Cuando un ciudadano necesita impugnar un acto administrativo, el primer paso que debe dar antes de recurrir a la vía judicial es interponer un recurso de alzada; en entrada vamos a explicar qué es este tipo de recurso, cómo interponerlo y dejaros unos modelos de recursos de alzada para descargar.

¿Qué es un recurso de alzada?

El recurso de alzada es un recurso administrativo por el que se solicita a una Administración Pública que revise un acto o resolución administrativa dictada por un órgano administrativo que depende de aquel que resolverá el recurso de alzada. Es decir, que el recurso de alzada lo resuelve el órgano jerárquico superior al que dicto la resolución o el acto, y se interpone y gestiona ante órganos administrativos y no judiciales.

El recurso de alzada está recogido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, concretamente, su regulación la encontramos en los artículos 121 y 122 de la ley, en relación con los artículos 112 y siguientes.

El recurso de alzada solo puede interponerse frente a resoluciones que no agoten la vía administrativa.

Cabe señalar, que aunque ambos son recursos administrativos, el recurso de alzada y el de reposición no funcionan exactamente igual; el primero es obligatorio antes de acudir a la vía judicial y el segundo no, además el recurso de reposición lo resolverá el mismo órgano que dicto el acto recurrido (y no el superior jerárquico).

▷ Modelos de recurso de alzada para descargar (PDF)

A continuación te dejamos varios modelos y plantillas de recurso de alzada en PDF para que puedas descargarlas y editarlos según tu necesidad.

¿Qué resoluciones y actos pueden recurrirse en alzada?

El recurso de alzada puede interponerse ante las resoluciones o actos administrativos de trámite que hayan producido algún tipo de perjuicio o vulneración de los de derechos e intereses de las personas interesadas.

Estos son los actos y resoluciones administrativas susceptibles de impugnación mediante recurso de alzada:

  • Resoluciones de la Jefatura Provincial de Tráfico en determinados expedientes sancionadores.
  • Resoluciones de organismos militares.
  • Resoluciones de órganos de la administración en determinados procedimientos administrativos como los concursos y otros procesos de selección de empleados públicos.
  • Resoluciones de órganos urbanísticos denegando licencias.
  • Resoluciones dictadas por la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil.

Se considera que ponen fin a la vía administrativa, y por tanto NO se cabe interponer recurso de alzada:

  • Resoluciones de recursos de alzada o de procedimientos alternativos.
  • Resoluciones de órganos administrativos sin superior jerárquico.
  • Acuerdos, pactos, convenios y contratos que finalicen el procedimiento.
  • Resoluciones de procedimientos de responsabilidad patrimonial o complementarios en materia sancionadora.
  • Actos de los miembros y órganos del Gobierno, así como los emanados de Ministros y Secretarios de Estado en el ámbito de sus competencias, o de los máximos órganos de dirección de los organismos públicos y entidades de derecho público.

¿Cómo interponer un recurso de alzada?

Aunque no es complicado, veamos los pasos a seguir y consideraciones a tener en cuenta la hora de interponer un recurso de alzada.

¿Ante quién se interpone el recurso?

Como hemos dicho, el recurso de alzada se interpone ante el órgano que dictó el acto o resolución que se quiere impugnar o ante el competente para resolverlo.

Por ejemplo, si queremos recurrir una multa de tráfico, interpondremos el recurso de alzada ante la DGT, en la delegación provincial que nos corresponda.

Existe la posibilidad de que se interponga y resuelva el recurso de alzada ante una Administración distinta a la que dictó el acto o resolución recurrida, produciéndose lo que se denomina recurso de alzada impropio, donde la relación entre los órganos ya no es jerárquica, sino de tutela.

Determinar la pertinencia del recurso

La pertinencia de un recurso de alzada depende de los actos de trámite o resoluciones que vayamos a recurrir. Podremos interponerlo en tres casos:

  • Cuando los actos decidan sobre el fondo del asunto recurrido.
  • Cuando los actos de trámite imposibiliten seguir con el procedimiento.
  • Cuando los actos impliquen un perjuicio irreparable en los intereses y derechos de la persona que presenta el recurso.

Plazos de interposición

Cuando tengamos intención de interponer un recurso de alzada, como en todos los procedimientos, debemos tener especial atención con los plazos. En este recurso existen dos plazos posibles:

  • Plazo de 1 mes natural para impugnar un acto expreso (es decir, del que hemos sido notificados).
  • Si el acto no fuera expreso, podremos interponer el recurso en cualquier momento a partir del día siguiente al día en que comenzaran los efectos del silencio administrativo.

