Son muchos los trabajadores que ansían llegar a la edad de jubilación para disfrutar de un merecido descanso después de toda una vida trabajando. Además, en la actualidad cada vez se llega a esa edad en mejores condiciones vitales, por lo que se puede disfrutar más de los viajes, los nietos o de la vida en general. Pero, ¿qué ocurre si quieres solicitar la jubilación anticipada? ¿Qué requisitos hay que cumplir? ¿Cuánto vas a cobrar? Todas estas cuestiones quedan resueltas en este artículo.
¿Qué es la jubilación anticipada?
La jubilación anticipada consiste en adelantar la fecha de la jubilación a cambio de ver reducida la cuantía de la pensión. Es una posibilidad a la que solo pueden acceder los trabajadores que cumplan ciertos requisitos. Además, no se puede adelantar la jubilación tanto como se quiere, sino que solo se permite recortar unos pocos años (dependiendo del caso).
Para saber a qué edad se puede pedir la jubilación anticipada hay que tener en cuenta cuál es la edad normal de jubilación. Los requisitos van a ir aumentando de forma gradual hasta 2027. Por ejemplo:
- En 2019 la edad de jubilación es de 65 años para aquellas personas que hayan cotizado más de 36 años y 9 meses. Para los que hayan cotizado menos, será de 65 años y 8 meses.
- Para 2027, el período de cotización para jubilarse a los 65 años habrá subido hasta 38 años y meses. Los que haya cotizado por debajo de ese baremos tendrán que esperar a los 67 años para jubilarse.
- *Puedes ver toda la información sobre edades y cotizaciones para la jubilación en este enlace.
Conocer estos datos es básico, ya que la edad para la jubilación anticipada puede variar en función del año que lo solicites.
Jubilación Anticipada y Prejubilación ¿en qué se diferencian?
Es frecuente confundir la jubilación anticipada con la prejubilación, pero son dos conceptos distintos.
La jubilación anticipada es lo mismo que la jubilación, con la diferencia que se puede empezar a disfrutar un poco antes a cambio de una reducción en la pensión.
Sin embargo, la prejubilación es un acuerdo privado en el que la empresa le sigue pagando al trabajador aunque éste no siga trabajando, normalmente hasta el momento en que puede empezar a disfrutar de la jubilación.
La similitud en ambos casos es que no estarás trabajando en la empresa. Pero las causas y las circunstancias son distintas.
En primer lugar, la jubilación anticipada está regulada por la Seguridad Social, es decir, se obtiene como una prestación social. Sin embargo, la prejubilación es un acuerdo privado al que llega un trabajador o grupo de trabajadores con la empresa.
Por otro lado, la ley prevé de forma clara a qué edades se puede acceder a la jubilación anticipada, siendo una reducción de la edad de jubilación habitual. Sin embargo, a la prejubilación se puede acceder a cualquier edad, siempre y cuando trabajadores y empresa hayan llegado a un acuerdo.
Asimismo, la cuantía de la jubilación anticipada está regulada por ley, y consiste en la aplicación de un coeficiente reductor sobre la base imponible. En el caso de la prejubilación, la cuantía de la misma también depende del acuerdo alcanzado entre las partes. La cuantía corresponde a un % sobre el sueldo del trabajador.
5 Tipos de Jubilación Anticipada
Existen diferentes tipos de jubilación anticipada, según las causas que la hayan motivado. Como norma se habla de 5 tipos distintos de jubilación anticipada: voluntaria, forzosa, para mutualista, para personas con discapacidad o por trabajo penoso tóxico o peligroso.
Voluntaria
La jubilación anticipada voluntaria es aquella que el trabajador solicita por voluntad propia. No hay ningún factor externo ajeno a su voluntad que la motive (por ejemplo, obligado por cierre de la empresa.
Para solicitar la jubilación anticipada de forma voluntaria hay que tener una edad mínima de 63 años y tener un mínimo de 35 años cotizados. Además, es necesario haber cotizado 2 años dentro de los últimos 15.
Por otro lado, el trabajador ha de haber solicitado una base de cotización que le permita cotizar por encima de la pensión mínima.
Forzosa
La jubilación anticipada forzosa se produce por causas ajenas a la voluntad del trabajador, por ejemplo una situación de crisis que obliga al cierre de la empresa.
Mientras que la voluntaria se puede pedir solo con dos años de antelación, la jubilación anticipada involuntaria se puede solicitar con 4 años de antelación sobre la edad normal de jubilación.
Para ello es necesario haber cotizado 33 años como mínimo y haber estado inscrito como demandante de empleo al menos en los 6 meses anteriores al hecho que desencadena la solicitud.
Para trabajadores con discapacidad
En este caso, se podrá solicitar la jubilación anticipada en función del grado de discapacidad:
- Jubilación anticipada para personas con discapacidad del 45%-64%: podrán acceder los trabajadores con un mínimo de 15 años cotizados. La edad mínima de jubilación son 56 años.
