¿Tu negocio va viento en popa y tus ganancias crecen mes a mes? Entonces quizá te interese pasar de autónomo a Sociedad Limitada. Si crees que es el momento de montar tu propia SL, esta INFO te va a interesar.

Pasar de autónomo a SL

La decisión de pasar de autónomo a SL no es fácil. Hay que asumir ciertos riesgos y responsabilidades, además de realizar bastantes trámites. Sin embargo, también puede ser muy beneficioso, tanto en el ámbito económico como profesional.

¿Cuándo dar el salto a la SL?

Esta es la pregunta del millón: ¿cuándo pasar de autónomo a Sociedad Limitada? Se estima que a todo autónomo le conviene formar una SL cuando los ingresos superar los 50.000-60.000 euros anuales. A partir de ese baremo, constituir una Sociedad Limitada puede ser más rentable, sobre todo en relación a los impuestos.

Pasos para pasar de autónomo a SL

Para efectuar el cambio de autónomo a Sociedad Limitada, es necesario realizar ciertos trámites en la Seguridad Social, Hacienda y el registro Mercantil.

Trámites en la Seguridad Social

Un autónomo debe estar inscrito en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y, por tanto, para dar el salto a Sociedad Limitada se debe dar de baja como autónomo o modificar los datos del RETA.

Por tanto, si vas a ejercer como administrador y socio único de la Sociedad Limitada, el único trámite es modificar la información que tiene de ti la Seguridad Social. Para ello hay que rellenar el modelo TA0521/6, que sirve para actualizar cualquier dato en RETA. Puedes encontrar el modelo en este enlace.

modelo ta0521

 

solicitud variacion datos reta pagina 1

 

solicitud variacion datos reta pagina 2

Si vas a realizar el cambio de empresario individual a autónomo societario a través de internet, tendrás que acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Tendrás que identificarte con certificado digital, DNIe o sistema Cl@ve.

Busca la opción: “Afiliación e inscripción” > “Variación de datos en RETA“.

sede electronica de la seguridad social

 

sede electronica ss afiliacion

 

variacion de datos en regimen especial de trabajadores autonomos

Constitución de la Sociedad

El siguiente paso para pasar de autónomo a Sociedad Limitada es constituir la SL e inscribirla en el Registro Mercantil. Es una de las tareas más arduas ya que hay que pasar por varios trámites:

  • Ir al Registro Mercantil para conseguir el Certificado de Denominación Social. En él se asegura que el nombre elegido para la empresa es único y original (¡piensa bien el nombre de tu SL!)
  • Aportar un mínimo de capital social de 3.000 euros. Se debe ingresar en una cuenta bancaria vinculada a la empresa.
  • Proceder a la redacción de los estatutos que regirán la identidad y funcionamiento de la empresa: nombre, objeto social, socios si los hubiera, etc.
  • Firmar la escritura pública que confirma la constitución de la empresa, acto que debe realizarse ante notario.
  • Con todo ello y, una vez se haya conseguido el número de identificación fiscal, se puede proceder a dar de alta la Sociedad Limitada en el Registro Mercantil.

Características principales de una SL

A la hora de redactar los estatutos y dar de alta una Sociedad Limitada hay que tener en cuenta que es una empresa con unas características concretas:

  • Capital Social: la inversión inicial necesaria. La suma del capital aportado por los socios debe ser de 3.000 euros.
  • Denominación social: el nombre de la empresa. Termina en SL.
  • Domicilio Social: la sede o lugar donde se encuentra ubicada la sociedad.
  • Objeto Social: la actividad que va a desarrollar la sociedad.
  • Socios: forman parte de la sociedad aportando trabajo, dinero o bienes. Pueden ser socios trabajadores o capitalistas. Su responsabilidad sobre el capital aportado puede ser solidaria o limitada.
  • Administradores: la administración no tiene por qué recaer en los socios, ya que éstos pueden ser simplemente capitalistas (aportan dinero). Se debe nombrar a un administrador de la sociedad.

En Sociedades Limitadas con varios socios capitalistas, es frecuente la formación de una Junta General, que se suele reunir cada cierto tiempo (estipulado en los estatutos de la sociedad).

Trámites en Hacienda

¿Hay que darse de baja en Hacienda para pasar de autónomo a Sociedad Limitada? ¿Qué otros trámites habrá que realizar en la Agencia Tributaria? La respuesta varía dependiendo de si se trata de una persona física o jurídica y de la actividad profesional que desarrolla.

