El contrato a distancia es una modalidad bastante frecuente en ciertos sectores, como el textil o el manufacturero. En los últimos tiempos también es común verlo asociado a empleos relacionados con las nuevas tecnologías. Pero, ¿en qué consiste este tipo de contrato? ¿Qué derechos otorga a los trabajadores? ¿Cuáles son las ventajas del trabajo a domicilio respecto a otras modalidades de contratación?
Definición del contrato a distancia y características
El contrato de trabajo a distancia es aquella modalidad en la que el trabajador desempeña su actividad fuera del centro de trabajo. No tiene por qué ser desde casa, sino que se puede ejercer desde otro sitio a elección del trabajador.
El contrato a domicilio está regulado por el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores. En él se especifica que no es necesario que el trabajador realice toda su jornada fuera del centro de trabajo, sino que es suficiente con que ejerza la mayoría de sus funciones fuera del mismo.
Entonces, ¿puede un trabajador a distancia acudir de forma ocasional al centro de trabajo? Sí, puede.
Los trabajadores con contrato a distancia tienen los mismos derechos que aquellos que realizan su trabajo en el centro. Esto incluye derecho a vacaciones, misma retribución, acceso a la formación o a la representación colectiva.
Modelo de contrato de trabajo a distancia en PDF
Te dejamos el modelo de contrato oficial del Ministerio de Trabajo. Se trata de un ejemplo de contrato a distancia indefinido, en el que debes marcar que el trabajo se realiza a distancia en la casilla que te hemos marcados en la siguiente imagen:
Modelo de contrato trabajo distancia
Ventajas y desventajas de este contrato
Las principales ventajas del contrato a distancia para el trabajador son:
- Posibilidad para el trabajador de elegir el lugar desde el que quiere trabajar.
- En ocasiones también existe mayor flexibilidad en el horario de trabajo.
- Puede ser especialmente beneficioso para aquellas personas que tengan algún tipo de incapacidad.
- Limita el control por parte de la empresa.
La empresa también se puede beneficiar en ciertos aspectos, por ejemplo puede aumentar su nivel de producción o su ritmo de trabajo sin necesidad de sobrepoblar el centro de trabajo o de abrir nuevos locales.
La principal desventaja es para la empresa, en el sentido de que no puede ejercer el mismo control sobre estos trabajadores y se tiene que “fiar” de su profesionalidad y buen hacer.
Requisitos y limitaciones
Los requisitos para que se pueda hablar de un contrato de trabajo a domicilio son los siguientes:
- Se debe prestar un trabajo a cambio de una remuneración.
- El trabajo ha de ser libre, por cuenta ajena y dependiente.
- Ha de desarrollarse en un lugar elegido por el propio trabajador.
- El empresario no puede vigilar la ejecución del trabajo.
- Se han de prestar los trabajos a un empresario en sentido estricto. Es decir, no sirve trabajar para un particular sin actividad empresarial.
- El empresario ha de entregar al trabajador las herramientas o materias primas necesarias para la ejecución de las tareas encomendadas.
- Una vez finalizado el encargo, el trabajador debe entregar al empresario el producto resultante, para que éste lo comercialice.
Teniendo en cuenta estas condiciones, hay una serie de modalidades que, pese a tener aspectos en común, NO se consideran como trabajo a distancia:
- Talleres familiares cuyo objetivo es satisfacer necesidades domésticas.
- La producción individual o colectiva de determinado producto para su venta directa, sin que se ceda su comercialización a un empresario.
- Aquellos trabajos realizados en el domicilio particular del trabajador, si éste está comunicado con otros centro de trabajo, locales o instalaciones.
- El trabajo que se desempeña en el domicilio particular del contratante (ejemplo, personal de servicio doméstico).
Diferencias con el teletrabajo
Aunque mucha gente piensa que son lo mismo, existen sutiles diferencias entre trabajo a distancia y teletrabajo.
En un contrato a distancia el trabajador puede elegir el lugar desde el que quiere ejercer su actividad profesional. En el teletrabajo, ese lugar puede ser elegido por la empresa.
