Como ocurre con otras prestaciones, para poder solicitar el Ingreso Mínimo Vital es necesario cumplir una serie de requisitos, entre estos encontramos la configuración de la unidad de convivencia. Pero, ¿qué es una unidad de convivencia exactamente?, ¿qué miembros se tienen en cuenta?, ¿qué grado de parentesco?

Es en el propio Decreto Ley 20/2020 donde encontramos las respuestas a estas preguntas, ya que nos aclara cómo se determina qué es una unidad de convivencia y qué miembros forman parte de ella. Esto no solo nos sirve para saber si podemos solicitar la prestación, sino que también determina la cuantía máxima que pueden recibir los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.

Una unidad de convivencia está formada por las personas que conviven en el mismo domicilio y que están vinculada entre ellas por matrimonio, pareja de hecho, adopción o acogimiento hasta el segundo grado

Diferentes unidades de convivencia

El Real Decreto del Ingreso Mínimo Vital considera un total de 12 tipos de unidad de convivencia, que es importante no confundir con el concepto de unidad familiar, mucho más estricto, que se tiene en consideración para otras prestaciones, como el subsidio por desempleo.

Estas unidades de convivencia pueden tener diferentes distribuciones, pero para ser considerada unidad familiar es necesario que se trate de personas que vivan en el mismo domicilio y que estén vinculadas entre ellas por matrimonio, pareja de hecho, adopción o acogimiento o vínculo de hasta segundo grado (hermanos, nietos, abuelos, etc.).

Para estas unidades de convivencia podrá haber un titular del Ingreso Mínimo Vital y el resto de miembros serán beneficiarios del mismo. Además, en caso de fallecimiento del nexo de unión entre varios miembros, no se pierde la consideración de unidad de convivencia (por ejemplo, si muere uno de los cónyuges, pero el otro sigue viviendo con sus suegros).

También se considera unidad de convivencia a las familias monoparentales con hijos, en trámites de separación o divorcio o separadas. Para los casos de custodia compartida, los menores contarán en la vivienda en la que estén empadronados. Y a las víctimas de violencia de género que hayan abandonado su domicilio con hijos o familiares de segundo grado, aunque aún no se hayan separado.

Imagen concepto unidad de convivencia

Unidad de convivencia de personas sin relación familiar

Pero la ley no solo contempla a las personas con vínculo familiar, sino que también abre la puerta a considerar como unidad de convivencia a aquellas personas que sin relación familiar entre ellas conviven juntas, si bien, este supuesto queda pendiente de desarrollarse vía reglamento.

Para esos casos, será imprescindible demostrar la independencia (salvo para separaciones o divorcios), es decir, haber estado dado de alta en la Seguridad Social un mínimo de 12 meses a lo largo de su vida (no necesariamente continuados) y haber residido en un domicilio diferente al de los padres durante los últimos 3 años. De cumplir todos estos requisitos quedan excluidas las víctimas de violencia de género o de trata de seres humanos y explotación sexual.

Límites de la unidad de convivencia

Una persona solo podrá formar parte de una unidad de convivencia, si bien, en un solo domicilio podrá haber un máximo de dos unidades de convivencia, por ejemplo, dos familias que convivan en el mismo domicilio o una familia y una pareja de hecho; cada una formará una unidad familiar.

Todos los miembros de la unidad de convivencia, que serán los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, deberán cumplir el resto de requisitos para recibir la prestación:

  • Residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante al menos un año antes de la solicitud (con la excepción de nacimientos o adopciones, víctimas de trata y víctimas de violencia de género).
  • Haber solicitado antes las prestaciones sociales o pensiones a las que tuvieran derecho (quedan excluidas las rentas mínimas de las comunidades autónomas).
  • En caso de no trabajar y ser mayor de edad o menor emancipado, estar de alta como demandante de empleo.
  • Cumplir con las condiciones económicas (ingresos mínimos y niveles de patrimonio).

Finalmente, aunque es imprescindible que los miembros de una unidad de convivencia vivan en el mismo domicilio, no se perderá la prestación en el caso de separaciones transitorias de alguno de ellos por trabajo, estudios o tratamientos médicos, siempre que tengan residencia legal en España o no salgan al extranjero más de 90 días al año.

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