Llevas trabajando por cuenta propia toda la vida y ha llegado el momento de descansar y disfrutar de tus hijos o nietos. Después de todo este tiempo, esperas tener una buena pensión que te permita vivir con desahogo. Pero, ¿realmente esto será así? A continuación te hablamos de cómo funciona la jubilación del autónomo. ¿Cuánto vas a cobrar? ¿Qué hay que hacer para tener la pensión máxima?

La jubilación del autónomo

Los autónomos son profesionales a los que no se les dan las facilidades que se debería, ni durante su vida laboral ni después. Eso lo saben todos los trabajadores por cuenta propia.

De hecho, las cifras del Ministerio de Empleo señalan que las pensiones de jubilación de los autónomos están unos 500 euros por debajo de las que cobran los que han trabajado por cuenta ajena.

Por ello, se hace imprescindible saber a lo que te atienes, más ahora que las pensiones del futuro corren más peligro que nunca por el progresivo envejecimiento de la población.

En este artículo te hablamos de las cuestiones más importantes de la jubilación de los autónomos. ¿A qué edad te puedes jubilar? ¿Cuántos años necesitas haber cotizado? ¿Cuál es la pensión mínima y máxima que puedes percibir?

El Sistema de jubilación de los autónomos. Aspectos más importantes

Antes de entrar más en materia, debes tener claros una serie de conceptos generales que afectan a la jubilación de los autónomos:

  • La edad de jubilación para un autónomo en 2019 es de 65 años y 9 meses, pero irá aumentando año a año hasta situarse en 67 años en 2027.
  • Debes haber cotizado un mínimo de 15 años para acceder a una pensión de jubilación. Además, es necesario haber cotizado 2 años dentro de los últimos 15.
  • Se puede solicitar la jubilación anticipada con 63 años, pero es imprescindible haber cotizado un mínimo de 35 años.
  • La cuantía a cobrar depende de varios factores, en concreto la base de cotización de los últimos años y el número de años que hayas cotizado.

Por otra parte, existen diferentes tipos de jubilación del autónomo. En concreto 7: jubilación contributiva y no contributiva, jubilación activa, anticipada, flexible y parcial. Profundizaremos más en algunas de ellas a lo largo del artículo.

¿Cómo calcular la pensión del autónomo tras las tras la última reforma del sistema de pensiones?

Para calcular la pensión de un autónomo es  necesario tener en cuenta dos conceptos:

  • Base reguladora de los últimos años. Se puede cotizar desde la base mínima que son 944,40 euros hasta la base máxima, que son 4.070 euros hasta los 47 años y 2.023,50 a partir de los 48 años.
  • Años cotizados: a los 15 años cotizados se tendrá derecho a cobrar el 50% de la base reguladora. Este porcentaje crece de forma fraccionada hasta alcanzar el 100% de la base reguladora a los 37 años cotizados.

Edad de jubilación: ¿Cuántos años tiene que cotizar un autónomo para poder jubilarse?

La edad de jubilación del autónomo se ha ido modificando en los últimos años. En realidad, se ha ido retardando poco a poco debido al envejecimiento progresivo de la población y para dar más tiempo a alcanzar mejores porcentajes sobre de la base reguladora.

En la actualidad, la edad mínima de jubilación del autónomo en 2019 (no anticipada) es de 65 años y 8 meses, pero se irá incrementando en los próximos años:

  • 2020: 65 años y 10 meses
  • 2021: 66 años
  • 2022: 66 años y 2 meses
  • 2023: 66 años y 4 meses
  • 2024: 66 años y 6 meses
  • 2025: 66 años y 8 meses
  • 2026: 66 años y 10 meses
  • 2027: 67 años

Estas son las edades mínimas para jubilarse. Pero, ¿cuánto hay que cotizar para poder cobrar una pensión? Pues el mínimo son 15 años. En este caso, se cobrará el 50% de la base reguladora.

Los autónomos que hayan hecho una carrera laboral completa, es decir, que hayan cotizado 38 años y 6 meses, podrán jubilarse a los 65 años. Además tendrán derecho al 100% de la base reguladora.

¿Cuánto cobra de pensión un autónomo?

Como te hemos dicho, la pensión que vas a cobrar depende de la base reguladora de cotización y de los años que tengas cotizados en la Seguridad Social.