Cumplir los requisitos de interposición del recurso de alzada

Hay tres requisitos que debemos cumplir para poder interponer el recurso de alzada, dos de ellos ya los hemos adelantado en los epígrafes anteriores:

  • El recurso solo puede impugnar actos de trámite y resoluciones que no hayan puesto fin a la vía administrativa.
  • El recurso debe interponerse dentro de los plazos establecidos por la ley.
  • El recurso debe presentar los siguientes datos:
    • Nombre y apellidos del que recurre
    • Acto administrativo contra el que se interpone el recurso y razones que motivan la interposición.
    • Órgano administrativo ante el que se dirige el recurso.
    • Lugar, fecha y firma de la persona que recurre, así como el lugar que se establezca a efectos de recibir las notificaciones.

Cabe señalar que al tratarse de un procedimiento administrativo, no es necesaria contar con la asistencia de abogado o procurador, pero se recomiendo al menos contar con un abogado experto en derecho administrativo, que pueda ayudarnos a cumplir con los trámites de manera adecuada.

Fin del la vía administrativa

El órgano encargado de dictar la resolución al recurso de alzada dispondrá de un plazo de 3 meses para emitir la resolución y notificarla al interesado. Si pasado dicho plazo no hemos recibido respuesta, se produce el silencio administrativo negativo, que en este caso significa que el recurso no ha sido estimado.

Cuando el recurso sea estimado, podremos entender anulado o modificado el acto impugnado en el sentido que hubiésemos solicitado en el recurso. La resolución determinará los efectos del recurso de alzada.

Si el recurso es desestimado, habremos agotado la vía administrativa y podremos iniciar las reclamaciones en vía judicial a través de un recurso contencioso-administrativo.

En principio no cabe recurso contra la resolución de un recurso de alzada, pero una excepción: el recurso extraordinario de revisión, que puede interponer cuando en la resolución impugnada:

  • Se incurrió en error de hecho.
  • Concurrió prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otros delitos.
  • Se tomaron en consideración documentos o testimonios que posteriormente se declaren falsos por sentencia judicial firme.
  • Cuando aparecieran con posterioridad documentos de valor esencial que evidencian el error de la resolución.

Dispondremos de un plazo de entre 3 meses y 4 años para interponer este recurso en vía administrativa. La resolución deberá dictarse en un plazo de 3 meses. En caso de silencio administrativo, este tendrá carácter desestimatorio, quedando abierta la vía judicial.

Esquema resumen

Os dejamos aquí este esquema que resume todos los pasos a seguir para interponer un recurso de alzada.

procedimiento recurso de alzada
Procedimiento recurso de alzada

Actos administrativos presuntos o tácitos (silencio administrativo)

Los actos administrativos se dividen en dos tipos: actos expresos y actos presuntos.

Un acto expreso es el que sirve para expresar la voluntad de la Administración, se presenta de forma escrita o por medios informático y comunica la postura de la Administración frente al interesado (por ejemplo, a través de una notificación).

Un acto presunto es cuando la Administración no dicta resolución acogiéndose al silencio administrativo. De manera que el acto se presume que se ha realizado. El silencio puede ser positivo (estimatorio) o negativo (desestimatorio) dependiendo del caso. Y tiene validez de acto administrativo, pudiéndose solicitar su expedición a la Administración.

Finalmente, existen los denominado actos tácitos, que son parecidos a los presuntos, pero con la diferencia de que en un acto tácito se presupone la postura de la Administración, aunque no se haya dictado resolución (un ejemplo, si hemos solicitado el paro y no hemos recibido respuesta alguna, pero sí se nos ha solicitado el número de cuenta y los datos para hacer el ingreso).

Ejemplo real de recurso de alzada

Os dejamos aquí el PDF de un recurso de alzada real, presentado contra las pruebas de acceso a la Guardia Civil, por considerar que la prueba de ortografía era más difícil que la celebrada el día posterior, además de injusta. E incluso una posible filtración de los exámenes antes de su celebración.

Esperamos que esta entrada sobre el recurso de alzada y los modelos de recurso os hayan resultado de utilidad. Si necesitáis otro tipo de documentos, en nuestra sección de Modelos y Plantillas podréis descargaros más de forma gratuita.