A partir del 12 de mayo de 2019 será obligatorio para todas las empresas llevar con control de la jornada laboral de los trabajadores. Así lo ha estipulado el Gobierno en un Decreto Ley aprobado el 18 de marzo. ¿Podrán adaptarse los negocios y sociedades a esta normativa en un plazo tan corto de tiempo?
Dos tercios de las empresas desconocen la normativa sobre control horario
Un estudio realizado por SoftDoIt entre más de 100 directivos de empresas españolas, pone de manifiesto que muchas sociedades todavía desconocen la obligación de llevar un control de horas de los trabajadores.
En concreto, el estudio refleja que solo el 37% de los encuestados disponen de un método para el control de los trabajadores, mientras que el porcentaje de compañías que cuentan con herramientas de control horario automatizado cae hasta el 35%.
Estos datos no sorprenden si se tiene en cuenta que el estudio también refleja que más del 50% de los encuestados desconocían por completo esta normativa sobre control de la jornada laboral y, por tanto, no sabían de su obligatoriedad.
Una medida de control frente a la precariedad laboral
El Consejo de Ministros aprobó recientemente este Decreto Ley con dos objetivos: Por un lado, luchar contra la precariedad laboral y el impago de horas extra a los empleados. Por otro, evitar el absentismo laboral. En definitiva, una norma que busca una legislación laboral más justa y transparente.
La ley señala que a partir de 12 de mayo será obligatorio registrar el horario de entrada y salida de los trabajadores. Además, las empresas estarán obligadas a guardar los informes de los empleados durante 4 años.
Serán las propias empresas, de acuerdo con los trabajadores o sus representantes, quienes decidan el método de control empleado, pudiendo utilizarse desde la firma, hasta terminales de fichaje, pasando por otros sistemas automatizados de reconocimiento biométrico.
Toda compañía, negocio o establecimiento, sea cual sea su tamaño o sector de negocio, está obligada a cumplir con la normativa de control de horas en un plazo máximo de 2 meses después de la publicación de la ley en el BOE. De no cumplir con los requisitos establecidos, se le podrían imponer sanciones que oscilan entre los 626 y los 6.250 euros.
Y tú, ¿ya conocías esta nueva normativa sobre control horario de empleados? ¿Has puesto en marcha los mecanismos para cumplir con ella? Si tienes dudas sobre su aplicación, recuerda que en nuestra web puedes encontrar las mejores asesorías para tu negocio.