El IVA es un impuesto que nos acompaña en prácticamente todas nuestras compras y contratos de servicios, por lo que puede que te preguntas si los seguros que tienes contratados también están gravados con IVA; por ello, en esta entrada vamos a explicarte todo lo relacionado con el IVA en los seguros.
¿Llevan IVA los seguros en España?
A la pregunta de si en España los seguros llevan IVA la respuesta es no; el artículo 20 de la Ley del IVA dice que las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización están exentas de IVA. Así que no hace falta que busquéis cuánto porcentaje de IVA se aplica a los seguros que tenéis contratados, porque no lo vais a encontrar.
Además, la Ley del IVA también dice que los servicios de mediación están exentos de IVA, para la captación de clientes, con independencia del profesional que lo preste, así como que “dentro de las operaciones de seguro se entenderán comprendidas las modalidades de previsión”.
Pero que no haya IVA en las pólizas seguro no quiere decir que estas no estén gravadas con otro tipo de impuestos, como veremos a lo largo de esta entrada y es que los seguros cuentan con una serie de impuestos propios que a veces se pueden confundir con el IVA.
▷ El IVA en los seguros: Caso por caso
Ya hemos visto que en los seguros no hay IVA, con independencia de su tipo, pero aún así vamos a ver qué impuestos asociados sí tienen los más habituales.
Seguro de automóvil
Es cierto que el seguro de automóvil no tiene IVA, pero ¿qué pasa con las reparaciones en caso de siniestro? Está claro que la factura de esas reparaciones sí llevarán IVA, por lo tanto, ¿quién se hace cargo del mismo?
Con carácter general, será la propia aseguradora la que se haga cargo del pago del IVA de las reparaciones del automóvil si este es particular. Para el caso de personas jurídicas, como las empresas, las compañías de seguro suelen evitar pagar el IVA, ya que las empresas pueden deducírselo en la correspondiente liquidación fiscal.
Cabe señalar, que ha habido algunas sentencias judiciales en las que se ha obligado a las aseguradoras a hacerse cargo del IVA de las facturas de reparaciones en el caso de que sus asegurados fuesen empresas.
También habrá que tener en cuenta las condiciones de cada contrato, ya que en ellos se puede estipular quién será el encargado de pagar el IVA de las facturas de reparaciones. O si se trata de una franquicia de seguros, ya que estos seguros de vehículos suelen ser más baratos y tienden a repartir los gastos de reparaciones y, por tanto, el IVA entre aseguradora y asegurado.
Seguro de hogar
El seguro de hogar tampoco está gravado con IVA, pero, como ocurría con las facturas de reparaciones en los seguros de vehículos, los posibles arreglos de desperfectos o averías sí que generarán IVA. En esos casos, cuando el asegurado es un particular, es la aseguradora la que se hace cargo del pago del IVA, previa presentación de las correspondientes facturas. Mientras que en el caso de personas jurídicas, lo más común es el caso contrario, que el asegurado quien se ocupe del pago del IVA.
Seguro de salud
Los seguros médicos o de salud no llevan IVA. Como tampoco llevan IVA los seguros de vida, sin embargo, estas pólizas si que están afectadas por otros dos impuestos: las tasas del Consorcio de Compensación del Seguro (del que os hablamos más abajo) y el recargo de liquidación de entidades aseguradoras (RLEA).
El RLEA es un recargo que se aplica a las pólizas de seguros de no vida y a las coberturas complementarias de los seguros de vida; grava el 0,15% de las primas de ambas y lo recauda el Consorcio de Compensación del Seguro a través de las compañías aseguradoras.
Seguro de decesos
Los seguros de decesos están exentos de IVA, sin embargo, los servicios derivados de los mismos sí que generan IVA, es decir, gastos como los del funeral, la repatriación de un cadáver o los servicios para los familiares del fallecido sí que están gravados con IVA. Lo normal es que la aseguradora haga frente a este IVA, por lo que “reparte” el gasto en el precio de la póliza del seguro.
Seguro de viajes
Los seguros de viajes tampoco llevan IVA, pero sí que están gravados por las tasas del Consorcio de Compensación, el recargo del RLEA y el Impuesto sobre Primas de Seguro (del que os hablaremos un poco más adelante).
