Las empresas tienen a su disposición diferentes herramientas para mantener su liquidez. Uno de los más antiguos es la denominada letra de cambio. ¿En qué consiste? ¿Quiénes participan en su elaboración y firma? ¿Qué obligaciones establece?
¿Qué es la letra de cambio?
Una letra de cambio es un documento mercantil que obliga a una persona física o jurídica al pago de una cantidad de dinero dentro de un determinado plazo de tiempo.
Básicamente, en una letra de cambio participan tres agentes: el librador, que es quien emite la orden de pago; el librado, que será el encargado de efectuar dicho pago; y por último, el tomador, que será el beneficiario.
Para que el documento sea válido debe ser firmado por el librado. De esta manera, acepta el pago de la deuda en la forma, lugar y plazo establecidos, así como todas las obligaciones derivadas del documento.
Cabe destacar que las letras de cambio son uno de los documentos mercantiles más antiguos y se cree que su origen se remonta al antiguo Egipto, aunque el primer documento del que se tiene constancia data del siglo XIV. Aunque hoy no son demasiado usadas, siguen siendo importantes dentro de la normativa mercantil de la empresa.
¿Cómo rellenar una letra de cambio?
La letra de cambio es un título cambiario oficial y, como tal, debe presentarse en papel timbrado. Además, deben figurar una serie de datos imprescindibles.
A grandes rasgos, el documento tiene dos partes, el anverso, donde figuran las principales características del acuerdo, y el reverso, donde se incluyen los datos del endosatario o avalista, si los hubiera. Pero veamos más a fondo cómo rellenar una letra de cambio:
Anverso:
- Lugar donde se emite la letra.
- Importe: debe figurar tanto en número como en letra (ambos deben coincidir.
- Fecha de libramiento: día, mes y año en que se emite el documento.
- Fecha de vencimiento: momento en el que finaliza el plazo para que el librado realice el pago al tomador.
- Tomador: persona en favor de la cual se realizará el pago.
- Cuenta bancaria del tomador.
- Identificación del librado: nombre, domicilio y razón social.
- Identificación del librador:.
- Cláusulas del documento.
- Firma del librado y fecha de aceptación de la letra.
Reverso:
- En caso de existir avalista o endosante, en la parte trasera del documento han de figurar sus datos personales: nombre, domicilio y razón social.
¿Qué figuras intervienen en una letra de cambio?
En una letra de cambio intervienen tres figuras principales: librador, librado y tomador. Sin embargo, dependiendo del tipo de acuerdo también puede entrar en escena otras figuras. Veamos qué papel juega cada una de ellas dentro de este documento mercantil.
Librador
Es la persona física o jurídica que emite la letra de cambio. Es quien establece las obligaciones de pago sobre el librado. Se podría definir como el acreedor de la deuda.
Librado
Es la parte encargada del pago de la deuda. Una vez que el librado firma la letra de cambio está aceptando sus condiciones y obligaciones. En caso contrario, no estaría obligado a pagar al tomador. Pero, ¿qué pasa si el librado acepta la letra de cambio, pero en el momento de la verdad no efectúa su pago? En este caso, el beneficiario podría reclamar el pago al librador, esto es, a la parte emisora de la letra.
Tomador
Es la parte que se beneficia del cobro de la letra. Es decir, será la persona física o jurídica que cobrará el importe estipulado en la fecha de vencimiento indicada.
Endosante
En ciertas ocasiones, por ejemplo en caso de necesitar liquidez, los derechos y obligaciones de la letra de cambio pueden ser traspasados a otras personas. En este caso, el endosante es quien tiene en su poder el documento en un principio, pero luego se lo cede a un tercero. De esta forma, deja de ser el tomador del documento.
Endosatario
Recibe la letra de cambio del endosante. A partir de ese momento, se convierte en el nuevo tomador.
Avalista
Es una figura que se emplea para dar mayor credibilidad a la firma del documento. En caso de ser necesario se hará cargo de la deuda (por ejemplo, si el librado no paga). El avalista puede emprender las acciones judiciales pertinentes contra el librado en caso de verse obligado a pagar la letra de cambio.
¿Dónde comprar letras de cambio?
Una letra de cambio es un documento timbrado que se puede comprar en el estanco. El precio de la letra de cambio depende del monto de dinero que obliga a pagar el título. Existen 14 clases de letras de cambio:
- 1ª clase: a pagar entre 96.161,95 euros y 192.323,87 euros . Precio: 538,51 euros.
- 2ª clase: entre 48.080,98 y 96.161,94. Precio: 269,25 euros.
- 3ª clase: entre 24.040,49 y 48.080,97. Precio: 134,63 euros.
- 4ª clase: entre 12.020,25 y 24.040,48. Precio: 67,31.
- 5ª clase: entre 6.010,13 y 12.020,24. Precio: 33,66.
- 6ª clase: entre 3.005,07 y 6.010,12. Precio: 16,83
- 7ª clase: entre 1.502,54 y 3.005,06. Precio: 8,41
- 8ª clase: entre 751,28 y 1.502,53. Precio 4,21
- 9ª clase: entre 360,62 y 751,27. Precio: 1,98
- 10ª clase: entre 180,31 y 360,61. Precio: 0,96.
