Con las oficinas de Hacienda todavía cerradas debido al estado de alarma por la crisis sanitaria del Covid-19, aquellos ciudadanos que prefieran dejar de esperar para poder presentar su Renta 2019 de manera presencial, podrán recurrir al Plan Le Llamamos de la AEAT para hacer su declaración a través de asistencia telefónica.

Este servicio telefónico de la Agencia Tributaria lleva disponible desde el pasado 5 de mayo y con él el organismo llamará al contribuyente para confeccionar su declaración de la Renta 2019. Podrán usar este servicio aquellos ciudadanos que prefieran este tipo de ayuda para hacer la declaración en vez de hacerla a través de Internet.

Es necesario pedir cita previa

Para poder solicitar esta llamada de la AEAT, se debe pedir cita previa bien a través de la página web de Hacienda, bien de su aplicación para móviles o en los teléfonos 901223344 y 915530071 (atención personal) o 901121224 y 915357326 (servicio automático) hasta el próximo 29 de junio de 2020, en horario de 9 a 19 horas de lunes a viernes.

Hay que tener en cuenta que, pese a que Hacienda ha reforzado su servicio telefónico, no aseguran poder confirmar día y hora para confeccionar y presentar la Renta 2019, por lo que es recomendable que, una vez hayáis pedido la cita, tengáis la información pertinente a mano.

¿Qué necesito para presentar la declaración por teléfono?

Para poder utilizar este servicio de presentación telefónica de la declaración de la Renta vamos necesitar nuestro DNI/NIE, su fecha de validez, de expedición o número de soporte y la casilla 505 de la Renta 2018 como número de referencia.

Para cuando nos llamen desde Hacienda deberemos tener preparada toda la información (siempre que sea pertinente según el contribuyente y el origen de sus rentas) referente a:

  • Rendimientos del trabajo.
  • Rendimientos del capital mobiliario.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuanta salvo fondos sin base de retención en el artículo 97.2 o ganancias y pérdidas patrimoniales sin transmisión (salvo subvenciones de actividades económicas).
  • Imputación del régimen de rentas inmobiliarias.
  • Rendimientos del capital inmobiliario con el límite de 1 bien múltiple alquilado y 1 contrato de alquiler.
  • Rendimientos de actividades empresariales en módulos (con sus subvenciones)
  • Todas las rentas anteriores derivadas del régimen de atribución de rentas.

Otras consideraciones

Así mismo, también se podrá efectuar la declaración por teléfono en los supuestos de deducción por doble imposición internacional, rentas exentas con progresividad, regularización cláusula suelo, compensación de partidas pendientes de ejercicios anteriores y rectificaciones y complementarias del ejercicio.

La AEAT prestará este servicio de declaración telefónica durante el mes de junio para aquellos contribuyentes con perfil tradicional de asistencia presencial, pero con ciertos límites:

  • Hasta dos alquileres.
  • Hasta dos actividades en módulos.
  • Ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de hasta dos transmisiones.

La campaña de presentación presencial de la Renta 2019 debería haber comenzado el pasado 13 de mayo, pero con las oficinas de Hacienda cerradas aún por el estado de alarma, la presentación vía telefónica supone una alternativa para aquellos contribuyentes que tengan más problemas para realizar la presentación a través de Internet.

Recuerda que para cualquier duda referente a la declaración de la Renta, siempre puedes acudir a tu asesoría más cercana y consultar con un buen asesor fiscal.

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