- Jubilación anticipada para personas con discapacidad igual o mayor al 65%: pueden anticipar 0,25 años la jubilación por cada año trabajado. Este coeficiente aumenta hasta 0,50 años por año trabajado para quienes acrediten necesitar ayuda para realizar funciones y actos esenciales para las personas. La edad mínima para jubilarse en este caso son 52 años.
Además, los años de anticipación se computan a la hora de calcular la pensión del trabajador, por lo que la cuantía no se ve afectada.
De mutualistas
La jubilación anticipada para mutualistas puede solicitarse a partir de los 60 años, siempre que cumplan los requisitos en cuanto a años cotizados y hecho causante. Además, deben formar parte de alguno de los siguientes grupos:
- Quienes hayan cotizado en mutuas de trabajadores por cuenta ajena antes del 1 de enero de 1967.
- Empleados de RENFE que hayan empezado a cotizar en la empresa antes del 14 de julio de 1967.
- Empleados de FEVE que hayan empezado a cotizar en la empresa antes del 19 de diciembre de 1969.
- Aquellos que hayan cotizado en alguna mutua del carbón antes del 1 de febrero de 1969 y además hayan cotizado en el régimen especial de minería de carbón antes del 1 de abril de 1969.
- Trabajadores del Mar, que hayan cotizado en este régimen especial antes del 1 de agosto de 1970.
Con trabajo penoso, tóxico o peligroso
También podrán solicitar la jubilación anticipada aquellas personas que realizan trabajos considerados penosos, tóxicos, peligrosos o con elevadas tasa de mortalidad o morbilidad.
Los grupos de trabajadores que pueden acceder a este tipo de jubilación anticipada son:
- Trabajadores de la minería
- Personal de vuelo
- Artistas
- Empleados del sector ferroviario
- Trabajadores del sector taurino
- Bomberos que trabajen para organismos públicos y administraciones.
La edad mínima para que se puedan jubilar estos profesionales es de 52 años.
Requisitos que deben cumplirse
Los requisitos para pedir la jubilación anticipada varían en función del hecho causante o de otros factores, por ejemplo, si se trata de un trabajador por cuenta ajena o un autónomo. Veamos los escenarios a los que puede dar lugar.
La jubilación anticipada a los 63 años
Pueden acceder a la jubilación anticipada a los 63 años aquellos que la soliciten de forma voluntaria.
- *En realidad no son 63 años aunque ahora se aplique como tal. La normativa laboral concreta establece una reducción de dos años sobre la edad exigida por ley.
En estos casos, los requisitos son tener 35 años cotizados como mínimo y haber cotizado, al menos, 2 de los últimos 15 años. Por otra parte, hay que tener una pensión de jubilación superior a la pensión mínima.
En el caso de los trabajadores especiales agrarios, otro requisitos es haber cotizado 6 de los últimos 10 años dentro de este sistema especial.
La jubilación anticipada a los 61 años
Por su parte, pueden acceder a la jubilación anticipada a los 61 años aquellos trabajadores cuya situación haya sido sobrevenida o forzosa.
- *En realidad no son 61 años aunque ahora se aplique en esa edad. La norma concreta establece una reducción de cuatro años sobre la edad exigida por ley.
En este caso es necesario haber cotizado 33 años en total y haber estado en situación de desempleo e inscrito como demandante de empleo en los 6 meses anteriores al hecho causante.
La jubilación anticipada para autónomos
La jubilación anticipada para trabajadores autónomos es idéntica a la de los trabajadores por cuenta ajena en caso de que la decisión se tome de forma voluntaria. Es decir, haber cotizado 35 años y haberlo hecho también durante 2 años en los últimos 15.
Sin embargo, al contrario que los trabajadores por cuenta ajena los autónomos no tienen derecho a la jubilación forzosa a causa de despidos o situación de crisis en la empresa.
Cotización en la seguridad social
Ya hemos visto los años cotizados que se necesitan. Pero, ¿cuánto se cobra de jubilación anticipada? Para ello hay que tener en cuenta la base de cotización y los coeficientes reductores.
¿Cuánto se cobra?
En función de los años cotizados, se cobra un porcentaje sobre la base reguladora. La base reguladora depende de la cuantía de la cotización del trabajador durante los años trabajados.
Teniendo en cuenta que la edad mínima necesaria para jubilarse, estos son los porcentajes que se cobran según los años trabajados:
- 15 años → 50% de la base reguladora.
- 16 años → 53% de la base reguladora.
- 17 años → 56% de la base reguladora.
- 18 años → 59% de la base reguladora.
- 19 años → 62% de la base reguladora.
- 20 años → 65% de la base reguladora.
- 21 años → 68% de la base reguladora.
- 22 años → 71% de la base reguladora.
- 23 años → 74% de la base reguladora.
- 24 años → 77% de la base reguladora.
- 25 años → 80% de la base reguladora.
- 26 años → 82% de la base reguladora.
- 27 años → 84% de la base reguladora.
- 28 años → 86% de la base reguladora.
