Cuando se trabaja, en cualquier puesto de trabajo, se es susceptible a tener accidentes laborales. También se puede estar expuesto a riesgos laborales que, con la aplicación de medidas de seguridad, se evitarían o al menos minimizarían los resultados en caso de que hubiera un fallo. Esta disciplina es la llamada Prevención de Riesgos laborales, un tema del que hoy queremos hablarte y que seguro que te interesa.

La definición de Prevención de Riesgos Laborales

La prevención de riesgos laborales ha ido sufriendo modificaciones con el paso del tiempo. Antes de que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se aprobara (algo que comentaremos más adelante), el la definición de este término se entendía como las medidas que se adoptaban para evitar que se produjera de nuevo un accidente laboral. 

En base a ese concepto, la prevención de riesgos actuaba DESPUÉS de que se hubiera producido el accidente laboral o el riesgo (y sus consecuencias), por lo que, técnicamente, no se consideraba prevención, sino modificación de las medidas de un puesto de trabajo.

Actualmente, la definición de prevención de riesgos laborales ha cambiado con la entrada en vigor de las principales normas sobre seguridad y prevención de riesgos laborales. Así, el artículo 4 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales (LPRL), establece una serie de definiciones relacionadas con este tema. En concreto:

Prevención: se refiere al conjunto de medidas que se llevan a cabo, en cualquier fase de un trabajo, y cuyo objetivo es el de disminuir, o evitar por completo, los riesgos que se producen en el puesto de trabajo.

Riesgo Laboral: se trata de una situación que puede implicar para la persona un daño en su salud por llevar a cabo la actividad laboral que ha de desempeñar. En concreto, los datos pueden ser, no solo los producidos por accidentes laborales, sino también por enfermedades, lesiones o patologías que han venido provocadas por la realización del trabajo. En este aspecto, los riesgos pueden calificarse según su gravedad y probabilidad, teniendo desde los más leves hasta los más graves.

En el propio artículo se definen otros términos como equipo de trabajo, condición de trabajo, equipo de protección individual, etc., que vienen a delimitar todo el ámbito de actuación que tendría la Prevención de Riesgos Laborales.

Normativa

La prevención de riesgos laborales no es algo que surgiera por una ley. De hecho, los riesgos laborales son algo que ha ocurrido desde siempre. Sin embargo, no se ponía freno a esas situaciones antes de que ocurrieran los accidentes, sino después.

Por eso, en 1995 se promulgó la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, una adaptación que se llevó a cabo de las Directivas Europeas en cuanto a la prevención de riesgos y que ha conllevado un cambio en la forma de actuación, no solo de los profesionales, sino también de los trabajadores.

El primer cambio, y al que hemos hecho referencia antes, era a anteponerse a los accidentes y/o enfermedades laborales, no esperar a que se produjeran para corregir el fallo del puesto de trabajo.

Esta Ley 31/1995, conocida por sus siglas LPRL, no es la única que hay sobre la material (al margen de los diferentes cambios que se han producido, el último de 2015).

Otras leyes son más específicas en la prevención de riesgos laborales, en cuanto a su campo de actuación. Un ejemplo lo tenemos en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, que aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. 

Otras normas sobre seguridad y prevención de riesgos laborales a citar serían:

  1. Real Decreto 485/1997. Relativo a las disposiciones que se deben acometer, como mínimo, sobre señalización de seguridad y salud laboral.
  2. Real Decreto 486/1997. Donde se especifican cuáles son las disposiciones mínimas de seguridad y salud laboral.
  3. Real Decreto 487/1997. Relacionado con la manipulación manual de cargas que pueden desembocar en riesgos para el trabajador.
  4. Real Decreto 488/1997. Sobre pantallas de visualización y las condiciones mínimas de seguridad y salud que se deben cumplir.
  5. Real Decreto 664/1997. En ella se establecen la forma de protección que tendrán los trabajadores con respecto a agentes biológicos.
  6. Real Decreto 665/1997. En este caso la normativa regula la exposición a agentes cancerígenos.
  7. Real Decreto 1215/1997. Relativa al uso de los equipos de trabajo por parte de los trabajadores.
  8. Real Decreto 773/1997. Donde se recogen la normativa sobre equipos de protección individual de cara a los puestos de trabajo.

¿Qué es la Prevención de Riesgos Laborales? 

Ahora que hemos definido un poco más, saber qué es la prevención de riesgos laborales será más sencillo para ti. Aún así, queremos que te quede claro. Y, por ello, has de saber lo siguiente:

La Prevención de Riesgos laborales tiene como objetivo mejorar la salud y la seguridad de todos los trabajadores en el trabajo. 

Para conseguirlo, hace uso de medidas y herramientas para que las actividades que se realizan no entrañen ningún riesgo. Además, evalúan los posibles riesgos para adelantarse a los resultados negativos con el objetivo de que estos no se produzcan.

