A efectos impositivos, el SEPE se considera un segundo pagador, algo que los trabajadores afectados por un ERTE deben tener en cuenta cuando presenten su declaración de la Renta de 2020.

La cifra de trabajadores afectados por un ERTE a causa del coronavirus en España está muy cerca de alcanzar los 4 millones (si no lo ha hecho ya a la hora de escribir este artículo). Y es probable que muchos de esos trabajadores que ahora reciben una prestación por desempleo mientras dure su ERTE, no sepan que a efectos tributarios el SEPE, o cualquier otra administración que nos pague una prestación, se considera un segundo pagador. Este es un hecho que deberán tener muy presente para la campaña de la Renta 2020 (la que presentarán en 2021).

Primero, porque tener dos (o más pagadores) durante el mismo año, significa que seguramente deberán presentar la declaración de la Renta incluso cuando sus ingresos no superen el límite legal. Y segundo, es que es muy posible que esa declaración les salga a pagar.

Es cierto que aún falta un año para la campaña del IRPF 2020, pero no está de más estar informados, porque existe la posibilidad de poder ajustar las cuentas con Hacienda antes de presentar la declaración en 2021.

El SEPE se considera segundo pagador y lo que cobres como paro rendimientos del trabajo. Debes tenerlo en cuenta a la hora de presentar la declaración de la Renta

La prestación por desempleo es rendimiento del trabajo

A efectos tributarios, se considera que hay dos pagadores o más, cuando en un mismo año se perciben ingresos de entidades que tienen números de identificación fiscal distintos. En ese sentido, el SEPE o cualquier otro organismo público que nos ingrese una prestación, se considera como segundo pagador, ya que lo que cobramos como paro tiene la consideración de rendimiento del trabajo, igual que nuestra nómina.

Este hecho ocurre también cuando recibimos cualquier tipo de prestación de la Administración, por ejemplo, al cobrar el FOGASA o pasar a cobrar la jubilación.

Como decíamos al comienzo, una de las primeras consecuencias de tener dos pagadores a efectos del IRPF para los trabajadores afectados por un ERTE, es que muy probablemente tendrán que presentar la declaración de la Renta el próximo año, aun cuando no se llegue al mínimo de 22.000 euros al año por rendimientos del trabajo, puesto que ese límite baja a los 14.000 euros cuando se cobra de dos o más pagadores y, además, la cantidad cobrada del segundo pagador (y restantes si los hay) es superior a 1.500 euros.

Con esas condiciones, es muy probable que los trabajadores afectados por un ERTE este año a causa del Covid-19 acaben teniendo la obligación de presentar la declaración de la Renta 2020, incluso cuando sus ingresos no alcancen los 22.000 euros.

erte irpf dos pagadores

Renta a pagar

La segunda consecuencia es que, al tener dos o más pagadores el mismo año, muchas veces el resultado de la declaración de la Renta sale a pagar. Algo que, además, es bastante frecuente cuando se ha percibido un salario y después la prestación por desempleo en el mismo ejercicio fiscal.

Esto se debe a que normalmente el SEPE aplica una retención mínima a efectos de IRPF. Igual que ocurriría si hemos cambiado de trabajo durante el año, y nuestro segundo pagador nos ha aplicado una retención menor en el IRPF al no tener en cuenta que hemos tenido una trabajo anterior, ya que el segundo pagador o posteriores calculan la retención a aplicar en función de las retribuciones que abonarán ellos hasta el 31 de diciembre, sin considerar lo que hemos cobrado previamente.

Si bien, hay que tener en cuenta que esto no quiere decir que paguemos más IRPF por tener más de un pagador el mismo año (un falso mito). Simplemente significa que no hemos adelantado nuestros impuestos correspondientes a Hacienda a lo largo del año y que cuando llegue el momento de hacer la declaración de la Renta en junio, deberemos ajustar cuentas con el fisco y pagar lo que nos falte, es decir, lo que se nos haya dejado de retener.

Ajustar cuentas antes de la campaña de la Renta

Aunque en realidad estamos simplemente pagando los impuestos que nos corresponden, si queremos evitar que la declaración nos salga a pagar el año que viene si estamos afectados por un ERTE, hay una manera para evitarlo.

Se trata de solicitar a nuestro segundo pagador que modifique el tipo de retención que nos está aplicando. Para ello existen formularios específicos, dependiendo de la administración a la que nos debamos dirigir.

En concreto, en el SEPE debemos solicitar este incremento en la retención a cuenta del IRPF por escrito 5 días antes de terminar el mes anterior al cobro de la prestación por desempleo. El nuevo tipo se aplicará hasta el final de año y, mientras no se renuncie a él o se solicite un nuevo tipo superior por escrito, se mantendrá en años siguientes.

Otra opción, es que si la declaración de la Renta nos sale a pagar, podemos solicitar el pago fraccionado del IRPF (con un pago en junio y otro en noviembre).

En definitiva, si te has visto afectado o estás afectado por un ERTE a causa del Covid-19, recuerda que a efectos del IRPF para el próximo año tienes dos pagadores.

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