Si tienes hijos en edad escolar, debes saber que los gastos educativos tienen “premio” en la declaración de la Renta. En esta entrada os vamos a detallar qué tipo de deducción por gastos educativos podéis aplicar en vuestra próxima declaración de la Renta a presentar en 2020.

Los gastos escolares son beneficiosos para tu la renta

Tener hijos no solo desgrava en la declaración de la Renta, su educación también puede resultar en deducciones por gastos educativos que los padres que convivan con ellos podrán aplicar. Y es que los gastos escolares son un zarpazo nada desdeñable a la economía de las familias, y por esa razón, Hacienda permite desgravar, con límites, algunos de estos gastos en la declaración de la Renta. Entre otros, se consideran gastos educativos que pueden desgravar las clases de inglés, el uniforme, los libros de texto, el material escolar o los gastos de guardería.

Son las comunidades autónomas las que contemplan estas deducciones por gastos educativos en el IRPF, tal y como podemos ver en la página de la Agencia Tributaria, en la que en cada sección se indica cómo rellenar la casilla por deducción por gastos educativos, así como los límites aplicables y qué tipo de gastos escolares se pueden desgravar (ropa, libros, clases de idiomas, etc.).

Se debe tener en cuenta que en caso de que existan becas o ayudas para la adquisición o material escolar, estas deben minorarse del importe del gasto a deducir.

▷ Deducciones en los gastos educativos por comunidad autónoma

Como ocurre en otros casos de gastos deducibles, se deben conservar los tickets o facturas de los gastos escolares que se quieran desgravar y revisar la normativa que aplica cada comunidad autónoma al respecto.

A continuación vamos a detallar qué tipo de deducciones por gastos educativos existen en cada comunidad autónoma de cara a la declaración de de I.R.P.F. para 2020 (cuando presentaremos la declaración de la Renta correspondiente a 2019).

Andalucía

En Andalucía no existen deducciones por gastos escolares de ningún tipo.

Aragón

Se puede deducir el 100% de lo pagado por libros de texto y material escolar en primaria y secundaria obligatoria, pero dentro de los siguientes límites:

  • Declaraciones conjuntas:
    • Hasta 12.000 euros de ingresos: 100 euros por niño.
    • Entre 12.000 euros y 20.000 euros de ingresos: 50 euros por niño.
    • Entre 20.000 euros y 25.000 euros de ingresos: 37,50 euros por niño.
    • Las familias numerosas podrán desgravar hasta 150 euros por hijo.
  • Declaraciones individuales:
    • Hasta 6.500 euros de ingresos: 50 euros por niño.
    • Entre 6.500 euros y 10.000 euros de ingresos: 37,50 euros por niño.
    • Entre 10.000 euros y 12.500 euros de ingresos: 25 euros por niño.
    • Las familias numerosas podrán desgravarse hasta 75 euros por niño.

Asturias

En el Principado de Asturias se puede deducir hasta el 100% de los libros de texto y material escolar necesarios para la educación primaria o secundaria obligatoria. Cuenta con límites para la deducción según la base imponible general y del ahorra del contribuyente.

  • Declaraciones conjuntas:
    • Hasta 12.000 euros de ingresos: 100 euros por niño.
    • Entre 12.000 euros y 20.000 euros de ingresos: 75 euros por niño.
    • Entre 20.000 euros y 25.000 euros de ingresos: 50 euros por niño.
    • Las familias numerosas podrán desgravar hasta 150 euros por hijo.
  • Declaraciones individuales:
    • Hasta 6.500 euros de ingresos: 50 euros por niño.
    • Entre 6.500 euros y 10.000 euros de ingresos: 37,50 euros por niño.
    • Entre 10.000 euros y 12.500 euros de ingresos: 25 euros por niño.
    • Las familias numerosas podrán desgravarse hasta 75 euros por niño.

Islas Baleares

Los padres podrán desgravar el 100% de los gastos de la compra de libros de texto, con lo siguientes límites marcado por la suma de la base imponible general y del ahorro:

  • Declaraciones conjuntas:
    • Hasta 10.000 euros de ingresos: 200 euros por niño.
    • Entre 10.000 euros y 20.000 euros de ingresos: 100 euros por niño.
    • Entre 20.000 euros y 25.000 euros de ingresos: 75 euros por niño.
  • Declaraciones individuales:
    • Hasta 6.500 euros de ingresos: 100 euros por niño.
    • Entre 6.500 euros y 10.000 euros de ingresos: 75 euros por niño.
    • Entre 10.000 euros y 12.500 euros de ingresos: 50 euros por niño.

También podrán desgravar el 15% de los cursos extraescolares de idiomas hasta un máximo de 100 euros por niño en ciclos de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y ciclos de formación profesional.

Canarias

Los padres que tengan que pagar estudios universitarios o de FP fuera de las islas podrán deducir 1.500 euros por hijo y de 1.600 euros para contribuyentes con una base liquidable inferior a 33.0007,20 euros. Los estudios deben abarcar un año entero o, al menos, 30 créditos fuera de las islas. Además, el hijo no podrá tener ingresos superiores a 6.000 euros.