Seguro de mascotas
Como ocurre con el resto de seguros que hemos visto, los seguros de mascota tampoco llevan IVA, pero los servicios del veterinario sí que generan este impuesto, que asume la propia aseguradora, por lo que, como con el seguro de decesos, el coste de la póliza suele llevar incluido ese gasto.
El impuesto sobre Primas de Seguro (IPS)
El impuesto sobre Primas de Seguro es un impuesto indirecto, que está en vigor desde 1997 y que grava determinadas pólizas de seguro. Supone un 6% de la prima neta, es decir, que se aplica sobre el precio del seguro sin impuestos ni recargos de ningún tipo.
El impuesto se aplica a aquellos seguros con un volumen de primas muy elevado, como es el caso de los seguros de automóvil, hogar, accidentes o responsabilidad civil. Pero existen varios seguros que están exentos de este gravamen:
- Operaciones relativas a los seguros sociales obligatorios.
- Operaciones relativas a seguros colectivos destinados a planes y fondos de pensiones.
- Seguros de vida.
- Operaciones de capitalización.
- Operaciones de reaseguro.
- Seguros de caución
- Seguros de crédito destinados a la exportación.
- Seguros agrarios combinados.
- Seguros relacionados con el transporte internacional de viajeros o mercancías.
- Operaciones de seguro relacionadas con buques o aeronaves destinadas al transporte internacional, salvo que sean para uso recreativo.
El Impuesto destinado al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), recaudación y recargos
El Consorcio de Compensación de Seguros es un organismo público, que depende del Ministerio de Asuntos Económicos y y Transformación Digital y es el encargado de cubrir determinados riesgos excepcionales que las compañías de seguro no asumen, como las catástrofes naturales o los daños producidos por vehículos sin seguro o vehículos robados, entre otros casos.
El CCS también cubre la responsabilidad civil de un usuario que haya sido rechazado por diferentes aseguradoras. Además funciona como un fondo de garantía cuando se da una falta de seguro o insolvencia por parte del asegurador.
De manera que una de las formas en las que el Consorcio se financia es a través de una tasa aplicable a una gran cantidad de pólizas que, por obligación legal, hacen recaer la responsabilidad última de las indemnizaciones en el organismo. Son las propias aseguradoras las encargadas de recaudar esta tasa y por tanto, es uno de las primas presentes en los seguros.
Estas tasas son denominadas recargos y existen tres tipos diferentes en función de la modalidad de seguro:
- Recargo en el seguro de riesgos extraordinarios y daños directos, que se abonan en los seguros contra daños en los bienes, en los seguros de vida y en los seguros de no vida.
- Recargo en el seguro de responsabilidad civil de suscripción derivada del uso y circulación de vehículos a motor, que será de un 2% correspondiente a la prima comercial.
- Recargo destinado a financiar la actividad liquidadora de entidades aseguradoras, que se aplica sobre riesgos localizados.
Impuesto a los recargos de fraccionamiento de pago de la prima
Los tomadores de seguros que deciden fraccionar el pago de la prima de sus seguros, deben hacer frente a los recargos de dicho fraccionamiento.
Las compañías de seguro suelen bonificar a los clientes que pagan la póliza de una sola vez, pero aquellos que fraccionan el pago deben hacer frente a los intereses derivados del mismo. Ocurre igual con la tasa del CSS, que también puede fraccionarse, teniendo en cuenta que también cobra intereses, que quedan así: 2% para vencimientos semestrales, 2,5% para trimestrales, 3% en los bimestrales y 3,5% en los mensuales.
Así pues, los seguros no tienen IVA en España (ni el resto de países de la UE), pero cuando el IVA sube, las pólizas también suelen hacerlo, ya que las aseguradoras tienden a “cargar” ese aumento del gasto sobre sus asegurados.
Esperamos que esta entrada sobre el IVA en los seguros os haya resultado de utilidad y sepáis ahora qué tipo de recargos e impuestos sí gravan vuestras pólizas.
El IVA en otros sectores