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¿Qué hacer si te han cobrado de más en la cuota de autónomos?

Hay diversos motivos que pueden causar un error en la Seguridad Social y provocar que esta nos haya cobrado de más en la cuota mensual de autónomos, pero existe un proceso sencillo para solicitar estas cantidades cobradas de más. Te explicamos cómo en este artículo.

Los trabajadores por cuenta propia deben pagar todos los meses la cuota de autónomos a la Seguridad Social, un pago que en la mayoría de los casos se carga automáticamente en la cuenta bancaria que se hubiera facilitado a la administración al darse de alta en alguno de los regímenes de autónomos de la Seguridad Social.

La cuantía de la cuota de autónomos es una cantidad fija que se paga cada mes en base a la base de cotización que haya elegido el autónomo, con unos límites mínimos y máximos. Pero como bien sabemos, el sistema no es infalible y hay ocasiones en las que la Seguridad Social puede cobrar de más en la cuota de autónomos, por ejemplo, si el profesional se ha dado de baja a mitad de mes, la cuantía a pagar debería corresponderse con la parte proporcional de los días en los que estuvo de alta realmente, pero no es raro que en ocasiones se cobre todo el mes. Si esto ocurre, el autónomo podrá reclamar la devolución de la cantidad pagada de más.

La reclamación de devoluciones puede llevarse a cabo a través de la sede electrónica de la Seguridad Social

¿Cómo solicitar la devolución?

Las cantidades abonadas de más pueden reclamarse de manera telemática desde la sede electrónica de la Seguridad Social. El proceso es sencillo y solo necesitaremos tener el certificado digital o la Cl@ve para poder tramitarlo en unos pocos minutos.

Así, si algún mes compruebas que te han cobrado de más en tu cuota de autónomos, deberás acudir a la página web de la Seguridad Social y acceder al apartado de «Ciudadanos» y hacer clic sobre «Recaudación».

En la siguiente pantalla aparecerán varias opciones, pero la que a nosotros nos interesa es la correspondiente a «Devolución de ingresos de regímenes y sistemas especiales». Al pulsar sobre ella, se desplegarán las opciones de acceso entre las que podéis escoger dependiendo de si tenéis o no certificado digital o Cl@ve.

Una vez hayáis accedido al trámite propiamente dicho, os aparecerá marcada la opción de «Solicitud de devolución de ingresos», de manera que solo tendréis que terminar de cumplimentarla. Aquí tendréis que seleccionar el régimen de trabajadores autónomos al que se pertenece y elegir las fechas de la devolución. Así mismo, también encontraréis opciones para aquellos autónomos que se hayan dado de baja a mitad de mes y se les haya cobrado el mes completo.

Una vez tengáis cumplimentada la solicitud, solo hay que pulsar en «Continuar», para enviarla. Os aparecerá también la posibilidad de imprimir y guardar el justificante. Podréis volver a esta sección para comprobar el estado de la solicitud en cualquier momento.

Helena Hernández

Periodista y escritora. Con vocación por la información on-line de calidad, desde el mundo de la cultura, pasando por temas jurídicos y el mundo de los negocios.

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