Para los estudios de educación infantil, primaria, secundaria y FP de grado medio existe una deducción del 100% para libros de texto y material escolar, transporte y uniforme hasta un máximo de 100 euros por unidad familiar.

Así mismo, existe una deducción del 15% de gasto en guardería hasta 400 euros, siempre que los progenitores trabajen fuera del domicilio familiar.

Los límites en la base imponible son de 39.000 euros para declaración individuales y 52.000 euros para las conjuntas.

Cantabria

En Cantabria no existen deducciones por gastos escolares de ningún tipo, pero si de 100 euros por persona para el cuidado de menores de 3 años.

Castilla y León

Existe una deducción del 100% de los gastos de guardería hasta 1.320 euros. Para poder desgravar este gasto es necesario que los padres estén trabajando y que la suma de la base imponible general y la del ahorro no supere los 18.900 euros en declaraciones individuales o los 31.500 euros en tributaciones conjuntas.

Castilla-La Mancha

En esta comunidad existe una deducción del 100% de gastos en los libros de texto para educación básica, más un 15% del gasto en enseñanza de idiomas, dentro de los siguientes límites de la suma de la base imponible general y la del ahorro menos el mínimo por descendiente:

  • Declaraciones conjuntas:
    • Hasta 10.000 euros de ingresos: 100 euros por niño.
    • Entre 10.000 euros y 20.000 euros de ingresos: 50 euros por niño.
    • Entre 20.000 euros y 25.000 euros de ingresos: 37,50 euros por niño.
  • Declaraciones individuales:
    • Hasta 6.500 euros de ingresos: 50 euros por niño.
    • Entre 6.500 euros y 10.000 euros de ingresos: 37,50 euros por niño.
    • Entre 10.000 euros y 12.500 euros de ingresos: 25 euros por niño.

Las familias numerosas podrán desgravase hasta 75 euros por niño en tributación individual, siempre la base no supere los 30.000 euros.

Cataluña

En Cataluña podrán desgravarse el total de los intereses pagados de los préstamos de se hubiesen solicitado para realizar estudios de máster y doctorados.

Extremadura

En Extramadura existe una deducción de 15 euros por niño de entre 6 y 15 años para la compra de material escolar.

También se podrá desgravar un 10% de los gastos destinados a guardería con un máximos de 220 euros por familia.

Los límites para estas deducciones son una base imponible que no podrá superar los 19.000 euros en declaración individual o los 24.000 euros en declaración conjunta.

Galicia

Los padres que trabajen fuera del domicilio familiar podrán deducir un 30% del dinero destinado a guardería o a empleadas del hogar para el cuidado de los hijos menores de tres años con un límite de 400 euros en general y 600 euros para quienes tengan dos niños menores de tres años.

Madrid

En la Comunidad de Madrid se pude deducir un 15% de los gastos de escolaridad, el 10% de los gastos en idiomas en centros oficiales y extraescolares adheridas al colegio y un 5% de los gastos de vestuario siempre que sea de uso exclusivo escolar y obligatorio en el centro.

El límite máximo de la deducción es de 400 euros por hijo para desgravar por enseñanza de idiomas y vestuario. Y de 900 euros cuando además se sume la escolaridad, que solo se aplicará en el caso de que el colegio sea completamente privado.

Murcia

En esta comunidad se puede desgravar un 15% de los gastos para guardería y centros escolares, a los que se suman 100 euros por niño para la compra de libros de texto en segundo ciclo de infantil, primaria y secundaria obligatoria. Cuenta con los siguientes límites en la base imponible:

  • Declaraciones conjuntas:
    • Familiar numerosa: 40.000 euros
    • Resto: 30.000 euros
  • Declaraciones individuales:
    • Familias numerosas: 25.000 euros
    • Resto: 15.000 euros

La Rioja

Se podrá deducir un 15% de los gastos de escuelas infantiles, guardería o personal contrato para el cuidado de niños menores de 3 años, con un límite máximo de 300 euros por niño.

Valencia

Se podrá deducir hasta 100 euros por hijo por la adquisición de material escolar siempre que uno de los padres esté en paro y la base imponible no supere los 25.000 euros en declaración individual o los 40.000 euros en declaración conjunta.

Para gastos de guardería o de centro de educación infantil, siempre que ambos padres trabajen fuera de casa, se podrá desgravar un 15% del dinero, con límite de 270 euros por hijo.

Cómo aprovechar estas deducciones en la educación de los hijos

Esta claro que estas deducciones por gastos educativos son una ayuda para aquellas familias con hijos en edad escolar y que dependerá de ellas qué hacer con dicho ahorro, pero una sugerencia interesante sería destinar estos importes deducidos a la futura educación superior de los hijos, es decir, ahorrarlos para poder pagarles estudios universitarios o de FP cuando llegue el momento.

Esperamos que esta entrada sobre la deducción pos gastos educativos os haya resultado de utilidad, pero si aún tenéis dudas de qué gastos escolares podéis desgravaros, siempre podéis recurrir a la ayuda de un buen asesor fiscal.

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