- 11ª clase: entre 90,16 y 180,30. Precio: 0,48
- 12ª clase: entre 48,09 y 90,15. Precio: 0,24
- 13ª clase: entre 24,05 y 48,08. Precio: 0,12
- 14ª clase: entre 0,01 y 24,04. Precio: 0,06
Diferencias y similitudes entre una letra de cambio y un pagaré
Una letra de cambio y un pagaré son documentos que sirven, a grandes rasgos, para indicar el deber de una persona de pagar una determinada suma de dinero a otra. Sin embargo, aunque mucha gente cree que son el mismo documento, existen ciertas diferencias entre ellos.
Por un lado, la letra de cambio es un documento oficial, que se entrega en papel timbrado. Sin embargo, el pagaré es un acuerdo privado entre dos partes. Se podría decir que la letra de cambio establece la obligación de pagar, mientras que el pagaré es más bien una promesa de pago que el deudor hace al acreedor.
Precisamente en este punto radica otra de las principales diferencias entre ambos documentos. Mientras que la letra de cambio es emitida por el acreedor o librador, los pagarés son emitidos por el deudor.
Asimismo, en un pagaré existe la figura del deudor y del acreedor. Sin embargo, en una letra de cambio existe acreedor, deudor y beneficiario. Además, pueden haber otras partes implicadas en caso de que el título haya sido cedido a otras personas (endosante o endosatario) o de que exista avalista.
En definitiva, en la letra de cambio una parte obliga a otra al pago de una deuda a un beneficiario. Por su parte, en el pagaré la parte deudora se compromete al pago de la deuda a la parte acreedora.
¿Cómo girar una letra de cambio en la contabilidad de tu empresa?
Existen diferentes maneras de afrontar una letra de cambio en contabilidad.
- El librador o girador y beneficiario o tomador es la misma persona.
- El librador obliga a una 3ª persona, de forma que ésta se convierte en el obligado principal.
- El librador crea la letra de cambio como documento que le obliga a sí mismo a pagarle a otra persona.
Las letras de cambio son parte importante de la contabilidad de la empresa y deben quedar reflejadas en las cuentas en forma de asiento contable.
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“En la letra de cambio una parte obliga a otra al pago de una deuda a un beneficiario. Por su parte, en el pagaré la parte deudora se compromete al pago de la deuda a la parte acreedora”
Ejemplos de letras de cambio
Imagina que una empresa, llamada Sociedad Librador, elabora una letra de cambio que obliga a la Sociedad Librado al pago de 2.000 euros a un tercero, llamado Beneficiario Persona.. El documento se firma en Madrid el 1 de enero de 2020 y establece la obligación de pagar el 31 de enero del mismo mes. ¿Cómo habría que elaborar la letra de cambio?
- Lugar donde se emite la letra: simplemente la localización donde se ha elaborado el documento.
- Importe: los 2.000 euros
- Fecha de libramiento: 1 de enero de 2020
- Fecha de vencimiento: 31 de enero de 2020
- Tomador: Beneficiario Persona
- Cuenta bancaria del tomador.
- Identificación del librado: nombre, domicilio y razón social: Sociedad Librado, con domicilio en…
- Identificación del librador: Sociedad Librador, con domicilio en…
- Cláusulas del documento: por ejemplo, cómo se procederá en caso de que Sociedad LIbrado no efectúe el pago de la deuda a Beneficiario Persona
- Firma del librado y fecha de aceptación de la letra.
Otro procedimiento habitual con las letras de cambio es el descuento de las mismas. Consiste en que la persona física o jurídica en poder del título acude a una entidad bancaria o financiera para endosarle el documento, a cambio del adelanto de pago del mismo.
Hay numerosos ejemplos de descuentos en letras de cambio, veamos uno para entender mejor este concepto:
Imaginemos una letra de cambio a 30 días por un valor de 5.000 euros.
La sociedad Fernández S.L. la emite con cargo a García S.L. a orden de una entidad bancaria “X”. La letra es emitida el día 1 de enero de 2020, y el día 15 de enero la Sociedad Fernández S.L. descuenta la letra en la entidad bancaria “X”. Dicho banco le aplica un interés del 10% y una comisión del 1%. ¿Cuál sería el importe de la letra descontada?
- 5.000 x 10/100 x 15/365
- 5.000 x 0,10 x 0,041
- 20,50 euros
Ya hemos calculado el importe de la letra aplicando los días que han pasado hasta el descuento de la misma y el tipo de interés de la entidad bancaria. Para calcular el valor definitivo, habría que aplicar también las comisiones del banco.
- 5.000 x 1/100
- 5.000 x 0,01
- 50 euros
Ahora, simplemente sumamos ambas cifras y nos da el resultado final:
- 20,50 + 50 = 70,50 euros
Esperamos que este ejemplo te haya servido de ayuda. En todo caso, si necesitas ayuda a la hora de realizar cualquier trámite, te recomendamos buscar la ayuda de un asesor contable profesional. Busca en nuestro directorio y encuentra las mejores asesorías en tu provincia.