¿Has oído hablar algunas vez de las ayudas de minimis? En este artículo te explicamos cómo funcionan y qué requisitos se piden a las empresas para optar a ellas.

¿Qué son las ayudas “de minimis”?

El término de minimis proviene del latín y significa “cosas sin importancia”, haciendo referencia a las “cosas pequeñas”. En términos legales se refería a aquellos “asuntos menores” en los que la ley no estaba interesada.

Por tanto, las ayudas de minimis son aquellas ayudas que los Estados miembros de la Unión Europea prestan a las empresas, cuya cuantía no es lo suficientemente elevada para que deba ser comunicada a la Comisión Europea.

Pero, ¿todas las ayudas menores de 200.000 euros son consideradas de minimis? No.

Entonces, ¿cómo saber si una ayuda que me han concedido es una ayuda de minimis? El artículo 6.1 de la normativa actual señala que los Estados miembros deben notificar a la empresa cuando se trata de una concesión de minimis, haciendo referencia al reglamento vigente y su referencia de publicación en el Diario Oficial de la UE. De esta forma, se garantiza que la empresa sabe cuándo una ayuda es de minimis y pueda llevar un control interno de las mismas.

Normativa aplicable

Las ayudas de minimis se definen en el Reglamento UE 1407/2013, de 18 de diciembre de 2013, referente al Tratado de Funcionamiento en la UE de dichas ayudas.

Las disposiciones del actual reglamento serán de aplicación desde su entrada en vigor en enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2020, cuando se evaluarán de nuevo las condiciones para la concesión de estas ayudas.

Tipos de ayudas de minimis

Los Estados miembros de la UE pueden conceder diferentes tipos de ayudas de minimis a las empresas:

  • Subvenciones
  • Préstamos
  • Deducción en lo intereses de los préstamos solicitados a una entidad bancaria

Límites a estas ayudas

Las ayudas de minimis tienen una serie de límites para garantizar que su concesión no afecta a la libre competencia en el marco de la Unión Europea. Han de ser ayudas totalmente transparentes, es decir, es obligatorio establecer con la máxima precisión el importe exacto de la misma.

En concreto, se considera una ayuda de minimis en los siguientes casos:

  • Préstamos cuya cuantía se haya calculado en relación a los tipos de interés existentes en el momento de solicitar la ayuda.
  • Aportaciones al capital cuyo importe sea inferior a los 200.000 euros que marca el reglamento.
  • Actividades financieras de capital riesgo cuando las aportaciones realizadas a las empresas beneficiarias no superen los 200.000 euros.
  • Garantías de préstamos inferiores a 1.500.000 euros. Se puede superar esta cantidad siempre y cuando se demuestre que el elemento objeto de la garantía no supera los 200.000 euros.

Cuantía

La cuantía de las ayudas de minimis no puede superar los 200.000 euros.

Hay una excepción. Las ayudas de minimis se reduce a la mitad a (100.000 euros) para las empresa dedicadas al transporte por carretera.

La reducción para este tipo de empresas también se aplica al importe máximo de las garantías de préstamos, que normalmente es de 1.500.000 euros, pero en este caso se ven reducidas a 750.000 euros.

Período

Para contabilizar los préstamos o subvenciones de minimis se tienen en cuenta los tres últimos ejercicios contables.

Es decir, si solicitas una ayuda de minimis en 2020, debes asegurarte de que las ayudas que te han concedido en 2018, 2019 y lo que va de 2020, no superen los 200.000 euros.

¿Quiénes NO pueden beneficiarse de las ayudas de minimis?

Las ayudas de minimis se otorgan en unas circunstancias concretas. Hay determinados sectores empresariales que no pueden optar a ellas o, al menos, no se rigen por lo dispuesto en el Reglamento europeo.

Por ejemplo, no existen ayudas de minimis a la agricultura, si se van a destinar a la producción primaria de productos agrícolas. Sí existen otro tipo de subvenciones como las ayudas Leader, que ayudan a la transformación y comercialización de productos provenientes de la agricultura.

Tampoco se rigen por lo dispuesto en el Reglamento UE 1307/2013 las ayudas de minimis a la pesca. A la agricultura y la pesca hay que añadir:

  • Empresas dedicadas a la acuicultura.
  • Ayudas a empresas cuya actividad consiste en la exportación a Estados miembros o terceros países.
  • Ayudas condicionadas al uso de productos nacionales en lugar de importados.
  • Ayudas para la adquisición de vehículos destinados al transporte de mercancías por carretera.
  • Préstamos y subvenciones a empresas en crisis.

Aplicación de estas ayudas en grupos empresariales

El artículo 2.3 del Reglamento Europeo sobre ayudas de minimis señala que los grupos empresariales computan como una sola empresa a efectos de concesión de estas ayudas. Por tanto, todo el grupo empresarial cuenta como un beneficiario, siempre que el derecho a voto de una empresa está controlado al 50% por otra empresa del mismo grupo (empresas vinculadas).

Ayudas “de minimis” en caso de fusiones de empresas

El artículo 3.8 del Reglamento Europeo establece que la solicitud de una ayuda de minimis por una empresa resultante de una fusión o adquisición está sujeta al importe de ls ayudas concedidas a las empresas funcionadas. Es decir, las ayudas obtenidas por las empresas que se fusionan, cuenta a la hora de calcular el total de ayudas de minimis.

¿Es posible renunciar a la ayuda?

Sí. En caso de que una empresa renuncie a la concesión de una ayuda de minimis, se anulará el derecho a cobrarla y, por tanto, no se computará a efectos del total de ayudas solicitadas.

Lo mismo sucede en caso de que la cantidad concedida sea menor que la solicitada. La que computará a la hora de calcular las ayudas de minimis será la cantidad efectivamente concedida, no la solicitada.

Cómo se calculan los minimis

¿Cómo hacer el cálculo de minimis? Lo mejor es que lo veas con un ejemplo.

Tu empresa ha solicitado una ayuda para realizar un proyecto valorado en 500.000 euros.

La ayuda se concede de la siguiente manera:

  • Subvención del 20% sobre el coste total del proyecto.
  • Reducción del préstamo solicitado al banco del 5% al 2%, sobre el 50% del presupuesto.

Con estos datos, el importe de la ayuda de minimis sería la siguiente:

  • Subvención: 20% de 500.000 = 100.000 euros.
  • Préstamos 3% (5%-2%) de 250.000 (50% presupuesto) = 7.500 euros
  • Total = 107.500 euros será el importe total de la ayuda de minimis.

Por tanto, en este caso podría solicitar la ayuda? Sí, siempre y cuando no te hayas beneficiado de ayudas superiores a 92.500 euros en los tres ejercicios anteriores. ¿Por qué?

  • 200.000 (importe máximo de las ayudas durante tres años) – 107.500 (importe de la ayuda solicitada actualmente) = 92.500 euros.

En definitiva, así es como funcionan las ayudas de minimis. Si necesitas ayuda puedes contactar con alguna asesoría contable de nuestro directorio. Y si necesitas más INFO, te aconsejamos pasarte por nuestra sección sobre normativa contable o ver nuestro artículo sobre el Plan General Contable.