Por otro lado, al trabajar a distancia se tiene independencia, es decir, el trabajador no está vigilado por el empresario. En cambio, en el teletrabajo el empresario sí puede establecer ciertos mecanismos de control.
Cómo firmar un contrato a distancia y formalizarlo
Antes de firmar un contrato a distancia conviene tener en cuenta una serie de consideraciones.
El contrato a distancia se debe formalizar por escrito.
En la mayoría de contratos, una de las primeras cláusulas (sino la primera) indica si el trabajo se realizará en el propio centro o a distancia.
En caso de que se elija la modalidad a distancia, el contrato debe reflejar el lugar donde se realizará el trabajo.
La elección del lugar de trabajo se puede hacer antes de la firma de contrato, o con posterioridad. Es decir, es una condición que puede ser negociable con el tiempo.
La empresa está obligada a entregar una copia del contrato a los representantes de los trabajadores, en un plazo de 10 días desde la firma del mismo.
Asimismo, también habrá que dejar una copia del contrato en el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), también en un plazo máximo de 10 días.
¿Qué derechos tienen los trabajadores a distancia?
Los trabajadores con contrato a distancia tienen los mismos derechos que aquellos que realizan su actividad profesional en el centro de trabajo.
Existen algunas excepciones a esta regla, en concreto aquellos derechos inherentes a la prestación de servicios de forma presencial, por ejemplo los pluses de transporte o los vales para comida.
Por otro lado, la empresa debe proporcionar los medios necesarios para que el trabajador pueda acceder a la formación profesional de la misma manera que los haría cualquier trabajador del centro.
Los trabajadores a distancia también tienen derecho a la movilidad laboral y a la promoción interna dentro de la empresa. Así, el empresario debe informar sobre la existencia de puestos vacantes que mejoren las condiciones actuales.
Además, les asiste el derecho de representación colectiva. Para poder ejercerlos deberán estar adscritos a un centro de trabajo concreto, tal y como se indica en el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Cuentan con indemnización por despido trabajadores a distancia ?
La indemnización por despido para los trabajadores con contrato a distancia es la misma que para los que desempeñen sus funciones en el centro de trabajo.
Esto es, 20 días por año trabajado en caso de despido procedente, o 33 días por año trabajado si es un despido improcedente.
También puede darse el caso de que un Tribunal considere el despido nulo (si el empresario a actuado de mala fe o de forma discriminatoria. En este caso el trabajador tiene derecho a ser readmitido en su puesto de trabajo.
¿Puede el empresario imponer un contrato de este tipo?
NO. El contrato a distancia siempre se ha de pactar de común acuerdo entre empresario y trabajador. El empresario no tiene potestad para obligar el trabajador a desempeñar su actividad fuera del centro.
Este requisito es obligatorio, y TAMPOCO se puede modificar en virtud al artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, que señala que el empresario podrá modificar sustancialmente las condiciones de trabajo de los empleados cuando existan causas económicas, técnicas u organizativas que los justifiquen.
La negociación para establecer un contrato a tiempo parcial se debe llevar a cabo de forma individual con el propio trabajador y no colectivamente con sus representantes. La razón es que se trata de una decisión personal que afecta de forma directa a la vida privada de la persona.
¿Puede el trabajador solicitar un contrato para trabajar desde su casa?
Sí, el trabajador con contrato laboral a distancia tiene derecho a solicitar este contrato en virtud del cumplimiento de los derechos de conciliación familiar y laboral.
Los derechos de conciliación permiten al trabajador solicitar cambio en la duración de la jornada laboral, el horario, o el lugar de la prestación del trabajo.
En todo caso, la petición debe ser proporcional a la situación del trabajador y de la empresa.
Del mismo modo, la empresa está obligada a atender las solicitudes, y el rechazo de las mismas también ha de realizarse de forma argumentada.
Con esto llegamos al final del artículo. Recuerda que tenemos mucha más información acerca de contratos laborales y otras cuestiones en nuestra sección sobre normativa laboral.
relacionados con los contratos laborales