Tanto el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) como la Seguridad Social ofrecen una serie de bonificaciones y reducciones en la contratación de personas en riesgo de exclusión social, así como parados de larga duración y otros colectivos de trabajadores. Aunque tras la derogación de las ayudas el pasado 1 de enero de 2019, algunas de esas Bonificaciones y ayudas han dejado existir y se han añadido otras nuevas. En esta guía vamos a ver las bonificaciones de contratos 2019 – 2020.

Bonificaciones de contratos vigentes para contratar en 2019 tras la derogación de las ayudas

Tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, el pasado 1 de enero de 2019 quedaban derogadas las bonificaciones de contratos más utilizadas: contrato de emprendedores, contrato a tiempo parcial con vinculación formativa o contrato de prácticas.

Tras la eliminación de estas ayudas, quedan vigentes las siguientes bonificaciones a la contratación:

  • Contrato para la formación y el aprendizaje
  • Transformación del contrato de formación en indefinido
  • Bonificaciones para personas con discapacidad
  • Bonificación para la contratación indefinida de parados de larga duración
  • Bonificaciones para colectivos en riesgo de exclusión y víctimas de diferentes circunstancias

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene publicada la guía de bonificaciones a la Seguridad Social y reducciones a la contratación laboral vigente en 2020.

Bonificaciones de contratos derogadas en 2019

Quedan derogadas las siguientes bonificaciones a la contratación:

  • Todos los contratos bonificados para menores de 30 años, excepto el contrato de formación
  • Todas las bonificaciones para contratación condicionadas por el 15% de la tasa de paro:
    • Contrato indefinido de apoyo a emprendedores
    • Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa
    • Contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos
    • Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven
    • Primer empleo joven
    • Incentivos a los contratos en prácticas
  • La ayuda de acompañamiento de 430 euros destinada a jóvenes de Garantía Juvenil con contrato de formación

Bonificaciones en los contratos de prácticas

Como ya hemos comentado, con la entrada en vigor del Real Decreto 28/2018, los contratos de práctica pasan a denominarse “contrato para la formación y el aprendizaje” y es la única modalidad con bonificaciones a la Seguridad Social para 2020 destinada a la contratación de jóvenes desempleados.

  • Bonificación:
    • 100% de los seguros sociales para empresas de menos de 250 trabajadores
    • 75% de los seguros sociales para empresas de más de 250 trabajadores
    • Bonificación adicional de entre 60 euros y 80 euros en concepto de tutorización del trabajador
  • Duración: 3 años

El contrato de formación será a jornada completa y está destinado a formar jóvenes menores de 25 años en un puesto de trabajo. Así, el 75% de la jornada se dedicará a trabajar y el 25% restante para formarse (85% de trabajo y 15% de formación para las prórrogas de segundo y tercer año). La formación del contrato es oficial y también está bonificada al 100%.

El salario para estos trabajadores será el establecido por convenio o, en su defecto, el 75% sobre el SMI.

La principal obligación para la empresa es proporcionar formación al trabajador sobre una profesión y respetar el horario de formación y trabajo.

Bonificaciones en el contrato de personas con discapacidad

En 2020 las bonificaciones a la Seguridad Social por contratación de minusválidos siguen activas, aplicando las siguientes bonificaciones según el grado de discapacidad reconocido, el género, la edad y el tipo de contrato (de acuerdo a la Ley 43/2006):

  • Contrato indefinido o transformación en indefinido para menores de 45 años:
    • Hombres discapacidad: 4.500 euros
    • Mujeres discapacidad: 5.350 euros
    • Hombres discapacidad severa: 5.100 euros
    • Mujeres discapacidad severa: 5.950 euros
  • Contrato indefinido o transformación en indefinido para mayores de 45 años:
    • Hombres y mujeres discapacidad: 5.700 euros
    • Hombres y mujeres discapacidad severa: 6.300 euros
  • Contrato temporal para menores de 45 años:
    • Hombres discapacidad: 3.500 euros
    • Mujeres discapacidad: 4.100 euros
    • Hombres discapacidad severa: 4.100 euros
    • Mujeres discapacidad severa: 4.700 euros
  • Contrato temporal para mayores de 45 años:
    • Hombres discapacidad: 4.100 euros
    • Mujeres discapacidad: 4.700 euros
    • Hombres discapacidad severa: 4.700 euros
    • Mujeres discapacidad severa: 5.300 euros

La duración para todas estas Bonificaciones de Contratos de discapacitados es durante toda la vigencia del contrato.