- 29 años → 88% de la base reguladora.
- 30 años → 90% de la base reguladora.
- 31 años → 92% de la base reguladora.
- 32 años → 94% de la base reguladora.
- 33 años → 96% de la base reguladora.
- 34 años → 98% de la base reguladora.
- 35 años o más → 100% de la base reguladora.
Al ser necesarios 35 y 33 años cotizados para solicitar la jubilación anticipada voluntaria y forzosa respectivamente, en la mayoría de estos casos se tiene acceso al 100% de la base reguladora, aunque no siempre.
- * Por ejemplo, un trabajador que haya cotizado 33 años y se jubile anticipadamente de forma forzosa, cobrará un 96% de la base reguladora.
Sin embargo, hay que tener en cuenta los coeficientes reductores que se aplicarán en cada caso. Lo vemos en el siguiente punto.
¿Qué son los coeficientes reductores? ¿Cómo se aplican?
Como dijimos al inicio del artículo, se puede acceder a la jubilación anticipada a cambio de reducir la cuantía de la pensión. Para ello se aplican unos coeficientes reductores.
Coeficientes reductores para jubilaciones anticipadas voluntarias:
- 6,5% para quienes hayan cotizado a partir de 44 años y 6 meses.
- 6,8% para los trabajadores que tengan entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses cotizados.
- 7,5% para los que hayan cotizado entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses.
- 8% para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses.
Coeficientes reductores para jubilaciones anticipadas forzosas:
- 6% para quienes hayan cotizado a partir de 44 años y 6 meses.
- 6,5% para los trabajadores que tengan entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses cotizados.
- 7% para los que hayan cotizado entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses.
- 7,5% para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses.
Cómo calcular la pensión por jubilación anticipada
Para hacer el cálculo de la pensión por jubilación anticipada hay que tomar la base reguladora y el porcentaje aplicable. Al resultado se le aplicará el coeficiente reductor. Veamoslo con unos ejemplos.
Ejemplo 1:
Juan ha trabajado durante 45 años y solicita la jubilación anticipada voluntaria a los 63. ¿Cuánto cobrará si su base imponible son 25.000 euros anuales?
- En primer lugar, tiene derecho a cobrar el 100% de la base imponible, al haber trabajado más de 35 años.
- En segundo lugar, el coeficiente reductor que se le aplica es del 6,5%, al haber trabajado más de 44 años y 6 meses y ser una jubilación voluntaria.
- Por tanto, se le descontará un 6,5% de los 25.000 euros.
- Juan cobrará 23.375 euros anuales de pensión por jubilación.
Ejemplo 2:
Juan ha trabajado durante 33 años y obtiene la jubilación anticipada forzosa a los 61. ¿Cuál será su pensión si su base imponible son 25.000 euros anuales?
- En primer lugar cobrará el 96% de la base reguladora, es decir, de los 25.000 euros. Esto son 24.000 euros.
- Después, se le aplicará un coeficiente de reducción del 7,5%, por tratarse de una jubilación anticipada forzosa y haber trabajado menos de 38 años 6 meses.
- Por tanto, se le descontará un 7,5% de los 24.000 euros.
- Juan cobrará 22.200 euros anuales de pensión por jubilación.
Cómo solicitar la jubilación anticipada en caso de tener una discapacidad 33 %
La jubilación anticipada para personas con una discapacidad del 33% funciona de forma idéntica que para el resto de trabajadores.
- *Ver epígrafes sobre jubilación anticipada voluntaria y forzosa
Es decir, para obtener los beneficios para personas con discapacidad hay que tener una discapacidad igual o superior al 45%.
¿Quién puede solicitar la jubilación anticipada parcial?
En 2020 se puede solicitar la jubilación parcial anticipada a los 62 años y 8 meses, en caso de tener 33 años cotizados. Si el trabajador ha cotizado por 35 años o más, esta edad se reduce a 61 años y 10 meses.
Además, es necesario cumplir otra serie de requisitos:
- Estar contratado a jornada completa
- Que la empresa contrate a un trabajador de relevo.
- La reducción de la jornada será entre el 25% y el 50% de la jornada habitual. Si el trabajador de relevo es contrato a jornada completa y de forma indefinida, la reducción de jornada podría llegar al 25%.
- Debe existir acuerdo entre empresa y trabajador, no pudiendo ser exigible por este último.
Conclusión y resumen
La conclusión es clara: cada vez es más difícil tener una pensión por jubilación, por lo que también lo será acceder a la jubilación anticipada.
Si en la actualidad los trabajadores pueden disfrutar de la jubilación por anticipado voluntaria a los 63 años, y la forzosa a los 61, para el año 2027 esa edad aumentará hasta los 65 y 63 años respectivamente. El consuelo que queda es que la esperanza de vida cada vez es mayor.
Con esto terminamos el artículo. Si necesitas más ayuda no dudes en contactar con una asesoría laboral para que te informen en todo lo relacionado a tu jubilación.