El SMI y los complementos salariales han creado un conflicto entre sindicatos y patronal desde que se publicara el Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019, estableciendo el SMI en 12600 € anuales.

Los sindicatos sostienen que los completos no deberían computar para el cálculo del SMI, mientras que la patronal dice que sí deben hacerlo. El conflicto llegó a la Sala Social de la Audiencia Nacional, que ya ha dictado sentencia al respecto.

La sentencia señala que tanto los complementos como las primas de producción sí deben tenerse en cuenta dentro de los 12600 € anuales, por lo que deben ser absorbidos y compensados con el incremento del SMI, para que este siga constituyendo una garantía salarial mínima y no deje sin valor a la negociación colectiva, ya que de no ser así, sería el Real Decreto del SMI el que definiría el salario base de los trabajadores, sin tener en cuenta convenios o contratos individuales.

El conflicto está lejos de terminar, ya que los sindicatos han interpuesto recurso ante el Tribunal Supremo, que decidirá finalmente sobre esta cuestión.

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