También existen bonificaciones a la Seguridad Social durante 2020 del 100% de la cuota empresarial por la contratación indefinida o temporal o conversión en contrato de trabajo indefinido de contratos temporales por un centro especial de empleo, así como para contratos de interinidad, cuya duración es toda la vigencia del contrato.

Para los contratos de formación de discapacitados, se aplica una bonificación del 100% de los seguros sociales durante toda la vigencia del contrato, sin límite de edad.

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Bonificaciones a la Seguridad Social 2020 por contratación indefinida

Transformación del contrato de formación en indefinido

Aquellas empresas que transformen los contratos de formación y aprendizaje al término de estos en contratos indefinidos, podrán aplicar durante 3 años las siguientes bonificaciones en los seguros sociales en las cuotas empresariales a la Seguridad Social:

  • Hombre: 1.500 euros
  • Mujer: 1.800 euros

Bonificaciones para la contratación indefinida de parados de larga duración

Aquellas empresas que contraten de forma indefinida a parados de larga duración en 2020 podrán beneficiarse de la siguiente bonificación a la seguridad social en la cuota empresarial:

  • Hombre: 1.300 euros (108,33 euros/mes)
  • Mujer: 1.500 euros (125 euros/mes)

Requisitos:

  • La persona contratada deberá haber estado inscrita como demandante de empleo al menos 12 meses, de los 18 anteriores al alta

Duración:

3 años, siempre que se mantenga el nivel de empleo total alcanzado con esa contratación y se mantenga contratado al trabajador como mínimo 2 años. En caso de incumplimiento, la empresa deberá devolver los beneficios aplicados

Transformación a contrato indefinido de trabajadores provenientes de una ETT

Esta bonificación en concreto se aplica para aquellas empresas (de menos de 50 trabajadores) usuarias de trabajadores procedentes de ETT, que transformen a contrato indefinido a trabajadores temporales que hubiesen estado contratados en prácticas.

Bonificación:

  • Hombre: 500 euros
  • Mujer: 700 euros

Duración: 3 años.

Bonificaciones para colectivos en riesgo de exclusión

Otras de las bonificaciones a la Seguridad Social que se siguen manteniendo vigentes en 2020 son aquellas destinadas a los colectivos en riesgo de exclusión y víctimas de diferentes circunstancias.

Víctimas

Víctimas de trata de seres humanos (inscritas como demandantes de empleo):

  • Contrato indefinido: 1.500 euros
  • Contrato temporal: 600 euros
  • Duración: 2 años

Víctimas de violencia de género:

  • Contrato indefinido: 1.500 euros
  • Contrato temporal: 600 euros
  • Conversión de contrato temporal a indefinido: 1.500 euros
  • Duración:
    • Contrato indefinido y conversión: 4 años
    • Contrato temporal: durante la vigencia del contrato

Víctimas del terrorismo (inscritas como demandantes de empleo):

  • Contrato indefinido: 1.500 euros
  • Contrato temporal: 600 euros
  • Conversión de contrato temporal a indefinido: 1.500 euros
  • Duración:
    • Contrato indefinido y conversión: 4 años
    • Contrato temporal: durante la vigencia del contrato

Víctimas de violencia doméstica:

  • Contrato indefinido: 850 euros
  • Contrato temporal: 600 euros
  • Conversión de contrato temporal a indefinido: 850 euros
  • Duración:
    • Contrato indefinido y conversión: 4 años
    • Contrato temporal: durante la vigencia del contrato

Requisitos del trabajador para la concertación de este tipo de contrato:

  • Tener acreditada por la Administración competente la condición de víctima
  • No tener parentesco hasta segundo grado inclusive con el empresario
  • No haber estado vinculado a la empresa en los 24 meses anteriores con un contrato indefinido
  • Quedan excluidos los trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en los 3 meses previos a la formalización del contrato

Trabajadores en riesgo de exclusión social

En general:

  • Contrato indefinido: 600 euros
  • Contrato temporal: 500 euros
  • Conversión de contrato temporal a indefinido: 650 euros
  • Duración:
    • Contrato indefinido y conversión: 4 años
    • Contrato temporal: durante la vigencia del contrato

Procedentes de una empresa de inserción:

