Seguro que habéis oído o visto el concepto de antigüedad laboral en más de una ocasión y seguro que muchos sabéis más o menos qué es, sin embargo, a veces nos pueden surgir dudas en torno a ello, como la utilidad que tiene, cómo se calcula o cómo se pierde. En esta entrada vamos a dar respuesta esas y otras preguntas sobre la antigüedad laboral.
La antigüedad en la empresa ¿A qué nos referimos con ello?
La antigüedad de un trabajador en una empresa determinada es a lo que nos referimos con antigüedad laboral, que podemos definir como el tiempo que un trabajador permanece en la empresa, desde que firma su primer contrato con ella, con independencia del tipo de contrato, puesto que todos los contratos cuenta para la antigüedad.
Pero, ¿qué utilidad tiene el reconocimiento de la antigüedad laboral? Lo cierto es que bastante, puesto que puede conceder al trabajador determinados derecho económicos, tiene impacto a la hora de calcular la indemnización por despido objetivo o improcedente, se tiene en cuenta para cuestiones sindicales, así como preferencias en algunas materias laborales, como la concesión de permisos, la movilidad geográfica, etc.
Es importante no confundir la antigüedad laboral con los años que se llevan trabajando, puesto que el concepto que ocupa esta entrada se limita a los años de trabajo dentro de una misma empresa únicamente. Mientras que el segundo sería lo que recoge el informe de vida laboral de la Seguridad Social.
¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre ella?
La antigüedad laboral no está recogida en el Estatuto de los Trabajadores, es decir, no hay ningún artículo en concreto que regule la antigüedad de la relación laboral.
Entonces, ¿dónde se regula? En los convenios colectivos. Es en estos documentos dónde debemos buscar cómo está regulada la antigüedad laboral en nuestra empresa, en qué condiciones y términos se aplica y qué beneficios y derechos lleva asociados, si es que tiene alguno.
Además, en los últimos años, se ha creado jurisprudencia respecto al reconocimiento de la antigüedad laboral, sobre todo en aquellos casos en los que se ha necesitado delimitar cuándo una relación laboral se considera nueva o cuándo debe sumar para la antigüedad.
▷ ¿Cómo se calcula la antigüedad laboral?
Si te estás preguntando cómo se calcula tu antigüedad laboral, es muy sencillo, solo tienes que echar un vistazo a tu primera nómina o al día en que tu empresa te dio de alta en la Seguridad Social, a partir de ese momento se empieza a computar la antigüedad labora.
Así, por ejemplo, si empezaste a trabajar el 1 enero de 2019 en tu empresa actual, el 1 de enero de 2020 habrías cumplido un año de antigüedad en la empresa y ahora seguiría sumando meses.
Cómo decíamos al principio, aquí no se tiene en cuenta el tipo de contrato, lo único que no cuenta para la antigüedad son los trabajos realizados como becarios o como prácticas curriculares o extracurriculares en la universidad o el máster.
¿Y los contratos a través de empresas de trabajo temporal? En ese caso, si finalmente la empresa en la que estás trabajando te contrata directamente, el tiempo que pasaste contrato por la ETT también computa para la antigüedad laboral.
¿Cómo se paga la antigüedad laboral?
Salvo que venga especificado en el convenio colectivo de aplicación un plus por antigüedad laboral, esta no tiene necesariamente que ser retribuida.
Sin embargo, cuando hablamos de un despido, sí que es importante tenerla en cuenta, porque puede determinar la cuantía de indemnización en caso de despido improcedente. Aquellos trabajadores que ya estuvieran prestando sus servicios en la prensa antas del 12 de febrero de 2012, tendrían derecho a una indemnización de 45 días por año trabajado, mientras que a partir de dicha fecha corresponden 33 días por año trabajado.
Además, en caso de que comprobar que la empresa no está considerando de manera correcta nuestra antigüedad (algo que podemos ver en la nómina) y que eso nos afecta a la hora de no obtener alguno beneficio relacionado con ella recogido en el convenio colectivo o a la hora de un despido improcedente, podremos interponer una demanda ante la jurisdicción social para reclamarlo (previo paso por el acto de conciliación).