Cuando tengas 15 años cotizados ya podrás solicitar la pensión, pero solo por el 50% de la base reguladora. La cuantía de la pensión del autónomo va creciendo de forma proporcional durante los siguientes años (hasta los 37 años cotizados) hasta llegar al 100% de la base reguladora.

Lo puedes ver mejor en este pequeño esquema:

Hasta 2019:

  • Primeros 15 años: 50%
  • Meses adicionales: Entre el mes 1 y el 163: 34,23%
  • Meses adicionales: Siguientes 83 meses: 15,77%

 

Entre 2020 y 2022:

  • Primeros 15 años: 50%
  • Meses adicionales: Entre el mes 1 y el 106: 22,26%
  • Meses adicionales: Siguientes 146 meses: 27,74%

 

Entre 2023 y 2026:

  • Primeros 15 años: 50%
  • Meses adicionales: Entre el mes 1 y el 49: 10,29%
  • Meses adicionales: Siguientes 209 meses: 39,71%

 

A partir de 2027:

  • Primeros 15 años: 50%
  • Meses adicionales: Entre el mes 1 y el 248: 47,12%
  • Meses adicionales: A partir del mes 248: 2,88%

Aumento de la cotización del autónomo con la edad

Hasta ahora era frecuente que los autónomos, al llegar a los 47 o 48 años, aumentasen su base de cotización para conseguir una mayor pensión de jubilación.

Sin embargo, con las nuevas reformas que ha puesto en marcha el gobierno, lo más recomendable es aumentar la base de cotización antes. La mayoría de asesores recomiendan subir la base de cotización alrededor de 500 o 600 euros a los 42 años para poder conseguir la pensión máxima. Aparte, claro está, de cotizar de forma ininterrumpida desde los 30 años.

Si te conformas con una pensión digna, los expertos te recomiendan aumentar tu base de cotización unos 500 o 600 euros a los 47 años.

La titularidad del negocio

Tienes un negocio pero ha llegado al hora de jubilarte. ¿Es compatible seguir manteniendo la titularidad del negocio y desempeñando las funciones típicas de un titular, por ejemplo administración y gestión? La respuesta es SÍ.

¿Cuál es la pensión mínima para un autónomo en 2019?

Un autónomo que haya cotizado durante 15 años por la base reguladora mínima, cobrará un 50% de dicha base (944,40 euros). Sin embargo, tampoco sería la mitad exacta de esa cantidad, ya que hay que tener en cuenta que se necesita tener 2 años trabajados dentro de los últimos 15 para poder acceder a la pensión. En esa época la persona tendrá, por simples matemáticas, más de 48 años, y los mayores de 48 tienen una base reguladora mínima de 1.005,90 euros.

Pensión máxima de los autónomos 2019

La base máxima de cotización para los autónomos es de 4.070 euros. Sin embargo, para los mayores de 47 años esta base máxima de cotización se limita a 2.023,50 euros. Para poder acceder al 100% de dichas bases es necesario haber cotizado durante 37 años. 

Una persona que cumpla con estos requisitos, es decir que haya trabajado un mínimo de 37 y SIEMPRE haya cotizado por la base máxima, obtendrá una pensión de 2.659,40 euros mensuales.

Jubilación anticipada del autónomo

¿Es una posibilidad real la jubilación del autónomo a los 55 años? No, pero hay un supuesto en el que los autónomos pueden acceder a una jubilación anticipada. ¿Qué requisitos se deben cumplir?

  • Haber cotizado 35 años como mínimo
  • Demostrar que dos de los 15 años han sido cotizados en los últimos 15.
  • Tener dos años menos que la edad legal para jubilarse. Es decir, en 2019 la edad de jubilación es de 65 años y 8 meses, por lo que podrías pedir la jubilación anticipada a los 63 años y 8 meses.

Este último punto es el que le chafa la fiesta a todos los autónomos. No te hagas ilusiones, aunque hayas empezado a trabajar a los 18 y hayas cotizado 35 años, no podrás jubilarte a los 53.

Por otro lado, ten en cuenta que si adelantas la jubilación un año se te aplicará un reductor en tu pensión del 7,5%, y si la anticipas dos años, del 15%. Sí, todo maravilloso, ¿verdad?

¿Eres autónomo? Calcula tu pensión ahora 

Para calcular la pensión del autónomo hay que tener un cuenta otros factores como si tienes cónyuges a tu cargo o si padeces una discapacidad superior al 65%.

