El Proyecto de ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal ya se encuentra en trámite parlamentario, y entre las medidas que contempla, obligará a declarar las criptomonedas en el modelo 720.

Las criptomonedas han vivido en los últimos tiempos un incremento en su uso, a finales de 2020 existían más de 6.500 criptomonedas en circulación, en gran parte debido a una tendencia creciente a reducir el uso del dinero en efectivo y el empleo de estas divisas digitales como medios de pago.

Por otro lado, las cripotomonedas son empleadas como medio de pago en la Internet profunda por parte del crimen organizado para el comercio y tráfico de todo tipo de bienes ilegales o no.

Estos dos hechos hacen necesario llevar a cabo un mayor control sobre el empleo, posesión y circulación de las diferentes criptomonedas que existen en la actualidad. En ese sentido, el Consejo de Ministros aprobó recientemente el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que en su artículo 11.22 incorpora de forma expresa la obligación de declarar las criptomendas en el modelo 720, «Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero».

Será obligatorio declarar las criptomonedas a través del modelo 720; con ello se pretende llevar un mayor control sobre la circulación y empleo de estas divisas digitales

Obligados a declarar sus criptomonedas

El Proyecto de Ley contempla que deberán declarar a través del modelo 720 aquellas criptomonedas de las que se sea titular, además, también deberán incluirlas quienes tengan la condición de autorizado o beneficiario o quien de alguna forma ostente poder de disposición, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener almacenar y transferir monedas virtuales.

También se establecen dos nuevas obligaciones informativas relacionadas con las criptomonedas para quienes proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, incluidos los proveedores de servicios de cambio de estas divisas si también prestan el servicio de tenencia:

  • La obligatoriedad de suministrar información a la AEAT sobre los saldos mantenidos por los titulares de criptomonedas.
  • La obligatoriedad de suministrar información a la AEAT sobre las operaciones con criptomonedas; adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos en las que se utilicen. Esta obligación también deben cumplirla quienes realicen ofertas iniciales de nuevas criptomonedas.

Más medidas de control sobre las criptomonedas

Más allá de este Proyecto de Ley, la Agencia Tributaria ya estableció más medidas de control para las divisas virtuales, en concreto, en su Resolución de 19 de enero de 2021, en la que se aprobaban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021, en el que se establecían las siguientes actuaciones:

  • Obtención de información procedente de diversas fuentes sobre las operaciones realizadas con criptomonedas.
  • Sistematización y análisis de la información obtenida, para facilitar las acciones de control de la correcta tributación de las operaciones realizadas y el origen de los fondos utilizados en la adquisición de criptomonedas.
  • Potenciar la cooperación internacional y la participación en foros internacionales, para conseguir mayor información sobre las operaciones con criptomonedas.

Recordamos que el plazo para presentar el modelo 720 para quienes tienen obligación de hacerlo, es del 1 de enero al 31 de marzo.

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