Todas las empresas con trabajadores tienen la obligación de presentar y abonar los Seguros Sociales, que hasta 2015 se hacía mediante el modelo TC1 y modelo TC2, y que actualmente se denominan modelo RNT y modelo RLC. En esta entrada vamos explicar en qué consisten y cómo se deben presentar y pagar.

¿Qué son los modelos RNT y RLC y por que sustituyen a los modelos TC1 y TC2?

Los modelos de Relación Nominal de Trabajadores (RNT) y Relación de Liquidación de Cotizaciones (RLC) son documentos oficiales de la Seguridad Social con los que se efectúa el pago de los Seguros Sociales de los trabajadores de manera mensual.

Estos modelos o ficheros, sustituyen a los antiguos modelos TC1 y TC2, entraron en vigor en 2015 a través del sistema Cret@ y se utilizan en el Sistema de Liquidación Directa de las empresas en sus presentaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Evidentemente, no existen referencias de TC1 para autónomos o TC2 para autónomos, tampoco en los nuevos modelos, ya que estos solo reflejan a los trabajadores por cuenta ajena dados de alta por la empresa en el TGSS.

Aunque llevan vigentes 4 años, hoy en día todavía hay profesionales que se refieren a los modelos RNT y RLC como TC2 y TC1, si bien todos los documentos derivados de los mismos ya no se usan.

Relación Nominal de Trabajadores (RNT)

El RNT sustituye al TC2 y sus apartados incluyen información sobre los cambios en los contratos de los empleados durante el último mes: altas, bajas y bases de cotización de los trabajadores dados de alta. Su periodicidad de presentación es mensual, pero su período de liquidación es a los dos meses anterior al mes actual (por ejemplo, en diciembre recibimos el RNT de octubre).

Recibo de Liquidación de Cotizaciones (RLC)

El RLC sustituye al TC1 y hace referencia al pago que la empresa realiza de sus cotizaciones mensuales a la Seguridad Social. Comprende también un listado de los empleados liquidados en ese mes.

Diferencias entre RNT/RLC y TC1/TC2

La diferencia entre el TC1 y el TC2 con el RNT y el RLC está no solo en la denominación, sino en la forma de presentación, que hace que ahora todo sea más ágil y rápido.

Antes, era la empresa (o su representante legal) quien enviaba los documentos TC1 y TC2 a la TGSS para que esta generara los pagos de los seguros sociales directamente.

Ahora, con el Sistema de Liquidación Directa (SLD) y el software Siltra, la Seguridad Social compara la información enviada cada mes por la empresa con las comunicaciones que esta le ha ido haciendo durante el mismo periodo y una vez confirmado el cálculo, la TGSS envía el RLC y el RNT a la empresa. De esta manera se asegura un mayor control de que las empresas estén usando las bases de cotización adecuadas para cada uno de sus empleados.

▷ ¿Cómo usar los TC1 y TC2 (ahora RNT y RLC)?

Los modelos RNT y RLC se usan para comprobar si las contratas y subcontratas cumplen con sus obligaciones legales con la TGSS. Es decir, si vuestra empresa es contratada por la Administración o por otra empresa, es muy posible que os pidan copia de estos documentos, ya que reflejan que se está al día con las obligaciones de la Seguridad Social.

Por ello, cuando los recibáis, debéis descargar el RNT y RLC de la Seguridad Social y guardarlos a mano, ya que son documentos que os pueden solicitar en cualquier momento.

Ejemplos para descargar

Os dejamos a continuación un ejemplo de cada uno de estos documentos, para que veáis cómo son.

Ejemplo RLC-TC1 en PDF

Podéis descargar el RLC en PDF aquí.

modelo TC1

Ejemplo RNT-TC2 en PDF

Podéis descargar el RNT en PDF aquí.

modelo TC2

¿Cómo se deben presentar estos documentos?

Como hemos dicho, para que la TGSS pueda hacer el cálculo de los Seguros Sociales de la empresa y la posterior liquidación, la empresa o su representante legal (normalmente se suele contratar a un gestor para que presente estos documentos) pueden optar por dos vías:

  • Comunicar un fichero de bases: Para esta opción es necesario contar con un software que genere un fichero de bases y lo envíe a través de SILTRA a la TGSS.
  • Solicitar el borrador de la liquidación: La empresa indica aquí a la Seguridad Social que necesita el cálculo de la liquidación con los datos de los que dispone la TGSS.

En ambas opciones, la información que constará en los documentos y ficheros es la referente al mes anterior, que fue el mes en el que se generaron las cantidades establecidas.

No presentar estos documentos o hacerlo de forma incompleta o errónea puede acarrear recargos económicos y sanciones para la empresa.

En cualquier caso, la presentación se hará de manera telemática, por lo que será necesario disponer de certificado digital.

¿Cómo abonarlos?

Los pagos pueden hacerse de dos maneras:

  • Por domicilización bancaria, para lo que disponemos de un plazo para enviar la información de la empresa hasta el día 20 del mes.
  • Por pago electrónico, en cuyo caso deberemos enviar la información antes del penúltima día del mes (salvo en diciembre y febrero, donde la fecha límite es día 20 del mes).

También se pueden realizar los pagos mediante:

  • Confirmación desde el programa de nóminas, que se encarga de realizar la remesa de confirmación por cada una de las cuentas de cotización y tipo de liquidación a realizar y se lo comunica a la TGSS a través del programa SILTRA.
  • Confirmación online a través del servicio de Solicitud de Confirmación Online, utilizando la opción “SLD Cotización Remesas”.

Esperamos que esta entrada sobre los nuevos modelos RNT y RLC, que sustituyen al modelo TC1 y TC2, os haya resultado de utilidad. En caso de que tengáis duda sobre los Seguros Sociales, siempre podéis recurrir al consejo de un buen asesor laboral. Y si necesitáis otro tipo de modelos, no dudéis en visitar nuestra sección de Recursos para encontrar más modelos y plantillas para descargar.

 

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