¿Estás pensando en emprender pero no sabes cómo hacerlo? ¿Sabías que en España existe una opción para montar una empresa en menos de 24 horas? Se llama sociedades express. A continuación te contamos las características y ventajas de estas sociedades, y te damos las claves y requisitos para montar una.

¿Qué es una sociedad express o urgente?

Una sociedad limitada express es aquella que se puede crear en un plazo mínimo de tiempo gracias a la simplificación y agilización de los trámites.

Es un tipo de forma jurídica cuyo objetivo es fomentar el emprendimiento y facilitar la creación de nuevas empresas. Con el tiempo, estas sociedades se pueden convertir en una Sociedad Limitada normal.

En España este tipo de sociedades se denominan sociedades limitadas de nueva empresa o SLNE y se pueden crear en apenas 24 horas a través del portal CIRCE.

A lo largo del artículo profundizaremos en las características de estas sociedades y te diremos los requisitos necesarios para montar una.

Características de una sociedad express (SLNE)

Estas son las principales características de una sociedad limitada express:

  • Actualmente se conocen como SLNE o Sociedad Limitada de Nueva Empresa, y son una variante de las sociedades de responsabilidad limitada.
  • Al igual que una Sociedad Limitada, se caracterizan por tener su capital dividido en participaciones.
  • También, de forma idéntica a las S.L., la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado, es decir, no arriesgan su patrimonio personal.
  • Existe la posibilidad de redactar unos estatutos sociales orientativos.
  • Se pueden constituir de forma presencial o telemática, a través del portal CIRCE y del DUE (Documento Único Electrónico).
  • El proceso de creación puede durar apenas un día en caso de las sociedades express simplificadas.

Estas son las características básicas de las sociedades express. En los siguientes epígrafes profundizamos un poco más en cada una de ellas.

Estatutos

En los estatutos de una SL express han de figurar los siguientes datos:

  • Denominación social
  • Objeto social
  • Domicilio social
  • Identificación de los socios
  • Capital social total y participación de cada uno de los socios
  • Fecha de constitución y duración prevista de la sociedad
  • Órganos de gobierno

Capital mínimo

El capital mínimo en una sociedad limitada express es de 3.000 euros. Asimismo, el capital aportado no puede superar los 120.000 euros.

Denominación social

La denominación social de una sociedad express debe respetar las siguientes reglas:

  • No puede ser un nombre objetivo ni de fantasía
  • Debe estar formado por los dos apellidos y el nombre de uno de los socios. Al nombre se le añadirá un código alfanumérico o ID del CIRCE, además de la terminación SLNE. Es decir, la denominación será: Nombre y apellidos de un socio fundador + ID CIRCE + SLNE.

Está fórmula para la denominación social solo será exigible en el momento de creación de la sociedad. Una vez constituida se puede cambiar el nombre a otro que puede ser objetivo o de fantasía. El cambio de nombre es gratuito siempre que se realice en un plazo máximo de tres meses desde la constitución de la empresa.

  1. Acuerdo en Junta General para la modificación de la denominación social en los estatutos.
  2. Acudir al Registro Mercantil para solicitar la certificación negativa del nombre.
  3. Modificar la escritura pública ante notario.
  4. Inscribir la nueva denominación en el Registro Mercantil.

Objeto social

El objeto social de una sociedad express puede estar relacionado con alguno de los siguientes sectores: agrícola, ganadero, forestal, pesquero, industrial, obras, comercial, turístico, transporte, telecomunicaciones, mediación, profesionales o con el ámbito de servicios.

Los socios fundadores podrán incluir cualquier otro objeto de actividad sin relación con los anteriores. En este caso, la actividad será objeto de estudio por parte del registrador. En caso de no aceptar este nuevo objeto social, no se cancelará la inscripción de la empresa, sino que se negará únicamente la realización de dicha actividad, siempre que los socios lo acepten en la escritura pública.

Número mínimo de socios

Una sociedad express puede ser unipersonal, es decir, el número mínimo de socios es uno. Por su parte, el número máximo de socios en estas sociedades es de cinco.

Tipos de socios

Los socios fundadores han de ser personas físicas, en ningún caso jurídicas.

Cabe destacar que el número de socios puede aumentar por medio de la transmisión de participaciones. Esta transmisión puede realizarse a personas jurídicas, siempre y cuando se cedan a una o varias personas físicas antes de que transcurran tres meses.

Responsabilidad de los socios

Al igual que en las sociedades limitadas, las responsabilidad de los socios en las sociedades express está limitada al capital suscrito. Es decir, en caso de deudas o pérdidas, cada socio solo responderá con lo que haya aportado al capital de la empresa, en ningún caso con su patrimonio personal.

Administración de la Sociedad

Los órganos de administración de una sociedad express serán la Junta General y otra entidad de administración que puede estar formada por una o varias personas. En ningún caso este órgano puede adoptar la forma de consejo de administración, que está reservado principalmente a las sociedades anónimas.