Los derechos y obligaciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales

Prevenir un accidente o una enfermedad laboral no es solo cuestión de los empresarios. Los trabajadores también están implicados en esta tarea. Se puede decir que ambos tienen una serie de derechos y obligaciones, recogidas en las normas sobre seguridad y prevención, y que atañen por igual a uno y otro.

Nosotros vamos a desgranarlas.

Los derechos de un trabajador frente a los riesgos laborales

Según se establece en el artículo 14 de la LPRL, y que también se puede ver en el propio Estatuto de los Trabajadores, todo trabajador tiene derecho a estar protegido de los riesgos laborales. Y esto deberá llevarse a cabo por parte del empresario, que está obligado a garantizar una seguridad y salud de sus trabajadores. Pero no es el único derecho de un trabajador en esta materia. También:

  1. Ha de ser informado de los riesgos que entraña su puesto de trabajo, además de las medidas que se han tomado para proteger y prevenir situaciones negativas para su salud e integridad.
  2. Debe ser consultado sobre las medidas en seguridad y salud que afecten a su puesto de trabajo, y a la empresa en general.
  3. Debe recibir formación para saber cómo prevenir los riesgos laborales de su puesto de trabajo.
  4. En caso de que haya un riesgo grave o inminente, tiene derecho a dejar su puesto de trabajo. 
  5. A disponer de los equipos de trabajo adecuados y que se anticipen a los riesgos del puesto de trabajo. Todo esto ha de ser proporcionado por el propio empresario.

Las obligaciones de un trabajador frente a los riesgos laborales

Al igual que hay una serie de derechos, los trabajadores también tienen que acatar una serie de obligaciones establecidas en el artículo 29 de la LPRL, entre las que se encuentran:

  1. Velar por la seguridad y salud propia en el trabajo.
  2. Usar de manera adecuada toda la maquinaria, herramientas, etc. con las que necesite interactuar en su puesto de trabajo.
  3. Utilizar todos los medios y equipos de protección individual (EPI) que estén a disposición por parte del empresario. Y hacerlo de modo correcto.
  4. Informar de cualquier situación que pueda entrañar un riesgo en la seguridad y salud de los trabajadores.
  5. Cooperar con el empresario y/o empresa para garantizar unas condiciones laborales seguras.

Los derechos de un empresario o empresa frente a los riesgos laborales

Al igual que los trabajadores, también los empresarios tienen una serie de derechos en materia preventiva que puede exigir a sus trabajadores. Exigencias como por ejemplo:

  1. Que cumplan con las medidas de prevención. 
  2. Que utilicen, y lo hagan correctamente, el equipo de protección y los medios y materiales que tienen a su alcance.
  3. Que se le informe de cualquier situación que pueda suponer un riesgo a la seguridad y/o salud del trabajador (o de la empresa entera).

Las obligaciones de un empresario o empresa frente a los riesgos laborales

Entre las obligaciones de un empresario, estas son:

  1. Implantar la prevención de riesgos laborales. Para ello, tendrá que proteger de manera eficaz los puestos de trabajo que tiene, así como llevar a cabo una revisión permanente en materia preventiva de los puestos de trabajo. En este caso, ha de: evitar riesgos, combatir los que no se puedan evitar, adaptar el trabajo al trabajador (y no al revés), anteponer la protección colectiva a la individual, etc.
  2. Proporcionar a los trabajadores los equipos de protección individual, y colectiva, que se requieran para prevenir accidentes, enfermedades o cualquier tipo de riesgo a la seguridad y salud.
  3. Informar a los trabajadores en materia relativa a la prevención. 
  4. Proteger a colectivos de trabajadores que pueden correr más riesgo. Nos referimos, por ejemplo, a embarazadas, trabajadores sensibles, menores, etc.
  5. Vigilar la salud de sus trabajadores y evaluar sus puestos de trabajo en busca de posibles riesgos o problemas que se deriven del trabajo.

Cómo se lleva a cabo una Prevención de Riesgos Laborales en el trabajo

Ahora que sabes que es el empresario el que debe proteger a los trabajadores de los riesgos de los puestos de trabajo, y minimizarlos lo más posible, el siguiente paso es conoce el llamado “plan de prevención de riesgos laborales”. Se trata de la herramienta que se usa para hacer un análisis de la empresa así como de los puestos de trabajo, para conocer los distintos riesgos y poner soluciones a los mismos.

