¿Qué se considera un accidente laboral por teletrabajo? ¿Cómo diferenciar si un teletrabajador ha sufrido un accidente laboral o doméstico? En este artículo te damos la respuesta a estas y muchas otras preguntas.

Accidentes laborales y enfermedades profesionales durante el teletrabajo

La modalidad laboral del teletrabajo ha sufrido un importante aumento en los último años debido a varios factores. Por un lado, está la necesidad de conciliar la vida laboral y familiar; por otro, el desarrollo de nuevas tecnologías que hacen mucho más factible trabajar a distancia; y por último, la pandemia del Covid-19, que ha provocado que muchas empresas tengan que implantar el teletrabajo por obligación.

Hasta hace relativamente poco, existía un vacío legal importante respecto a la situación de los teletrabajadores. No fue hasta la último reforma laboral cuando se incluyó la definición de los que se considera teletrabajo.

Así, el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores señala que se considera teletrabajo aquella actividad laboral que se realice de manera preponderante en el domicilio del trabajador o en el lugar elegido libremente por este.

Sin embargo, a la hora de evaluar un accidente laboral en teletrabajo también entran otras cuestiones, como el tiempo durante el que se produce el accidente, o las causas que lo han provocado. Más adelante entraremos en profundidad en estas cuestiones.

Normativa vigente

Como decimos, la relación entre teletrabajo y accidente laboral viene definida en el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores. Aparte de la definición de teletrabajo, la normativa actual apunta otra serie de conceptos.

El apartado 3 del artículo 13 del E.T. señala que los trabajadores a distancia tendrán los mismos derechos que aquellos que prestan sus servicios en el centro de trabajo de la empresa.

Asimismo, el apartado 4 del mismo artículo indica que los trabajadores a distancia tienen derecho a una protección adecuada en materia de salud y seguridad, aplicándose para ello lo estipulado en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

Actualizaciones de la legislación a causa del Covid-19

Por otro lado, la situación actual provocada por el Coronavirus ha obligado a actualizar la normativa sobre accidentes laborales en teletrabajo.

El Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, reconoce en su artículo 5 el carácter preferente del teletrabajo.

Una de las novedades que introduce esta ley es la forma en la que se deben evaluar los riesgos del teletrabajo. En este sentido, la normativa señala que se entenderá cumplida la obligación de realizar la evaluación de riesgos cuando la persona trabajadora efectúe una autoevaluación de forma voluntaria.

¿Qué se considera el lugar de trabajo?

A la hora de definir qué se considera accidente de trabajo en teletrabajo, es muy importante el concepto de lugar o centro de trabajo.

El lugar de trabajo será el lugar designado por la empresa y el trabajador para el desempeño laboral. Puede ser el domicilio particular, una segunda residencia, un centro de coworking, etc.

El Real Decreto Ley 8/2020 señala que el lugar de trabajo ha e ser acordado por trabajador y empresario. En todo caso, si el lugar elegido es el domicilio del trabajador, no debería ser incluido todo el domicilio, sino solo la estancia destinada a la realización de actividades laborales.

Tipos de accidentes en teletrabajo

Un accidente de trabajo en teletrabajo se puede producir de diferentes formas o por distintas causas. Así, podemos distinguir entre diferentes tipos de accidentes laborales por teletrabajo.

Traumáticos

Un accidente laboral en casa por teletrabajo puede venir provocado por tropezones o caídas a la misma altura. Estos serán considerados como accidentes de trabajo siempre y cuando se produzcan en el lugar y tiempo de trabajo.

Generalmente, la empresa o la mutua no tienen manera de refutar que se trata de un accidente laboral, salvo que sea el propio trabajador quien voluntariamente confiese que el accidente no ha tenido relación con el desempeño laboral.

No traumáticos

Por otro lado, un accidente laboral por trabajo desde casa no tiene por qué responder solo a golpes o lesiones, sino que puede referirse a problemas de salud como ictus, infartos y otros.

De nuevo, si el accidente se produce en el lugar y tiempo de trabajo, se presume que es un accidente laboral. Si no es el caso, será responsabilidad del trabajador probar que sí se trató de un accidente de trabajo.

In itinere

¿Se puede dar el caso de accidente in itinere en teletrabajo? La respuesta es sí.

Por ejemplo, en el caso de que la empresa autorice al teletrabajador a desarrollar su actividad en dos domicilios, o en un lugar distinto a su domicilio habitual.

En este caso, se considerará accidente in itinere aquellos que se producen a la ida o vuelta del lugar de trabajo designado, siempre dentro de unas condiciones, por ejemplo, que se produzca cerca de los horarios de entrada y salida, en la ruta habitual de ida o vuelta al trabajo, y sin que exista negligencia grave por culpa del teletrabajador.

Del mismo modo, también se consideran accidente in itinere en teletrabajo aquellos que el trabajador sufra en desplazamientos con el objetivo de realizar revisiones médicas o para cumplir otras obligaciones derivadas de su cargo.

En misión

Un accidente de trabajo en situación de teletrabajo también puede producirse cuando el trabajador está “en misión”.

Este tipo de accidentes se consideran una variante de los accidentes in itinere, que se producen cuando el trabajador ha de realizar algún desplazamiento obligatorio para cumplir con determinadas obligaciones laborales.

Por ejemplo, un accidente en misión sería aquel que se produce durante un desplazamiento del trabajador para comprar el material que necesita.

Sin embargo, no se considera accidente en misión aquel que se produce en desplazamientos por causas ajenas al trabajo, por ejemplo, para visitar a un familiar.