Personas físicas

Los trámites para dar de alta una Sociedad Limitada en Hacienda dependen del sector profesional en el que el trabajador desarrolle su actividad: Esto depende de la clasificación que el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) haga de dicha actividad. Así, tenemos:

  • Actividades profesionales. si la actividad como autónomo y como SL es la misma y se enmarca en esta categoría, no es necesario darse de baja en Hacienda. Estos trabajadores se convierten en autónomos societarios, y facturan a su propia sociedad por su trabajo.
  • Actividades Empresariales: en cambio, si la actividad profesional está encuadrada dentro de la categoría empresarial, sí será necesario darse de baja como autónomo en RETA. Esto sucede porque será la sociedad quien presentará los impuestos y abone nóminas a los trabajadores.

En el caso de las actividades consideradas como profesionales, hay que recordar que es obligatorio cambiar la base de cotización de autónomo a autónomo societario.

No olvides que la base mínima de cotización de los autónomos societarios (1.214,10 euros) es superior a la de los empresarios individuales (944,40 euros). Por lo que, si cotizabas por el mínimo, verás incrementada tu cuota de autónomo de 283,32 euros a 364,23 euros.

Personas jurídicas

En el caso de la persona jurídica, será necesario realizar la declaración censal de alta, lo cual se hace cumplimentando el modelo 036 (en este caso no sirve con el 037): En dicho modelo quedará registrada la fecha del inicio de actividad de tu Sociedad Limitada.

Tambiénes imprescindible rellenar el modelo 600. Se trata del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, cuyo pago se suspendió en 2010. Sin embargo, la entrega de este modelo sigue siendo obligatoria.

Por su parte el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados debe abonarse por los trámites notariales solicitados para la constitución de la sociedad. El plazo para hacer frente a estos pagos es de 30 días naturales.

Otros factores importantes al pasar de autónomo a Sociedad Limitada

Hay ciertas condiciones que deben tenerse en cuenta a la hora de pasar de autónomos a Sociedad Limitada. Además de realizar los trámites ya mencionados, un autónomo ha de valorar que existen ciertos requisitos imprescindibles para poner en marcha y mantener una Sociedad Limitada.

El primer factor a valorar es que deberás llevar un control total de la contabilidad de la sociedad. Esto incluye estar al día con inventarios, cuentas anuales, libro diario de ingresos, etc. Como ya habrás imaginado, esto supone más tiempo dedicado a la contabilidad de la empresa.

También hay que prestar atención a muchos más trámites fiscales. Entre otros, deberás llevar con control de las facturas emitidas o recibidas y registrar las operaciones comerciales en otros países, si las hubiera.

Es importante tener el certificado digital de la sociedad, ya que las cuentas e informes se presentarán ante Hacienda y la Seguridad Social vía online.

Tampoco olvides que la Agencia Tributaria obliga a las empresas a contar con un email, o cualquier otro método de contacto habilitado para recibir comunicaciones de Hacienda.

En caso de pasar de autónomo a Sociedad Limitada y contar con varios socios, éstos deberán figurar en los Estatutos, informando sobre su cargo o porcentaje de participación en la SL.

Ventajas de la Sociedad Limitada sobre el autónomo

Al darse de alta como autónomo el trabajador tiene que tributar el IRPF. Este impuesto aumenta de forma progresiva en función de los ingresos, pudiendo llegar a tributar el 45% de los rendimientos netos obtenidos.

Sin embargo, al constituirse como Sociedad Limitada hay que hacer frente al Impuesto sobre Sociedades, que es una cuota fija (generalmente el 25%) que depende del balance ingresos/gastos de la SL. Por tanto, a partir de ciertos ingresos puede salir más rentable este impuesto impuesto que el IRPF.

Por otra parte, cuando existen pérdidas o el negocio va mal, el autónomo debe responder con su patrimonio personal presente y futuro. En cambio, una Sociedad Limitada solo responde con su capital. Esto quiere decir que una Sociedad Limitada siempre será preferible en casos de negocios con alto riesgo.

Otra de las ventajas de pasar a Sociedad Limitada es que se ofrece una mejor imagen ante bancos y cajas de ahorros, clientes o proveedores. Se suele considerar que una SL es una empresa que ya tiene cierta trayectoria y que se ha ganado su reputación con trabajo a medio y largo plazo.

Las Sociedades Limitadas pueden estar formadas por varios socios que pueden responder ante los problemas, lo cual otorga a la sociedad mayor margen de maniobra que a un autónomo.

A esto hay que unir otras ventajas, como la posibilidad de desgravar más gastos derivados de la actividad laboral u obtener más facilidades a la hora de obtener financiación en entidades bancarias.

Al final, la decisión es tuya. Tú debes saber mejor que nadie cuándo debes pasarte de autónomos a Sociedad Limitada. Un paso que se avecina importante para tu futuro económico y profesional.

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