¿Cómo se pierde?
La antigüedad laboral en una empresa solo se pierde cuando se extingue la relación laboral, bien por finalizar un contrato temporal o bien por un despido o la renuncia voluntaria del trabajador. Es decir, cuando abandonemos la empresa en alguna de esas condiciones, nuestro contado de antigüedad laboral volverá a cero.
Cabe señalar, no obstante, que si después de un despido o fin de contrato, la empresa vuelve a contratarnos, puede que no hayamos perdido la antigüedad laboral, dependerá del tiempo transcurrido.
Para determinarlo, debemos recurrir a la jurisprudencia, puesto que, cómo ya dijimos, el Estatuto de los Trabajadores no regula la antigüedad laboral. Han sido los tribunales los que han ido configurando el lapso de tiempo que se debe considerar para dar por terminada o no la antigüedad laboral. En ese sentido, si la distancia entre contratos es inferior a un mes, no se consideraría roto el vínculo laboral.
Aunque 30 días es el estándar, cabe señalar que ha habido sentencias que han considerado períodos más amplios, incluso de hasta 6 meses. Todo depende de cada caso en particular y la duración total de la relación laboral.
Lo que sí podemos dejar claro es que no se rompe la antigüedad laboral cuando:
- La empresa cambia de nombre, de propietarios o accionistas, pero se mantiene a la plantilla.
- Existe una subrogación de los trabajadores porque así está indicado en el convenio colectivo o en caso de sucesión de empresas.
- Cambio de centro de trabajo dentro de la misma empresa o grupo empresarial.
- Disfrutar de una excedencia laboral del tipo que sea o durante una baja por incapacidad temporal, maternidad o paternidad.
El plus por antigüedad en la nómina
Como decíamos, la antigüedad viene reflejada en la nómina y debería coincidir con el día en que empezasteis a trabajar en la empresa. Sin embargo, tal y como indicábamos, un plus por antigüedad laboral solo se cobra cuando así viene recogido en el convenio colectivo. Es decir, llevar más tiempo en la empresa no implica una subida salaria automática si así no está reconocido en el convenio colectivo de aplicación.
En caso de que sí exista este plus, se trata de un plus salarial y por tanto se tendría en cuenta para la indemnización por despido. Además, el convenio laboral indicará cómo se computa el plus salarias y la cuantía a percibir. Lo habitual es que se paguen trienios, cuatrienios o quinquenios. Aunque es un concepto salarias que está tendiendo a desparecer.
El certificado de antigüedad laboral (modelo Word)
Si por alguna razón necesitamos acreditar nuestra relación laboral actual, siempre podemos pedir a nuestra empresa un certificado de antigüedad laboral, aunque sería más correcto hablar de certificado laboral. Este documento se puede entregar a solicitud del trabajador que presta sus servicios en la empresa en cualquier momento. Es importante no confundirlo con el certificado de empresa, que es un documento que la empresa está obligada a entregar al trabajador en caso de despido para que este pueda solicitar la prestación por desempleo.
Aquí os dejamos un modelo en Word del certificado laboral, para que podáis descargarlo.
La antigüedad en los contratos fijos discontinuos
Dado que los contratos fijos discontinuos implican una relación laboral “intermitente”, es decir, se trata de contratos en los que el trabajador solo trabaja de manera efectiva unos meses el año (por ejemplo, un camarero de un hotel en la costa, que solo trabaja allí en la temporada alta), cabe preguntarse cómo se valora en estos casos la antigüedad laboral.
Recientemente ha habido un cambio de doctrina por el que el Tribunal Supremo, motivado por el Tribunal de Justicia de la UE, considera que para tener derecho al plus salarial por antigüedad y otros derechos asociados, se debe tener en cuenta toda la relación laboral y no solo el trabajo efectivo. Es decir, que para calcular la antigüedad laboral se tiene en cuenta cada año de contrato y no el tiempo efectivo de trabajo. Por ejemplo, si un trabajador solo trabaja 3 meses al año y está en la empresa 5 años, tendrá una antigüedad laboral de 5 años (y no de 15 meses si solo contasen los meses de trabajo efectivo).