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El “anexo D” en el IRPF para controlar los gastos del alquiler cada día más cerca

Entre las novedades para la próxima Declaración de la Renta 2019, Hacienda prepara el anexo D, con el que se busca tener un mayor control de los gastos de los pisos alquilados, aunque de momento será de cumplimentación voluntaria.

El pasado 19 de diciembre Hacienda publicó en su página web el proyecto de orden por el que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Patrimonio del ejercicio 2019 y que estará en trámite de audiencia e información pública hasta este próximo 20 de enero de 2020.

Entre las novedades que contempla dicho proyecto, está la de pedir información adicional sobre los gastos relacionados con los pisos alquilados, creando para ello un anexo D, donde los contribuyentes podrán consignar el NIF de los proveedores de determinados gastos, así como el importe correspondiente. Si bien, esta información tendrá carácter voluntario.

En los modelos presentados en el proyecto, aparte de determinar lugar, forma y plazos de presentación de los mismos y establecer los procedimiento de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de la declaración, aparecen tres novedades respecto al modelo de declaración de la Renta del ejercicio anterior. Por un lado, se simplifica la identificación del domicilio fiscal del contribuyente, y por otro encontramos dos novedades para la cumplimentación de los rendimientos de capital inmobiliario y de actividades económicas en estimación directa.

Hacienda quiere reforzar los controles sobre el alquiler de inmuebles, para seguir luchando contra el fraude vinculado a este sector

Un mayor control sobre los pisos en alquiler en la declaración del IRPF

Las novedades que encontramos con la inclusión del anexo D buscan reforzar los controles de Hacienda sobre el alquiler de inmuebles y algunos de los gastos relacionados, para lo que en la declaración del ejercicio 2018 ya incluyó la obligación del propietario de la vivienda alquilada de adjuntar el NIF del arrendatario de la misma.

Para este ejercicio 2019 se crea el nuevo anexo D para “agilizar la tramitación de las devoluciones a que puedan tener derecho los contribuyentes y reducir el número de requerimientos”. En este anexo, recordamos, de cumplimentación voluntaria, los contribuyentes podrán consignar el NIF de los proveedores de determinados gastos, así como su importe.

Estos gastos son aquellos relacionados con la reparación y conservación de los inmuebles, la formalización de los contratos, los gastos de defensa jurídica, otras cantidades devengadas por terceros por servicios personales, el importe de las mejoras realizadas, etc.

Por otro lado, y para mejorar el proceso de generación de datos fiscales y calidad del borrador, se ha consolidado en un único apartado toda la información relacionada con los inmuebles de los que es titular el contribuyente, ya sea en calidad de propietario o usufructuario. Así, el contribuyente podrá reflejar el uso o usos que dicho inmueble ha tenido durante el ejercicio: vivienda habitual, vivienda de ex-cónyuge e hijos menores de edad, afecto a una actividad económica, para, en estos casos, no generar ningún tipo de renta. Además, también se podrá indicar si ha estado a disposición de su titular durante todo el ejercicio o solo parte de él, para poder calcular la correspondiente imputación de rentas o si el inmueble ha estado arrendado.

En cuanto a los rendimientos de actividades económicas en estimación directa, se realiza un desglose más detallado de los ingresos y gastos deducibles.

Cambios en la identificación del domicilio fiscal

Finalmente, la novedad respecto a la identificación o ratificación del domicilio fiscal del contribuyente consiste en ofrecer de forma separada al resto de la declaración este apartado de identificación (que hasta ahora aparecía al comienzo del modelo). De manera, que “de forma muy sencilla e intuitiva, el contribuyente ratificará el último domicilio fiscal disponibles o, en su caso, lo modificará”.

La próxima campaña de declaración de la Renta 2019 comenzará el próximo 1 de abril y para cumplimentar y cumplir con nuestras obligaciones fiscales sin cometer ningún solo error, siempre es recomendable contar con la ayuda de un buen asesor fiscal o un gestor fiscal.

Helena Hernández

Periodista y escritora. Con vocación por la información on-line de calidad, desde el mundo de la cultura, pasando por temas jurídicos y el mundo de los negocios.

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