El plan de prevención de riesgos laborales debe contener lo siguiente:

  1. Identificación de la empresa. En este apartado se deben reflejar, no solo los datos de la empresa, sino también su actividad, características del centro de trabajo, puestos de trabajo y trabajadores.
  2. Estructura organizativa. Para identificar funciones y responsabilidad de cada persona que forma parte de la empresa.
  3. Procesos y procedimientos organizativos, sobre todo en material de prevención de riesgos.
  4. Objetivos y métodos a utilizar para eliminar o minimizar al máximo los diferentes riesgos.
  5. Evaluación de los riesgos laborales. Es, quizás, el apartado más importante del plan de prevención ya que se trata de un estudio exhaustivo de los puestos de trabajo a fin de saber cuáles son las condiciones de trabajo y todo lo que puede afectar negativamente en el trabajo a la persona (instalaciones, características del puesto, equipos de trabajo, agentes biológicos, químicos, etc.; y las características del propio trabajador.

Para llevar a cabo la evaluación de los riesgos se siguen las siguientes fases:

  1. Identificar los riesgos.
  2. Estimarlos categorizándolos por la severidad del daño (de leves a graves), y por la probabilidad de que pueda producirse el riesgo (probabilidad alta, media o baja).
  3. Establecer las medidas que se llevarán a cabo para evitar los riesgos de ese puesto de trabajo.

El documento puede estar a disposición de los trabajadores para que estén informados de los distintos riesgos que tiene su puesto de trabajo además de a lo que la empresa ha dispuesto para minimizarlos o eliminarlos.

Casos prácticos 

A fin de que la prevención de riesgos laborales quede mejor entendida, vamos a dejarte una serie de casos prácticos con los que, seguro, te darás cuenta de esas actividades que llevamos a cabo, y que quizá no entrañan riesgo, pero, a la larga, pueden provocar una enfermedad, o incluso un accidente laboral.

Caso 1: Antonio trabaja en la empresa “Muebles Mobiliario”, una empresa enfocada en la venta de muebles para hogares. 

Ha entrado a trabajar como operario y sabe que su trabajo es la de cargar los muebles en los camiones y de ocuparse de moverlos en la tienda. Sin embargo, la empresa no le ha proporcionado ningún tipo de instrucción ni hay herramientas con las que poder hacer su trabajo, tales como carretillas, máquinas con las que transportar los muebles, etc. Todo se hace de manera manual.

Un día, al subir junto con otros compañeros un mueble al camión, la mano de Antonio queda atrapada entre el mueble y el cajón del camión.

Como se puede ver en este caso, lo que ha ocurrido es una negligencia por parte de la empresa ya que no ha formado Antonio en las tareas que tenía que llevar a cabo. Sin embargo, también tiene culpa por no haber puesto los medios, herramientas, etc. adecuados para poder cumplir con el trabajo sin menoscabo de la salud y seguridad de los trabajadores. En el caso no se cita que lleve guantes el trabajador, por lo que el sudor, y las superficies en general, se vuelven peligrosas a la hora de transportar las cargas. Si a eso le sumamos que muchos de esos muebles pueden superar el peso máximo que debe cargar una persona, hablamos de un problema grave.

Ahora bien, también por parte del trabajador, al no hacer cumplir su derecho a ser informado de los riesgos y de los equipos de protección individual y, en caso de negativa o de que no hubiera, poder abandonar su puesto de trabajo y acudir a una inspección de trabajo.

Caso 2: Carlos y Alberto, dos hermanos, han decidido montar un taller mecánico. Ambos lo son y les va bien. 

Después de un tiempo, el taller funciona muy bien. Tienen mucho trabajo y han contratado a más personal. Sin embargo, cada uno trabaja a su manera y los productos, herramientas y demás maquinaria está desperdigada por el local.

Muchas veces han tenido discusiones porque no saben dónde encontrar las herramientas. Pero no ha pasado nada malo. Sin embargo, eso implica que todo el taller está desordenado y que, de vez en cuando, se han tropezado, pero sin llegar a más.

Hasta que un día Carlos se resbala y cae sobre una maquinaria clavándose algunos hierros e hiriéndose. Los demás, al ver lo ocurrido, han tratado de socorrerlo, pero no han sabido qué hacer en el momento en que han visto sangre y el cuerpo de su compañero herido y sin conocimiento. Y, las consecuencias han sido muy desfavorecedoras para Carlos, que no ha tenido oportunidad de sobrevivir.

En este caso podemos ver cómo el hecho de no disponer de una zona delimitada para las herramientas, así como seguridad en ellas, ha provocado el accidente de uno de los hermanos. En este caso, además, no se ha tenido en cuenta la evaluación del puesto de trabajo, porque no se han molestado en saber cuáles son los riesgos que se tienen. Si, por el contrario, hubiera adecuado el local, con un espacio para las herramientas, todo estaría colocado y ordenado, y aunque se hubiera producido una caída, no tendría por qué provocar ese desenlace.

Por otro lado, el hecho de no saber reaccionar ante el accidente hace necesaria formación de primeros auxilios para poder responder cuando ocurre un accidente y saber lo que hacer (en primera instancia, llamar a los servicios de urgencias). De haber podido actuar de otra forma, su compañero podría haber tenido un mejor desenlace.

