Nos ha tocado vivir un año terrible en muchos aspectos, pero sin duda, aparte de en la salud de muchos ciudadanos, donde el Covid-19 también ha hecho mella ha sido en el empleo. Miles de personas se encuentran aún en ERTE, muchas de ellas además viviendo con la incertidumbre de si a partir del próximo 15 de noviembre pasarán directamente a un ERE (en esa fecha se cumplen los 6 meses en que las empresas acogidas a ERTE tenían prohibido despedir).
Por ello, hay muchísimas personas cuya economía y la de su familia depende de recibir una prestación, bien de desempleo, bien por jubilación o incluso el Ingreso Mínimo Vital. Sin embargo, hay una circunstancia algo desconocida y es la posibilidad, en algunos casos, de poder cobrar dos prestaciones al mismo tiempo. En este artículo vamos a ver en qué situaciones es posible.
Ciertamente, hay varios escenarios en los que es posible cobrar dos prestaciones al mismo tiempo; se trata de cobrar la prestación por desempleo y otra ayuda más que podemos tener concedida previamente o solicitarla con posterioridad.
Aparte de la cobrar el paro y la indemnización por despedido, a la que todo trabajador tiene derecho cuando los motivos del despido no son disciplinarios, también podremos cobrar el paro y solicitar la ayuda que concede la Administración por tener un hijo menor de 18 años o uno mayor con discapacidad de al menos el 65%. Esta ayuda también es compatible con cobrar el subsidio de desempleo.
Otro de los escenarios es el que se presenta al cobrar el paro y la pensión por viudedad. Estas dos prestaciones se pueden cobrar a la vez, si bien, si hablamos del subsidio por desempleo, la pensión de viudedad no puede superar los 675 euros al mes, en cuyo caso sí que serían incompatibles, teniendo que renunciar a una de ellas.
Aunque la ley pone algunas trabas a la hora de despedir a una persona estando de baja por incapacidad temporal; si nos despiden en este caso (siempre que no sea despido disciplinario), podremos cobrar el paro y la prestación por incapacidad temporal correspondiente. Lo mismo ocurre si estamos en el paro y caemos enfermos o tenemos un accidente.
Finalmente, también es posible cobrar el paro y percibir una beca formativa al mismo tiempo, siempre que el importe de dicha beca se destine a compensar los gastos de alimentación, alojamiento o transporte, es decir, que la beca no pague la prestación de servicios del interesado, puesto que en ese caso, se considerará como si estuviese trabajando.
Aparte de las situaciones que hemos visto en los casos anteriores, en lo que respecta al Ingreso Mínimo Vital, esta ayuda también es compatible con estar cobrando otras ayudas sociales que conceden las comunidades autónomas a través del SEPE, normalmente conocidas como Renta de Inserción Social. Si ya se está recibiendo una de estas ayudas, es posible solicitar también el Ingreso Mínimo Vital en los supuestos previstos para esta prestación.
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