¿Sabías que el gobierno de España puso en marcha en 2011 una plataforma desde la que puedes recibir cualquier aviso de la Agencia Tributaria, la Seguridad Social o la DGT? El servicio se llama notificaciones 060 y en este artículo te contamos cómo funciona.

¿Qué son las notificaciones 060?

Las notificaciones 060 o Servicio de Notificaciones Electrónicas mediante la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) es un sistema informatizado que permite a los ciudadanos recibir en su correo electrónico o smartphone cualquier notificación administrativa procedente de la Agencia Tributariala Seguridad Social, la DGT u otras entidades y organismos.

Aunque el primer objetivo de este servicio es agilizar los trámites con la Agencia Tributaria, también permite recibir otras notificaciones como multas, modificaciones en la vida laboral, etc.

¿Quién está obligado a darse de alta para recibir las Notificaciones 060 de la Agencia Tributaria?

El servicio de notificaciones 060 es opcional, aunque hay algunas personas o sociedades que deben darse de alta en este sistema obligatoriamente:

  • Sociedades Anónimas
  • Uniones Temporales de Trabajadores
  • Agrupaciones de interés económico
  • Residentes sin nacionalidad española
  • Establecimientos de no residentes

El resto solo tienen que darse de alta en este servicio si así lo desean, no existe para ellos ninguna obligación.

¿Cómo darse de alta en el servicio de notificaciones de la AEAT?

El primer requisito para darse de alta en las Notificaciones 060 es tener un DNI electrónico y el Certificado Digital. Este certificado electrónico debe ser expedido por algunas de las autoridades de certificación competentes. En España se puede solicitar en:

  • Dirección General de la Policía
  • Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
  • Generalitat Valenciana
  • IZENPE
  • Agencia Catalana de Certificació
  • ANF Autoridad de Certificación
  • ACA o Autoridad de Certificación de la Abogacía
  • Camerfirma
  • Firma Profesional

Una vez que tengas el Certificado digital instalado y hayas verificado que no esté caducado y que haya sido emitido por una autoridad de certificación acreditada, accede al portal oficial del sistema de notificaciones 060.

En dicho portal puedes encontrar la opción para registrarte en las notificaciones 060 en este enlace. Aquí podrás crear tu Dirección Electrónica Habilitada e indicar los correos electrónicos en los que deseas recibir las notificaciones.

registro notificaciones 060

El siguiente paso es suscribirte a los procedimientos. Esto es, indicar qué notificaciones son las que deseas recibir en tu buzón. Recuerda marcar estos procedimientos ya que, solo por darte de alta en el sistema no vas a recibir ninguna comunicación, sino que deberás elegirlas manualmente. En la herramienta tienes un completo listado de los procedimientos disponibles.

Funcionamiento de la plataforma telemática

Una vez que hayas realizado todos los pasos anteriores, ya podrás utilizar el servicio de Notificaciones 060. A continuación vemos más en profundidad el funcionamiento de la plataforma.

Notificaciones 060 en mi buzón

Las notificaciones recibidas estarán accesibles en el área de usuario del portal de Notificaciones 060, en la parte superior derecha de la pantalla, donde dice “Entrar a su DEH“. Accede a ellas en el apartado Mis notificaciones.

Este buzón solo estará accesible desde el dispositivo en el que se haya instalado el certificado digital y, por tanto, cuenta con las medidas de seguridad necesarias para que solo puedan acceder a él el titular de la cuenta o las entidades de gestión autorizadas por él.

Cabe destacar que las nuevas notificaciones tienen una validez de 10 días. Transcurrido este plazo, las Administraciones considerarán que el usuario ha visto la alerta.

Qué debo hacer cuando recibo las Notificaciones

Lo más recomendable es recibir esta notificaciones telemáticas es proceder a su lectura y anotar la fecha de su recepción.

Por supuesto, el siguiente paso sería cumplir con los requerimiento de dichas notificaciones: envío de documentación, pago de facturas o multas, plazos de reclamaciones, etc.

No te olvides de guardar toda la documentación necesaria, ya que será un modo de justificar que has cumplido con las exigencias de las Administraciones.

¿Y si no leo el buzón electrónico de Hacienda?

Ten en cuenta que si no has leído a tiempo las notificaciones de la AEAT que te envían a tu buzón, se te podría pasar el plazo para realizar los trámites indicados en ellas.

En este sentido, a Hacienda no le importa el uso que tú hagas del servicio Notificaciones 060, ni tampoco al resto de Administraciones. Se limitan a enviar la documentación solicitada por ti como usuario y a iniciar los trámites según sus procedimientos habituales.

Tampoco olvides que cuando recibes un aviso de notificación de la Agencia Tributaria, ésta permanecerá un máximo de 90 días en el buzón, período después del cual no será posible volver a consultarla.

¿Y qué pasa si no puedo entrar en notificaciones 060? Lo cierto es que el sistema no está muy pulido y puede deberse a fallos técnicos. Uno de los más comunes es que el certificado digital esté caducado. También debes tener en cuenta que para poder consultar las notificaciones recibidas debes tener el lector de documentos Acrobat Reader v9.1 o superior (para PDF).

¿Cómo recibo las notificaciones electrónicas 060 en el móvil?

Antes de poder recibir las notificaciones 060 en el teléfono móvil es necesario disponer de un certificado digital y darse de alta en la web oficial para tener la Dirección Electrónica Habilitada.

Una vez que tengas el buzón habilitado, ya puedes descargarte de aplicación en tu teléfono móvil. Para que funcione, también deberás instalar el certificado digital en tu dispositivo.

Puedes descargar el servicio de notificaciones 060 tanto para dispositivos con sistema operativo Android como iOS.

A continuación te dejamos unos enlaces en los que puedes ver los pasos para realizar correctamente todo el proceso, tanto en teléfonos móviles como en ordenadores:

¿Puedo realizar los trámites relacionados con estas notificaciones yo mismo?

El uso del servicio de notificaciones 060 es totalmente personal y solo puede acceder a él la persona que se haya dado de alta, una entidad de gestión o un apoderado a quienes les haya dado acceso a dicha información.

Por lo tanto, se puede afirmar que SÍ, cualquier persona puede realizar por sí misma los trámites relacionados con estas notificaciones.

Sin embargo, hay muchos casos en los que es recomendable contar con un apoderado o un asesor que se encargue de estos trámites. Por ejemplo, para evitar olvidos y retrasos, si no se dispone de tiempo para hacerse cargo personalmente, o en caso de que se trate de trámites complejos.

Cabe decir que aunque lleva casi una década en funcionamiento, este sistema cuenta con bastantes deficiencias y aún tiene muchas cosas por mejorar. En cualquier caso, puede ser una especie de asistente personal que puede servir de ayuda para estar al día con tus trámites administrativos.