Son cálculos bastante complicados y muchas veces es complicado saber cómo calcular la media de las bases de cotización de los últimos 20 o más años.  Por ello, la Seguridad Social pone al servicio de los ciudadanos una calculadora de pensiones donde podrás saber cuánto vas a cobrar en tu jubilación. Puedes acceder a ella en este enlace.

Disfrutar la pensión de autónomo y seguir trabajando ¿Cómo compatibilizarlo?

¿Es posible acceder a la jubilación del autónomo y seguir trabajando? Sí. Los autónomos que hayan alcanzado la edad legal de jubilación (65 años y 8 meses en 2019, que hayan alcanzado el 100% de la base reguladora y no tengan ninguna bonificación o anticipos de la edad de jubilación, pueden acceder a los que se denomina como jubilación parcial.

Estas personas pueden seguir trabajando, pero recortando la jornada laboral entre un 25% y un 50%, y reduciendo su salario en proporción. Además percibirá el 50% de su pensión.

Una vez que el autónomo deje de trabajar, podrá seguir percibiendo el 100% de la pensión de jubilación que le corresponde.

La cotización del autónomo y la jubilación activa

Un autónomo en situación activa está obligado a seguir pagando las cuotas como autónomo, aunque estas serán menores que para el resto de trabajadores por cuenta propia.

En concreto, tendrán que cotizar un 3,30% por contingencias comunes por incapacidad temporal, además de un 8% por solidaridad.

Por tanto, imaginemos un ejemplo de un autónomo en situación de jubilación activa que cotiza por el mínimo. ¿Cuánto paga de cuota de la Seguridad Social?

  • Primero, hay que tener en cuenta la base mínima de cotización para mayores de 48 años: 1.005,90 euros.
  • Calcular la aportación por contingencias comunes por incapacidad temporal: 3,30% de 1.005,90 = 33,19 euros
  • Calcular la aportación por cotización de solidaridad: 8% de 1.005,90 = 80,47
  • Sumar ambos resultados: 33,19 + 84,47 = 113,66 euros mensuales sería la cuota de autónomos.

Es frecuente, por ejemplo, la jubilación activa del autónomo societario. Es el caso de las personas que se jubilan habiendo sido socios de una empresa pero siguen realizando funciones de gerencia o administración de la sociedad.

La jubilación flexible del autónomo es similar a la activa, con algunas diferencias. En la jubilación activa el autónomo pasa de una situación activa a una pasiva (al menos, pasa de una jornada completa a una parcial), mientras que en la flexible se pasa de una situación pasiva a una activa (se le da la posibilidad al jubilado de volver a ejercer una actividad a tiempo parcial).

Período y base de cotización

Las bases de cotización no se mantienen estables, sino que han ido aumentando con los años. Esta es la evolución que han sufrido en la última década:

  • 2009: base mínima 833,40 euros – Base máxima 3166,20 euros
  • 2010: base mínima 841,80 euros – Base máxima 3198 euros
  • 2011: base mínima 850,20 euros – Base máxima 3.230,10 euros
  • 2012: base mínima 850,20 euros – Base máxima 3262,4 euros
  • 2013: base mínima 858,60 euros – Base máxima 3.425,70 euros
  • 2014: base mínima 875,70 euros – Base máxima 3.597,00 euros
  • 2015: base mínima 884,40 euros – Base máxima 3.606,00 euros
  • 2016: base mínima 893,10 euros – Base máxima 3.642,00 euros
  • 2017: base mínima 919,80 euros – Base máxima 3.751,20 euros
  • 2018: base mínima 932,70 euros – Base máxima 3.803,70 euros
  • 2019: Base mínima 944,40 euros – Base máxima 4.070,10 euros

Evolución futura de las bases de cotización

En la última década lasa bases mínimas de cotización han aumentado un 8,93%, mientras que las bases máximas lo han hecho un 8,32%. Esto supone un aumento anual del 0,89% y del 0,83% respectivamente. Teniendo esto en cuenta, se puede intentar hacer de pitoniso y calcular las bases de cotización para 2020 y 2021.

Si se aplica esta subida media (algo que no es científico ni está confirmado por la administración) tendríamos una cifras que podrían ser aproximadas a la realidad:

  • Las bases mínimas de cotización aumentarían 8,30 euros por año.
  • Las bases máximas de cotización aumentarían 31,57 euros por año.