  • Contrato indefinido: 1.500 euros
    • Primer año: 1.650 euros
    • Segundo, tercero y cuarto año: 600 euros
  • Contrato temporal: 600
    • Primer año: 1.650 euros
    • Segundo año: 600 euros
    • Tercer y cuarto año: 500 euros
  • Duración:
    • Contrato indefinido: 4 años
    • Contrato temporal: durante la vigencia del contrato

Contratos formalizados por empresas de inserción (inscritos como demandantes de empleo):

  • Menores de 30 años o 35 con discapacidad: 1.650 euros
  • Mayores de 30 años: 850 euros
  • Duración:
    • Contrato indefinido: 3 años
    • Contrato temporal: durante la vigencia del contrato

Requisitos para los trabajadores para concertación de este tipo de contrato:

  • Tener acreditada por los servicios sociales públicos competentes y para determinados colectivos la situación de exclusión social
  • No tener relación de parentesco hasta segundo grado inclusive con el empresario
  • No haber estado vinculado a la empresa en los 24 meses anteriores con un contrato por tiempo indefinido
  • Quedan excluidos los trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en los 3 mese previo a la formalización del contrato

EN RESUMEN:

“Tras la entrada en vigor del Real Decreto 28/2018, se derogaron la mayor parte de las bonificaciones de contratos más usadas, pero aún siguen vigentes en 2020 aquellas bonificaciones a la Seguridad Social a los contratos de formación y el aprendizaje, a la contratación indefinida y las víctimas y colectivos en riesgo de exclusión”

Bonificaciones a la Seguridad Social 2020 para contrato indefinido o temporal para otros ámbitos y colectivos específicos

Tripulantes de buques (Islas Canarias)

Inscritos en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de Canarias y tripulantes de buques adscritos a los servicios regulares entre Canarias, las islas y el resto del territorio nacional:

  • Reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos: 90%.
  • Duración: Indefinida

Trabajadores en Ceuta y Melilla

  • Bonificaciones de la base de cotización por contingencias comunes: 50%
  • Duración: Toda la vigencia del contrato

Penados en instituciones penitenciarias y menores en centros de internamiento

  • Bonificación por los conceptos de recaudación conjunta de desempleo, formación profesional y FOGASA: 65%
  • Duración: Toda la vigencia del contrato

Contrato indefinido por parte del trabajador autónomo a familiares

Hasta el segundo grado de consanguineidad o afinidad, inscritos como demandantes de empleo:

  • Bonificación de la cuota empresarial por contingencia comunes: 100%
  • Duración: 12 meses

Personas que presten servicios en el hogar familiar

Deben quedar incorporadas al sistema especial de seguridad social a partir del 01/01/2012 (cuando la obligación de cotizar se haya iniciado el 01/01/2012). En el caso de familias numerosas de categoría general, de los ascendientes (o el descendiente en el caso de familias monoparentales) deben trabajar fuera de casa:

  • Reducción de la cuota del empleador: 20%
  • Bonificación de la cuota del empleador: 45%
  • Duración: Toda la vigencia del contrato

Cooperativas o sociedades laborales

Inscritos como demandantes de empleo. Que se incorporen como socios trabajadores o de trabajo. Y en el caso de cooperativas, están han tenido que optar por un Régimen de Seguridad Social propio de trabajadores por cuenta ajena:

  • Menores de 30 años o menores de 35 años discapacitados:
    • Primer año: 1.650 euros
    • Segundo y tercer año: 800 euros
  • Mayores de 30 años: 800 euros
  • Duración: 3 años

Ampliación de las bonificaciones a la Seguridad Social para contratos fijos discontinuos 2020

Dentro de las medidas para paliar el impacto negativo en la economía del coronavirus, se han ampliado las bonificaciones a la Seguridad Social para contratos fijos discontinuos que se realicen entre los meses de febrero y junio de 2020 en los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística.

La bonificación es del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, desempleo, FOGASA y formación profesional. Se pueden acoger a esta medida las empresas que:

  • Generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo, abril, mayo y junio.
  • Inicien o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo.

Esta medida, además, se aplica desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2020.

Esperamos que esta guía os haya resultado de utilidad si estáis pensando en contratar trabajadores y beneficiaros de estas bonificaciones de contratos de la Seguridad Social en 2019 – 2020. Os recomendamos así mismo, leer nuestra entrada en la que explicamos los tipos de contratos para trabajadores que existen en España .