Durante el tiempo de descanso

El artículo 34.4 del Estatuto de Trabajadores señala que todo empleado tiene derecho a un descanso no inferior de 15 minutos para las jornadas laborales de un mínimo de 6 horas.

Esto también debería ser de aplicación al teletrabajo, aunque hasta hace poco las mutuas no consideraban como accidente de trabajo los ocurridos durante estos períodos de descanso.

En este caso, la normativa sigue sin dejar claro este punto para los teletrabajadores, aunque aplicando la lógica por similitud, los accidentes de trabajo durante el período de descanso deberían considerarse como laborales.

Derechos y obligaciones

La empresa y el trabajador tienen determinados derechos y obligaciones que han de cumplir en caso de accidente de trabajo en casa. A continuación vemos cuáles son.

Del trabajador

Las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales durante el teletrabajo tienen ciertas particularidades debido a la imposibilidad del empresario de ejercer su deber in vigilando.

El artículo 29 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales señala que es responsabilidad del trabajador velar por su propia seguridad y salud en el lugar de trabajo, de acuerdo a su formación y a las instrucciones de la empresa.

Asimismo, el incumplimiento de los trabajadores de las normas en materia de salud o seguridad, tendrán la consideración de incumplimiento laboral.

Durante el teletrabajo, resulta de importancia capital que la empresa pueda saber si el trabajador está cumpliendo con las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, por ejemplo, a través de una declaración responsable del trabajador.

Del empresario

El artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece la obligación del empresario de proteger a sus trabajadores. Sin embargo, en la práctica, esto resulta mucho más complejo en la modalidad de teletrabajo.

Durante cierto tiempo se barajó la idea de que los servicios de prevención acudieran al domicilio del trabajador para evaluar riesgos y establecer las medidas de seguridad necesarias. Sin embargo, estas actuaciones chocarían frontalmente con el derecho a la intimidad personal y familiar o a la inviolabilidad del domicilio.

Por tanto, ante la dificultad de la empresa de cumplir con su deber in vigilando durante el teletrabajo, se han de buscar otras alternativas para comprobar el cumplimiento de las medidas adoptadas.

Entre estas medidas, la empresa podría obligar al trabajador a firmar una declaración responsable de forma periódica, o enviar información preventiva acerca de las medidas de seguridad que debe adoptar el trabajador.

Riesgos laborales asociados al teletrabajo

Aunque pueda parecer lo contrario, los teletrabajadores están expuestos a muy diversos riesgos durante el desempeño de su jornada laboral. Algunos de ellos pueden ser motivo de baja laboral. Veamos algunos de los riesgos más frecuentes.

  • Fatiga
  • Dolor de cabeza, migrañas
  • Trastornos del sueño
  • Trastornos digestivos
  • Problemas respiratorios
  • Lesiones musculoesqueléticas
  • Sobrepeso
  • Enfermedades coronarias e infartos
  • Presión arterial alta
  • Colesterol alto
  • Accidentes cerebrovasculares
  • Síndrome metabólico
  • Diversos tipos de cáncer
  • Osteoporosis
  • Depresión, estrés, ansiedad
  • Lesiones producidas por golpes o caídas
  • Lesiones por cortocircuitos o contactos eléctricos

¿Qué hacer si tienes un accidente trabajando desde casa?

En caso de accidente en casa teletrabajando, el empleado tiene presunción de laboralidad, siempre que se haya producido en el lugar y tiempo designados para el trabajo.

En cualquier caso, es recomendable que el trabajador documente su accidente de la forma más detallada que le sea posible, con objeto de demostrar a las claras que no se trata de un accidente común y que se cubierto por la Seguridad Social.

Por tanto, es aconsejable que el trabajador reúna la máxima información posible sobre el accidente sufrido, las circunstancias en las que se produjo, el lugar y momento exacto del accidente, y todos aquellos datos que pudieran ser relevantes para su evaluación.

Además de anotar toda la información por escrito, también se recomienda sacar fotos del lugar del accidente (siempre que sea posible) e indicar a quién se llamó para informar de la contingencia (centro sanitario, hospital, mutua etc).

¿Cómo demostrar que es un accidente laboral y no doméstico?

Una de las cuestiones más complejas de los accidentes laborales en teletrabajo es determinar si se trata de un accidente laboral o doméstico.

Por norma general, se considera que el accidente es laboral si se ha producido en el tiempo y lugar de trabajo. Sin embargo, esto no siempre es así.

Por ejemplo, no se consideraría accidente laboral las lesiones provocadas por un tercero, ni las que se hayan producido a causa de la manipulación de instrumentos ajenos al trabajo (un electrodoméstico o un corte con un cuchillo). Aunque se hayan producido en el lugar de trabajo y durante el horario laboral.

Otro ejemplo. Una descarga provocada por una sobretensión del equipo de trabajo sí se consideraría accidente laboral. Sin embargo, si la descarga ha sido provocada por un electrodoméstico u otro elemento ajeno al trabajo, NO se consideraría accidente laboral.

En cualquier caso, el artículo 156.3 de la Ley General de la Seguridad Social hace referencia a la presunción de laboralidad, indicando que “se presumirá, salvo prueba de lo contrario, que las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo, serán constitutivas de accidente laboral”.

Por tanto, de acuerdo a esta normativa, correspondería a la empresa o a la mutua demostrar que el accidente no se produjo como consecuencia de la actividad laboral.

En caso de que el accidente se haya producido fuera de lugar de trabajo o de los límites de la jornada laboral, NO se consideraría accidente laboral en teletrabajo. En este caso, sería el trabajador quien debería demostrar la relación entre el accidente y el desarrollo de la actividad laboral.