Caso 3: Tamara lleva más de quince años trabajando en la lavandería del hospital. Allí, junto a ella, trabajan otras tres personas. Ella es la más veterana y la que conoce todo el funcionamiento. 

Sin embargo, con el paso del tiempo, las nuevas tecnologías han hecho que su trabajo no sea tan pesado y que todo esté bien organizado. Una de las salas, donde se realiza el lavado, secado y planchado, se sitúa fuera del edificio, lo que equivale a que tengan que transportar la ropa de un lugar a otro, tanto para lavarla como para colocarla.

Todos los trabajadores han recibido formación sobre cargas y descargas, para evitar riesgos de enfermedad o accidentes en el transcurso de su trabajo. Sin embargo, Tamara, que lleva muchos años trabajando, pese a lo que le han dicho, sigue realizando el trabajo a su manera porque siempre lo ha hecho así y nunca ha pasado nada.

Por eso, ella no hace ejercicios ni suele pedir ayuda para transportar la ropa, o hacer uso de las herramientas que la empresa ha puesto para evitar que se haga daño. Tampoco usa guantes cuando manipula los productos químicos.

Un día, Tamara manipuló por accidente dos productos químicos haciendo que se desprendiera un olor muy fuerte. Sus compañeros se acercaron pero ella simplemente abrió las ventanas para que se ventilara y siguió con su trabajo pensando que era más que suficiente. Sin embargo, con el paso del tiempo, empezó a notar que las manos le escocían y, lo que había empezado por una leve molestia, se convirtió en algo mucho más grave: sus manos se habían quemado con serias consecuencias.

En este caso podemos ver que hay una falta de percepción de los riesgos. Tamara lleva muchos años trabajando y no quiere cambiar su forma de trabajar, pero, con ello, provoca riesgos laborales ya que la empresa está poniendo a disposición de todos los medios necesarios para prevenir accidentes y enfermedades, cosa que, en el caso de esta trabajadora, no los toma. Podríamos decir entonces que estamos ante un desobedecimiento de los derechos y obligaciones que tienen los trabajadores para con la empresa.

Por supuesto, se producen otros errores como el manipular manualmente las cargas, al tener que cargarlas de un lado a otro.

Preguntas y respuestas

Finalmente, aquí te presentamos algunas de las preguntas y respuestas en materia de riesgos laborales, que pueden interesarte.

¿Quién realiza la evaluación de riesgos laborales de la empresa? 

En base a la LPRL, la evaluación puede llevarse a cabo por:

  1. El propio empresario, cuando se trata de empresas pequeñas o que tienen pocos riesgos.
  2. Especialistas y técnicos en prevención de riesgos laborales.

¿Las empresas tienen obligación de tener un manual de prevención de riesgos laborales? 

No es obligatorio que las empresas tengan un manual en materia de seguridad y prevención de riesgos, pero cada vez son más las empresas que lo elaboran o que se preocupan por darle al trabajador la documentación e información necesaria para prevenir riesgos.

Este manual dependerá de cada empresa ya que suelen estar centrados en el trabajo que desempeña la empresa (no es lo mismo en unas oficinas que para una empresa de construcción). Además, a través de Internet hay muchos manuales que, en ocasiones, las propias empresas también toman en consideración para elaborar el suyo propio.

¿Cuándo se efectúa la evaluación de los riesgos?

Evaluar los riesgos de un puesto de trabajo debe hacerse:

  1. Cuando se va a crear ese puesto de trabajo y/o al inicio de la actividad.
  2. Cuando se cambien las condiciones de trabajo.
  3. Cuando el puesto de trabajo sea ocupado por un trabajador y este pueda ser calificado como “especial”: trabajadores sensibles, embarazadas, menores, etc.
  4. Cuando lo establezca el convenio colectivo o acuerdo entre los trabajadores y el empresario.
  5. Cuando se presenten daños en la salud o seguridad de los trabajadores.

¿Qué hacer cuando se produce un accidente de trabajo? 

Un accidente de trabajo es una situación que se produce de manera imprevista, es decir, no se puede prevenir ni saber cuándo ocurrirá. Cuando se produce, lo más urgente es llamar a los servicios sanitarios de urgencia (112) para que puedan proporcionar asistencia a la persona o personas que han sufrido el accidente.

Ellos serán los que se encarguen de darle los primeros auxilios y de tratar de que el accidente no tenga consecuencias graves para su salud, o para la salud de los demás.

¿Qué hacer cuando se produce una enfermedad profesional? 

Una enfermedad profesional es algo que se padece debido a una exposición constante en el tiempo. Cuando esto ocurre, lo normal es solicitar una orden de atención y que el médico rellene el documento llamado “Declaración individual de Enfermedad Profesional”.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]