En esta entrada vamos a explicar qué es el Sistema de Liquidación Directa de la Seguridad Social.
¿En qué consiste el SLD?
El Sistema de Liquidación Directa de cotizaciones a la Seguridad Social es un proceso que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha implementado en los últimos años, desde 2015, para mejorar la metodología de cotización de las empresas y sus trabajadores.
La idea principal ha sido cambiar el modelo de autoliquidación tradicional por otro de facturación, con el objetivo de optimizar la gestión y reducir los errores, al tiempo que proporcionar mayor información sobre las cotizaciones de las empresas, puesto que el detalle va a ir a nivel de trabajador.
El Sistema RED
El SLD supone una evolución del Sistema RED Internet, que se consolidó en la anterior década, y que ha acabado por sustituir. Aunque, en cualquier caso, la modalidad de RED Directo, que permite el acceso y modificación en tiempo real de la información de la TGSS, aún permanece activa.
El Proyecto Cret@
En su inicio, el germen del SLD se denominó “Proyecto Cret@”. A medida que se fue gestando, se modificó el nombre por el actual Sistema de Liquidación Directa.
▷ ¿Cómo funciona el sistema?
El primer paso, que es voluntario aunque recomendable, es la solicitud de la empresa a la TGSS de los datos que posee para el cálculo de las liquidación de sus trabajadores. Se devolverá un fichero de trabajadores y tramos.
En segundo término, se realiza en envío a través de SILTRA de las bases de cotización de cada tramo para cada trabajador. También horas extras y demás pecurialidades.
Con esa información, la Tesorería confecciona un borrador. En caso de que los datos de tramos y bases de la TGSS coincidan con los que la empresa remitió, el borrador figurará como aceptado y únicamente restará su confirmación por parte del usuario. Posteriormente, se cargará electrónicamente al banco o de forma domiciliada, según hayamos informada.
En caso de que los datos no coincidan o la información no sea suficiente para permitir el cálculo, vendrá rechazado con los errores que lo impiden. Se deberá reenviar el fichero de bases corregido o justificar que los datos de la Seguridad Social no son correctos.
Pueden cotejarse los datos completos que posee la S.S. sobre la situación de cada trabajador descargando un Informe de Datos de Cotización (IDC) por medio de RED Directo o SILTRA.
SILTRA (Winsuite)
SILTRA es el software habilitado por la TGSS para la gestión de las comunicaciones entre la empresa y la Seguridad Social. Viene a suplir al programa Winsuite32 que se utilizaba anteriormente con el Sistema RED.
Además de las remesas de cotización, permite el envío y recepción de ficheros, normalmente pregenerados mediante programas específicos de gestión laboral, tanto de altas, bajas o variaciones de afiliación, como de partes médicos (remesas INSS) o conceptos retributivos abonados (ficheros CRA).
¿Qué son los tramos de cotización?
La cotización en el SLD se realiza informando de las bases de cotización por tramos para cada trabajador.
Estos tramos representan las peculiaridades de cotización en cada subperiodo de tiempo dentro del mes de cotización que estemos liquidando. Nos referimos a: altas o bajas de afiliación, bajas médicas o incapacidades, huelgas, horas extras… Cada variación generará un nuevo tramo que habrá que notificar.
Por ejemplo:
Un trabajador que hubiera sido contratado del día 3 al 27 del mismo mes, y el día 8 hubiera estado 5 días enfermo, presentaría los siguientes tramos:
- 1º tramo – Del día 3 al 7: Situación de alta normal en la cotización.
- 2º tramo – Del día 8 al 12: Situación de cotización por incapacidad temporal.
- 3º tramo – Del día 13 al 27: Situación de alta normal en la cotización.
Plazos
- Entre el 1 y el penúltimo día de cada mes: es el plazo en que la empresa ha de solicitar el borrador con el cálculo de su cuota de cotización a la Seguridad Social.
- Hasta el día 22 (en los meses de febrero y diciembre será el día 20): plazo para confirmar el borrador en la modalidad de Cargo en cuenta.
- Días 24 al penúltimo: se cierran de oficio por la TGSS las liquidaciones solicitadas pero no confirmadas por las empresas.
¿Qué empresas deben cotizar por SLD?
Aunque en un principio sólo era obligatorio para las empresas en Régimen General que venían realizándolo por el Sistema RED Internet, posteriormente se han ido incorporando otros regímenes:
- General
- Trabajadores del Mar
- Minería del Carbón
- Artistas
- Representantes de Comercio
¿Y cuáles no?
Por el momento no están adheridos los siguientes regímenes especiales:
- Trabajadores por cuenta Propia o Autónomos
- Taurino
- Empleados del Hogar
Ventajas
Los principales objetivos y ventajas de la implantación del Sistema de Liquidación Directa están:
- Simplificación en el sistema de cotización de las empresas: al ser la TGSS quién elabora los cálculos.
- Minimización de errores y recargos: debido a la sustitución del sistema de autoliquidación por el de facturación.
- Mejora de la transparencia: el trabajador va a disponer de información más detallada sobre sus cotizaciones.
- Reducción de tiempo, desplazamiento y coste: al realizar las gestiones de forma telemática.
- Mayor aprovechamiento de bonificaciones: en muchos casos no se tenían en cuenta en las autoliquidaciones practicadas.
- Mayor seguridad y control: dado que las liquidaciones sólo se podrán confirmar cuando coincidan los datos del sujeto responsable del cumplimiento de la obligación de cotizar con los de la Seguridad Social. Seguridad jurídica de las empresas al ser la TGSS la que conoce y aplica las reglas de cotización de cada momento.
La Seguridad Social cuenta en su Sede Electrónica con un completo manual del Sistema de Liquidación Directa con información detallada, en caso de requerir soluciones más técnicas. En ellos, entre otras cosas, se pueden encontrar los códigos de todos los conceptos de cotización y los errores que de forma más habitual surjan en su manejo.
Esperamos que esta entrada sobre el Sistema de Liquidación Directa os haya resultado de utilidad. Tienes más información sobre normativa laboral siguiendo el enlace.