En este artículo te explicamos en qué consisten los contratos de seguro. Al final del mismo también encontrarás un modelo de contrato de seguro para descargar en Word y PDF totalmente gratis.

¿Qué es un contrato de seguro?

La Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, define este tipo de contratos de la siguiente manera:

El contrato de seguro es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.

Requisitos generales de este tipo de contratos

Todo contrato de seguro se regirá por los preceptos recogidos en la citada ley. En cualquier caso, también se considerarán válidos los contratos que incluyan cláusulas contractuales que no sean recogidas en la normativa pero que resulten beneficiosas para el asegurado.

Las condiciones de los contratos de seguro no podrán ser, en ningún caso, lesivas o perjudiciales para los asegurados.

Las condiciones y cláusulas del seguro han de ser detalladas en la proposición de seguro (en caso de haberla), en la póliza o en un documento similar.

Las cláusulas estarán redactadas de forma clara y entendible, destacando de manera especial aquellas cláusulas que limiten los derechos o libertades de los asegurados.

El asegurado deberá aceptar las cláusulas del contrato por escrito, y el asegurador deberá entregarle una copia del mismo.

Tipos de contrato de seguro

Existen numerosos tipos de contratos de seguro. Por un lado, están los de seguros personales, que se pueden dividir en:

  • De vida
  • De accidente
  • Por dependencia

Otros contratos de seguro resarcen al asegurado por los daños producidos en sus propiedades patrimoniales:

  • Multirriesgo
  • Automóvil
  • Hogar
  • De crédito
  • De responsabilidad civil
  • Contra robos
  • Contra incendios
  • Etc.

Por otra parte, están los contratos de seguro que prestan un servicio determinado al asegurado:

  • Funerarios
  • Asistencia en carretera

Datos que debe incluir la póliza del contrato

La normativa obliga a incluir en las pólizas de seguros una serie de datos:

  • Identificación de ambas partes (nombre, apellidos, denominación social, domicilio, etc).
  • Tipo de seguro contratado
  • Naturaleza de los riesgos que cubre el seguro, detallando esta de forma clara e inequívoca las coberturas del seguro, así como sus limitaciones.
  • Objetos asegurados y situación actual de los mismos.
  • Alcance de la cobertura o suma de los bienes asegurados.
  • Primas, recargos o impuestos asociados al seguro.
  • Formas y lugares de pago.
  • Duración del contrato del seguro, indicando la fecha exacta del inicio y el fin del acuerdo.
  • Identificación del mediador, si lo hubiese.

Obligaciones de asegurador y asegurado

La normativa obliga al beneficiario del seguro a comunicar al asegurador cuando ocurra un siniestro, en los siete días siguientes a haberse producido o haber tenido conocimiento del mismo. El asegurador podrá reclamar una indemnización por los daños o perjuicios ocasionados por la ausencia de esta comunicación, salvo que se demuestre que el asegurador tuvo constancia del mismo por algún otro medio.

El asegurado está obligado a proporcionar al asegurador toda la información pertinente relativa al siniestro. El incumplimiento de esta obligación solo supondrá la pérdida del derecho a indemnización en caso de que el asegurado haya actuado de mala fe.

El tomador del seguro también ha de poner todos los medios a su alcance para minimizar las consecuencias del siniestro. En caso de no hacerlo, el asegurador tiene derecho a reducir la cuantía de la prestación en la proporción oportuna. Si, además, existen pruebas de intento de engañar o perjudicar al asegurador, éste quedará librado de cualquier prestación a causa del siniestro.

Por su parte, el asegurador está obligado a satisfacer el pago del importe mínimo al asegurado en los 40 días siguientes a la comunicación del siniestro, una vez realizadas las investigaciones pertinentes.

En caso de que el asegurador así lo consienta y esté estipulado en la naturaleza del seguro, el asegurador podrá sustituir el pago de la prestación por la reposición o reparación del bien siniestrado.

El asegurador siempre estará obligado a pagar la prestación o, en su defecto, proceder a la reparación o reposición del bien, salvo en aquellos casos de que el siniestro haya sido provocado a mala fe por el asegurado.

Incumplimiento de la prestación por el asegurador

Se considera que el asegurador ha incurrido en mora cuando, en el plazo de 40 días no haya pagado el importe mínimo al asegurado, o cuando no haya otorgado la prestación completa en los 3 meses siguientes a la declaración del siniestro.

La indemnización por la demora en el pago del seguro será establecida por el órgano judicial correspondiente. Esta consistirá en un interés anual igual al interés del dinero aumentado en un 50% y contabilizado por días.

Si el asegurador se retrasa más de dos años en el pago de la cuantía adeudada, el interés anual no será en ningún caso inferior al 20%.

El asegurador deberá hacer frente a estas indemnizaciones, salvo que demuestre que el retraso en el pago del importe esté justificado o se haya producido por una causa que no le sea imputable.

Modelo de contrato de seguro 

A continuación te dejamos unas plantillas de contrato de seguro en Word y PDF. Puedes descargarlas totalmente gratis y sin necesidad de darte de alta como cliente ni facilitarnos ninguno de tus datos.

*Nota: al existir muchos tipos de contrato de seguro, hemos orientado este modelo al seguro de responsabilidad civil de vehículo.

Esperamos que el artículo te haya sido de ayuda. Si necesitas más información, visita nuestra sección de descarga de modelos y plantillas.