Para el cálculo de las cuotas de autónomos hay que tener en cuenta también los tipos impositivos por contingencias o prestaciones. Hasta este año eran del 28,80% pero ahora se sitúan en el 30%. 

¿Puedo aumentar la base de cotización cuando quiera?

Las bases de cotización se pueden cambiar hasta 4 veces al año, pero debes tener en cuenta lo siguiente:

  • Si cambias la base de cotización entre el 1 de enero y el 31 de marzo, empezará a computar a partir del día 1 de abril.
  • Los cambios hechos entre el 1 de abril y el 30 de junio, se contabilizarán a partir del 1 de julio.
  • Si cambias la base de cotización entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, empezará a computar a partir del día 1 de octubre.
  • Los cambios hechos entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, se contabilizarán a partir del 1 de enero.

RECUERDA QUE:

Cuando tengas 15 años cotizados ya podrás solicitar la pensión, pero solo por el 50% de la base reguladora.

Autónomo, esta será tu pensión si cotizas por el mínimo

Si has trabajado solo 15 años como autónomo (y dos de ellos dentro de los últimos 15 años) tendrás derecho a solo un 50% de la base reguladora mínima, que es de 944,40 euros y de 1,005,90 a partir de los 48 años.

Para cobrar el 100% de la base mínima reguladora debes haber cotizado 37 años. Los cálculos intermedios se realizan por tramos equitativos.

¿Debería cotizar más?

Sí, como te comentamos en un epígrafe anterior, te conviene aumentar la base de cotización sobre los 42 o 43 años para obtener la pensión máxima. Te recomendamos subir la pensión entre 500 y 600 euros.

Si solo buscas una pensión digna, aproximadamente el 80% de la base de cotización, te recomendamos subir 500 o 600 euros tu base de cotización a los 47 o 48 años.

Prolongación voluntaria de la vida laboral

La ley contempla que los autónomos puedan seguir trabajando a partir de los 67 años. Aquellos trabajadores que retrasen su jubilación obtendrán una bonificación en su pensión. Las bonificaciones que puedes obtener son las siguientes:

  • 2% de incremento sobre la pensión para aquellos que hayan cotizado menos de 25 años.
  • 2,75% para los que hayan cotizado entre 25 y 37 años.
  • 4% para los que tengan una carrera laboral completa.

Reconocimiento a las mujeres autónomos por los años dedicados al cuidado de los hijos

Las madres que hayan dedicado parte del tiempo que podrían haber dedicado a su trabajo de autónomas al cuidado de los hijos, podrán cotizar parte de ese tiempo. Desde 2019 pueden cotizar hasta un máximo de 270 días por hijo, con 2 hijos de límite.

Reconocimiento a los becarios

A partir de ahora las becas tienen la misma consideración que los contratos formativos. Se pueden contar como cotización hasta 2 años de becas, siempre y cuando hayan sido realizadas en los últimos 4 años.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo es conveniente que se jubile un autónomo?



Cuando haya hecho la carrera laboral completa, esto es, cotizar 38 años y 6 meses. Esto da derecho a jubilarse a los 65 años y tener una pensión del 100% de su base de cotización.


¿Compensa cobrar toda la pensión de golpe?



Tal y como está la situación de las pensiones en España, pretender cobrar toda la pensión de golpe pertenece al género de la ciencia ficción.

Imagina que tienes una pensión de 1.100 euros y que te has jubilado a los 67. Si tenemos en cuenta que la esperanza de vida en España son 83 años, podrías solicitar de una vez 16 años de pensión. Esto equivaldría a cobrar 211.200 euros. 


Por tanto no es que merezca la pena, es que el Estado no podría hacer frente a la solicitud de miles o millones de pensiones de este tipo.

¿Las mujeres autónomas necesitan ahorrar más que los hombres para su jubilación?



Las mujeres cobran de media en España 20.607,85 euros. Esto supone un 21,91% menos que los hombres, cuyo salario medio es de 26.391,84 euros. Atendiendo a estas cifras se podría decir que sí, las mujeres necesitan ahorrar más para llegar a la edad de jubilación con más garantías. Es una triste realidad pero los datos dicen que es así.


¿Los autónomos cobran más o menos pensión que los trabajadores por cuenta ajena?



Sí, las cifras del Ministerio de Empleo señalan que las pensiones de los autónomos están, de media, unos 500 euros por debajo de las que cobran los trabajadores por cuenta ajena.