervenciones quirúrgicas son la neurocirugía, cirugía general y digestivo y cardíaca. Las intervenciones cardíacas son las que más crecimiento tienen.

Sectores que generan mayor cantidad de bajas por intervención quirúrgica

Según el observatorio de la mutua Asepeyo, los sectores laborales con mayor índice de siniestralidad, y que generan mayor cantidad de bajas son la construcción, la hostelería y la industria manufacturera, mientras que los que sufren menos incidencias son el comercio y la educación.

Preguntas frecuentes

¿Tiene el trabajador derecho a no ser contactado por la empresa durante la baja?



La empresa puede intentar ponerse en contacto durante la baja laboral, el trabajador en todo caso, tiene derecho a no atender la llamada ni responder correo electrónico alguno.


¿Te pueden despedir estando de baja por intervención quirúrgica?



Un trabajador puede ser despedido estando de baja por causas objetivas pero nunca por estar de baja.


¿Se puede acabar mi contrato temporal estando de baja?



Sí, se puede acabar y:


  • Si es por enfermedad común, se descuenta el tiempo que corresponde cobrar por el desempleo hasta el alta.
  • Si es por enfermedad laboral, la prestación durante la baja no se descontará de la prestación por desempleo.

¿Cómo hago saber a mi empresa que mi baja es por intervención quirúrgica?



Es información personal y confidencial, la empresa debe saber que padeces una enfermedad que implica baja laboral, pero no qué enfermedad es. En el informe de baja, no indicará por ninguna parte la enfermedad que se tiene.


¿Que debo hacer si la empresa no se cree que me tienen que operar?



Tienes un parte de baja de un profesional médico. La empresa no tiene por qué saber que la causa de la baja es ansiedad, si existe posibilidad de acoso, se puede denunciar en Inspección de Trabajo.


¿Qué ocurre si hay problemas durante la baja laboral provocada por la operación?



Si hay problemas durante la baja laboral provocada por la operación, serán los profesionales médicos quienes valorarán de nuevo la situación del trabajador, intervendrán para que éste mejore y, si fuera necesario, recomendarán ampliar la duración de la baja laboral dentro de los tiempos estipulados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.


¿Una baja por una intervención quirúrgica es siempre una contingencia común?



No tiene porqué. Una intervención quirúrgica puede ser el tratamiento de una enfermedad laboral o de un accidente laboral, dependiendo de si la dolencia en cuestión es producto del trabajo o no.


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