Obligaciones fiscales de la Sociedad

La fiscalidad de las sociedades express está sujeta al pago del Impuesto sobre Sociedades.

Por otro lado, estas empresas de nueva creación pueden beneficiarse de ciertas ventajas fiscales:

  • Aplazar aquellas deudas respecto al Impuesto de Sociedades contraídas durante los dos primeros ejercicios desde su constitución.
  • Aplazar las deudas respecto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondientes al primer ejercicio impositivo desde su creación.
  • No tener que realizar pagos fraccionados al Impuesto sobre Sociedades, correspondientes a los dos primeros períodos impositivos.

Ley aplicable

La normativa aplicable a las sociedades de express se cimenta en las siguientes leyes:

Requisitos para poder constituir una sociedad express en España

Los requisitos de una sociedad express son los que ya te hemos indicado a lo largo del artículo. Has de prestar especial atención a los epígrafes sobre:

  • Denominación social
  • Objeto social
  • Número de socios (entre 1 y 5)
  • Capital social (entre 3.000 y 120.000 euros)
  • Redacción de estatutos
  • Administración de la sociedad.

Otro de los requisitos imprescindibles es realizar el proceso de constitución siguiendo los pasos indicados por la normativa vigente.  Descubre cómo cumplir este requisito en el siguiente punto.

¿Cómo constituir una sociedad express en 2020?

Existen dos procedimientos para crear una sociedad limitada express ordinaria en España. De forma presencial o telemática. A continuación vemos los pasos que hay que seguir para crear una sociedad express de forma telemática, ya que es el método más rápido, cómodo y barato.

La creación de una sociedad express a través de medios electrónicos se puede hacer desde el sistema CIRCE. Cualquier emprendedor puede dar de alta su propia empresa, ya sea por sí mismo o solicitando la ayuda de un Punto de Atención al Emprendedor o Punto PAE.

Para ello, es fundamental cumplimentar de forma correcta el Documento Único Electrónico o DUE.

Trámites previos a la escritura de constitución

El primer paso para crear una sociedad express de forma telemática es aportar el capital social necesario.

Una vez superado este paso, hay que rellenar el Documento Único Electrónico. Este proceso lo puede realizar la propia persona a través del certificado digital, o solicitar la ayuda de un Punto PAE de atención al emprendedor.

  • En cualquier caso, puedes ver unos vídeos explicativos sobre la cumplimentación del DUE en este enlace.

Una vez que se haya enviado el DUE, el sistema CIRCE creará de forma automática una cita con una notaría, para firmar la escritura pública de constitución. El interesado ha de llevar consigo el documento que certifique haber aportado ya el capital social necesario.

Este será prácticamente el único trámite en el que el emprendedor tendrá que desplazarse.

Trámites posteriores a la escritura de constitución

Una vez que se haya otorgado la escritura pública de constitución, será el propio sistema quien se encargue de realizar los siguientes trámites, sin necesidad de participación del emprendedor:

Ventajas de las sociedad express

Las mayores ventajas de una sociedad express son:

  • Se pueden crear de forma rápida y sencilla. El plazo para dar de alta la sociedad oscila entre 24 y 72 horas.
  • El objeto social es orientativo y basado en sectores generales de actividad, aunque existe la posibilidad de elegir alguna actividad singular.
  • Los trámites para obtener la denominación social son mucho más rápidos al hacerse a través del portal CIRCE.
  • No es necesario presentar un libro de registro de los socios.
  • Beneficios fiscales durante los dos primeros años de actividad.

Ejemplos

Son muchas las empresas que empezaron como sociedades express y que, con el tiempo, se convirtieron en S.L normales. En este directorio puedes ver una lista de empresas que se han creado con una sociedad express como base.

Preguntas frecuentes

¿Se puede constituir una sociedad en 24 horas?

Sí. El proceso de creación de sociedades limitadas de nueva empresa está pensado para poder realizar todos los trámites de forma telemática, en un plazo que oscila entre 24 y 72 horas.

¿Qué son las Sociedades express “súper simplificadas”?

Son una variante de las sociedades express que permiten simplificar todavía más el proceso de creación de empresas. Este tipo de sociedades ha de cumplir una serie de requisitos:

  • Capital social menor de 3.100 euros.
  • Ceñirse a la normativa impuesta por la Orden JUS/3185/2010

Otra de las diferencias con las sociedades express normales es que el plazo del registrador para inscribir la sociedad en el Registro Mercantil es de solo 7 horas desde la recepción de la escritura, frente a los 3 días de máximo habituales.

Entre las ventajas de las sociedades express simplificadas también está la aplicación de unos honorarios de notaría reducidos: 60 euros por la escritura pública y 40 por la inscripción en el registro.

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